FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA PROGRAMA ACADÉMICO DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA Tesis El desempeño de los defensores públicos como sujeto procesal y el derecho a la defensa en la cuarta sala penal de apelaciones del callao durante el año 2023 Para optar el Título Profesional de Abogado Presentado por: Autor: Melgarje Auqui, Sandro Frank Código ORCID: https://orcid.org/0000-0001-5657-372X Asesora: Mg. Hurtado Espinoza, Antuanette Kristal Código ORCID: https://orcid.org/0009-0006-3997-439X Lima – Perú 2025 DECLARACIÓN JURADA DE AUTORIA Y DE ORIGINALIDAD DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN CÓDIGO: UPNW-GRA-FOR-033 VERSIÓN: 01 FECHA: 08/11/2022 REVISIÓN: 01 Yo, Sandro Frank Melgarje Auqui, egresado de la Facultad de Elija un elemento y Escuela Académica Profesional de Derecho y Ciencia Política de la Universidad privada Norbert Wiener declaro que el trabajo de investigación “EL DESEMPEÑO DE LOS DEFENSORES PUBLICOS COMO SUJETO PROCESAL Y EL DERECHO A LA DEFENSA EN LA CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES DEL CALLAO DURANTE EL AÑO 2023” Asesorado por el docente: Mgtr. HURTADO ESPINOZA, ANTUANETTE KRISTAL, DNI 72203307 ORCID 0009-0006-3997-439X, tiene un índice de similitud de (8) (ocho) % con código oid:14912:424856932 verificable en el reporte de originalidad del software Turnitin. Así mismo: 1. Se ha mencionado todas las fuentes utilizadas, identificando correctamente las citas textuales o paráfrasis provenientes de otras fuentes. 2. No he utilizado ninguna otra fuente distinta de aquella señalada en el trabajo. 3. Se autoriza que el trabajo puede ser revisado en búsqueda de plagios. 4. El porcentaje señalado es el mismo que arrojó al momento de indexar, grabar o hacer el depósito en el turnitin de la universidad y, 5. Asumimos la responsabilidad que corresponda ante cualquier falsedad, ocultamiento u omisión en la información aportada, por lo cual nos sometemos a lo dispuesto en las normas del reglamento vigente de la universidad. Sandro Frank Melgarje Auqui Hurtado Espinoza, Antuanette Kristal Firma de autor 1 Firma Nombres y apellidos del Egresado Nombres y apellidos del Asesor DNI: 46969034. DNI: 72203307 Lima, 30 de enero de 2025. i DEDICATORIA A mis padres, Sandro Hipólito Melgarje Sucasaca y Marcelina Auqui Palomino por su confianza, por creer en mí y por su apoyo incondicional, y a mis hermanos Joel y Eduardo por su constante apoyo. A mi esposa, Carla Lucia Sunción López de Melgarje; por estar junto a mi lado durante el desarrollo de mi carrera, por su tolerancia, comprensión y paciencia; a mis hijos Luciana Marbella y Sandro Tadeo, por ser la razón que me impulsa a seguir a delante. A mi primo Gerardo Melgarje Urueta por siempre estar presente para mí y mi familia. ii AGRADECIMIENTO A Dios, por otorgarme la fortaleza, salud y trabajo para poder culminar esta carrera de Derecho satisfactoriamente, ello a pesar de las adversidades. A mi tío Fernando Melgarje Sucasaca por su orientación y enseñanza al inicio de mi carrera. A mi asesora de tesis Mgtr. Hurtado Espinoza, Antuanette Kristal, por su orientación y guía al realizar mi trabajo de Tesis. iii ÍNDICE DEDICATORIA ............................................................................................................. i AGRADECIMIENTO .................................................................................................... ii ÍNDICE ........................................................................................................................... iii RESUMEN ..................................................................................................................... v ABSTRACT .................................................................................................................. vi INTRODUCCIÓN ......................................................................................................... 1 1. EL PROBLEMA ........................................................................................................ 3 1.1. Contextualización del problema ........................................................................ 3 1.2. Problema de investigación ................................................................................. 3 1.2.1. Problema general .......................................................................................... 3 1.2.2. Problemas específicos ................................................................................... 3 1.3. Objetivos de la investigación ............................................................................. 4 1.3.1. Objetivo general ........................................................................................... 4 1.3.2 Objetivos específicos ..................................................................................... 4 1.4. Justificación ......................................................................................................... 4 1.4.1. Social ............................................................................................................. 4 1.4.2. Teórica .......................................................................................................... 4 1.4.3. Metodológica ................................................................................................ 4 1.4.4. Epistemológica ............................................................................................. 5 2. MARCO TEÓRICO .................................................................................................. 6 2.1. Antecedentes ....................................................................................................... 6 2.2. Estado de la cuestión ........................................................................................ 10 2.2.1. El Derecho de defensa ............................................................................... 10 iv 2.2.2. Defensa pública ......................................................................................... 12 2.2.3. El Derecho a una defensa eficaz ............................................................... 17 2.2.4. Jurisprudencia de la Corte IDH ............................................................... 19 3. METODOLOGÍA .................................................................................................... 24 3.1. Método de investigación ................................................................................... 24 3.2. Diseño de la investigación ................................................................................ 24 3.3. Escenario de estudio y participantes ............................................................... 24 3.4. Estrategia de produccion de datos ................................................................. 24 3.5. Propuesta de análisis de datos ......................................................................... 25 3.6. Criterios de rigor .............................................................................................. 25 3.7. Aspectos éticos .................................................................................................. 25 4. PRESENTACIÓN Y DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS ............................. 27 4.1. Resultados y triangulación ............................................................................... 28 5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .................................................... 36 5.1. Conclusiones ...................................................................................................... 36 5.2. Recomendaciones .............................................................................................. 37 6. REFERENCIAS ...................................................................................................... 38 Anexo 1. Matriz de categorización apriorística ........................................................... 1 Anexo 2. Instrumento de recolección de datos ............................................................. 1 v RESUMEN La vulneración del derecho de defensa en la defensa pública dentro de los procesos penales ocurre cuando los servicios proporcionados por el Estado no garantizan una representación adecuada y efectiva del acusado. Este derecho, fundamental en el debido proceso, exige que el defensor público actúe con diligencia, competencia y ética profesional. La vulneración puede manifestarse en falta de preparación, desinterés, carga excesiva de casos o negligencia en la formulación de estrategias de defensa. Objetivo: Analizar la manera en que se viene ejerciendo la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao durante el año 2023. Metodología: Se determinó por usar un enfoque cualitativo, el escenario de estudio fue la Corte Superior de Justicia del Callao, siendo la muestra dos jueces, dos fiscales y un abogado defensor público y empleándose como instrumento de investigación la entrevista en conjunto del análisis documental. Resultados: De las entrevistas realizadas se desprende que la defensa pública en los procesos penales del Distrito Judicial del Callao es considerada fundamental para garantizar el derecho de defensa, el debido proceso y la tutela de los derechos fundamentales de los imputados, especialmente en situaciones de vulnerabilidad, sin embargo, los participantes señalaron limitaciones como la sobrecarga laboral, el cambio frecuente de defensores y la falta de recursos. Conclusiones: Se concluyó que se pudo establecer que la defensa pública en los procesos penales desempeña un rol crucial en los procesos penales al garantizar el acceso a la justicia y proteger los derechos fundamentales de los imputados, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad económica. Ello garantiza la tutela efectiva de derechos del imputado como el debido proceso, la presunción de inocencia y la defensa técnica adecuada, se advierte una falta de preparación técnica de los defensores y su compromiso con los casos asignados. Palabras clave: Derecho de defensa, defensa pública, proceso penal. vi ABSTRACT The violation of the right to defense in public defense within criminal proceedings occurs when the services provided by the State fail to ensure adequate and effective representation for the accused. This right, fundamental to due process, requires public defenders to act with diligence, competence, and professional ethics. Violations may manifest as lack of preparation, disinterest, excessive caseloads, or negligence in formulating defense strategies. Objective: Analyze how public defense is being exercised in criminal proceedings in the Judicial District of Callao – 2023. Methodology: A qualitative, with the study setting being the Superior Court of Justice of Callao. The sample consisted of two prosecutors, two judges and a public defender, and interviews combined with document analysis were used as research instruments. Results: The interviews revealed that public defense in criminal proceedings in the Judicial District of Callao is considered essential to ensuring the right to defense, due process, and the protection of fundamental rights for defendants, particularly those in vulnerable situations. However, participants identified limitations such as excessive workloads, frequent changes of defenders, and lack of resources. Conclusions: It was concluded that it was possible to establish that public defense in criminal proceedings plays a crucial role in criminal proceedings by guaranteeing access to justice and protecting the fundamental rights of the accused, especially those in situations of economic vulnerability. This guarantees the effective protection of the rights of the accused such as due process, the presumption of innocence and adequate technical defense; there is a lack of technical preparation of the defenders and their commitment to the assigned cases. Keywords: Right to defense, public defense, criminal proceedings. 1 INTRODUCCIÓN La presente investigación titulada “El desempeño de los defensores públicos como sujeto procesal y el derecho a la defensa en la Cuarta Sala Penal de Apelaciones del Callao durante el año 2023”, realiza un análisis minucioso y exhaustivo del marco legal peruano, enfocándose en el derecho de defensa y las medidas correctivas requeridas para asegurar una representación efectiva en los procedimientos penales. En el primer capítulo, se define y contextualiza el problema de investigación, delimitando su alcance y relevancia en el marco de los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao. Para ello, se presenta el problema general y los problemas específicos, que guían la investigación, así como los objetivos planteados para abordar la problemática. También se incluye una justificación que argumenta la importancia del estudio desde una perspectiva jurídica, destacando la necesidad de garantizar el derecho de defensa en el contexto de la defensa pública. En el segundo capítulo, se desarrollan los antecedentes de investigaciones previas y se presenta el estado de la cuestión, analizando los fundamentos teóricos y normativos relacionados con el derecho de defensa y su vulneración en la defensa pública. Este marco sirve para situar la investigación dentro de un contexto más amplio y proporciona las bases conceptuales necesarias para analizar los resultados. Además, se revisan leyes, doctrina y estudios relevantes al tema. En el tercer capítulo, se explica el enfoque cualitativo adoptado, junto con el diseño de la investigación que estructura las fases del estudio. Detalla las estrategias utilizadas para la recopilación de datos, como entrevistas y análisis documental, y cómo se analizarán los resultados. Así mismo, se exponen los criterios de rigor que garantizan la validez del estudio y se abordan las consideraciones éticas, asegurando el respeto hacia los participantes y los principios de confidencialidad y transparencia. En el cuarto capítulo, se presentan los hallazgos obtenidos a partir de los datos recolectados, los cuales se analizan y contrastan mediante un proceso de triangulación. Este análisis busca identificar patrones, contradicciones y posibles implicancias de la vulneración del derecho de defensa en la defensa pública. 2 Finalmente, en el quinto capítulo, se sintetizan las principales conclusiones derivadas del análisis de los resultados, vinculándolas con los objetivos y problemas planteados. Así mismo, se proponen recomendaciones orientadas a mejorar el ejercicio de la defensa pública, como medidas correctivas y estrategias para garantizar una defensa técnica efectiva en los procesos penales. 3 1. EL PROBLEMA 1.1. Contextualización del problema Cualquier sistema centrado en justicia que se basa en los principios de un Estado de Derecho, la debida admisión y amparo de facultades individuales son sustanciales. De los más importantes, es el derecho a la defensa, el cual asegura un presupuesto procesal donde el imputado tenga la oportunidad de defenderse y ser asistida por un abogado para garantizar un proceso equitativo. En ese contexto, la defensa pública desempeña un papel crucial, puesto que es un mecanismo legal diseñado para garantizar que aquellos que carecen de medios económicos para recurrir a la prestación servicial de defensa privado reciban representación legal adecuada en el proceso penal. Su objetivo es evitar desigualdades y asegurar que incluso las personas menos privilegiadas puedan tener acceso a una defensa eficaz. Sin embargo, a pesar de esta intención, se ha observado en diversos sistemas judiciales que la defensa pública a veces puede enfrentar desafíos que conducen a la trasgresión e inobservancia de la defensa de imputados; como se prevé en la sobrecarga laboral, falta de recursos, capacitación inadecuada, entre otros factores. Como resultado, algunos imputados podrían no recibir una representación legal efectiva y, en última instancia, podrían verse perjudicados dentro del proceso penal. 1.2. Problema de investigación 1.2.1. Problema general ¿Cómo se viene ejerciendo la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao en la Cuarta Sala Penal de Apelaciones durante el año 2023? 1.2.2. Problemas específicos ¿Qué derechos se afectan con motivo de la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao en la Cuarta Sala Penal de Apelaciones durante el año 2023? 4 ¿Qué correctivos son necesarios para garantizar el derecho a una defensa eficaz en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao en la Cuarta Sala Penal de Apelaciones durante el año 2023? 1.3. Objetivos de la investigación 1.3.1. Objetivo general Analizar la manera en que se viene ejerciendo la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao en la Cuarta Sala Penal de Apelaciones durante el año 2023. 1.3.2 Objetivos específicos • Identificar los derechos que se afectan con motivo de la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao en la Cuarta Sala Penal de Apelaciones durante el año 2023. • Desarrollar los correctivos necesarios para garantizar el derecho a una defensa eficaz en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao en la Cuarta Sala Penal de Apelaciones durante el año 2023. 1.4. Justificación 1.4.1. Social La justificación social de la investigación se sustenta en que busca garantizar un clima de seguridad jurídica, en donde se garantice el debido proceso en los justiciables sobre todo a los imputados. 1.4.2. Teórica La justificación teórica se fundamenta puesto que busca analizar la figura jurídica del derecho a la defensa eficaz en cuanto al servicio que recibe del Ministerio de justicia, es decir en cuanto a la defensa púbica. 1.4.3. Metodológica 5 La justificación metodológica se sustenta en que busca proponer lineamentos correctivos para corregir el desempeño del abogador defensor que patrocina los intereses de los imputados de menos recursos económicos. 1.4.4. Epistemológica La justificación epistemológica es que aportara nuevos conocimientos científicos en cuanto a la naturaleza jurídica de la defensa eficiente desde el enfoque del garantismo del derecho penal. 6 2. MARCO TEÓRICO 2.1. Antecedentes Al realizar nuestro trabajo, se toma como referencia algunos trabajos relacionados a la temática y por lo cual se compartirán algunos aportes que en alguna medida nos ha significado importantes, pues se han encontrado algunas particularidades y semejanzas con nuestra investigación: López (2022), nos presenta su tesis titulada “vulneración por la defensa pública a la garantía de defensa eficaz en la etapa de juzgamiento” de la Universidad César Vallejo, la cual ostenta como fin perseguido el análisis jurídico a la trasgresión procesal contra defensa eficiente, acorde a la participación del defensor público versado en fase juzgadora. Al respecto, la autora evidenció que la defensa se ve vulnerada cuando la Defensa Pública asume el rol representativo en el transcurso del proceso de etapa oral. Esto se debe a la carga procesal excesiva, falta de personal, la escasa disponibilidad de tiempo para el estudio de casuística o por pronta asignación previo inicio de audiencia, carencia de un lapso pertinente. En síntesis, se puede advertir que es importante garantizar una defensa efectiva y justa para todos los encausados durante el proceso punitivo. Es menester destacar que, la defensa es un pilar fundamental conexo al correcto procedimiento en conjunto con derechos humanos, su vulneración puede llevar a situaciones de desigualdad en el sistema recurrido. Rabanal (2022), con su tesis titulada “Vulneración al derecho de defensa efectiva y la falta de aplicación de los estándares internacionales de los defensores públicos penales” de la Universidad Nacional de Cajamarca, la cual ostenta por fin precisar sobre la conexión existente prevista por la carencia de obligatoriedad versada en íntegra adopción y observancia de estándares nacionales, inaplicados por los Defensores Públicos, y la consecuente vulneración a la defensa. La autora antes mencionada concluye que, en los casos que analizó pudo observar como el rol participativo del defensor es meramente formal, puesto que, no se evidencia una presencia activa, real y contundente a lo largo de todo el proceso penal. Podemos afirmar de acuerdo con lo antes mencionado que, se evidencia la vulneración sobre la figura garante del procedimiento con eficiencia y conjuntamente al acceso de defensa adecuada para los acusados. Es importante, poder 7 abordar estas deficiencias a efectos de promocionar la calidad versada en defensa pública para salvaguardar los derechos reconocidos e inherentes al encausado en el sistema de justicia penal. Celis (2019), nos presenta su tesis denominada “relación entre la sobrecarga laboral y la vulneración del derecho de defensa, en la defensa pública” la cual tiene como finalidad precisar la conexión entre demasía carga laboral y la defensa efectuada. El autor antes mencionado concluye que, existe una conexión relevante entre demasía carga laboral y la defensa efectuada, puesto que, la primera tiene una notable influencia en el derecho mencionado de los imputados quienes acuden a la representación efectuada por el Defensor Público. En síntesis, el autor antes mencionado en su artículo resalta la relevancia que tiene considerar el contexto laboral de los defensores públicos sobre el posible impacto a la vulneración de la garantía fundamental del debido proceso. Ordoñez (2021) nos presenta su tesis titulada “la defensa pública y el derecho a la defensa eficaz, en la etapa intermedia en los juzgados de investigación preparatoria”, de la Universidad César Vallejo, como finalidad otorga el análisis de trasgresión a la defensa efectiva respecto al imputado o encausado como consecuente por actuación de defensa y patrocinio público, en los juzgamientos previstos en fase intermedia. Al respecto, la autora abordó que la participación efectuada por el patrocinio público afecta la defensa, ello porque, su rol versado en la fase intermedia está limitado únicamente a formalizar el proceso, y no ofrece una actuación mínima en favor de la defensa del investigado. En síntesis, esta investigación resalta la importancia de asegurar que todos los imputados tengan una correcta defensa eficiente, así se pueda garantizar un debido proceso y cumplimiento de los derechos fundamentales respecto a las personas involucradas respecto al sistema de justicia punitivo. Chávez (2021), nos presenta su tesis titulada “la vulneración a la garantía de defensa eficaz y la designación del defensor público en la audiencia de juicio oral del proceso penal” por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, la cual tiene como finalidad abordar la conexión entre la afección procesal contra la defensa y el acto de designación versado en el representante público previo juicio oralizado. El mencionado autor concluyó que, la vulneración del derecho a una defensa eficaz ocurre cuando se realiza la denominación del actor público durante el juicio penal aperturado en contra del 8 acusado. Esto contribuye a distinción entre sujetos procesales y al pronunciamiento del juzgador insuficientemente fundamentado. Además, esta elección formal deja al encausado en situación de indefensión, puesto que para obtener una defensa efectiva se requieren mecanismos adecuados que puedan respaldar el caso en específico. En síntesis, esta investigación resalta la relevancia que tiene garantizar una defensa eficaz y el papel crucial que desempeña la designación del defensor público. Sus hallazgos sugieren la necesidad sobre mejorar el sistema procesal penal y las garantías para asegurar una defensa justa y equitativa para todos los involucrados dentro de un proceso penal. Paredes y Ruperti (2022) nos presentan su tesis titulada “Vulneración al derecho del debido proceso. Perspectiva desde los derechos humanos en Ecuador” de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, la cual tiene como finalidad principal analizar la vulneración contra el proceso debido ante las atribuciones de derechos humanos y su aplicación dentro de los procedimientos judiciales. Al respecto, los autores concluyeron que se evidencia dónde va a la práctica cuando surgen casos urgentes y se emite una orden de detención, lo que lleva a que un lapso de 24 horas se realice en innumerables procesos como tomar declaraciones para la audiencia de formulación de cargos. Esto indica una mala práctica que conduce a la vulneración del derecho y causa una afectación directa a la persona que está siendo procesada. Llivisaca (2020), presenta su artículo denominado “derecho a la defensa en la detención con fines investigativos” publicado en la revista de la Universidad católica de Cuenca, el cual tiene como objetivo principal examinar la infracción el derecho defensa y exponer la situación real en el contexto ecuatoriano. El artículo antes mencionado realiza un análisis sobre la detención, la cual regula una de las modalidades de restricción de la libertad ambulatoria de un ciudadano. Al respecto, es común que esta detención se pueda transformar en un acto arbitrario que socava el debido proceso y vulnera la figura garante conexa a la defensa. Esto a consecuencia que, al ciudadano bajo investigación se le imputan cargos en una audiencia convocada en un plazo de 24 horas desde la emisión de la orden de detención, lo que puede afectar la capacidad de contar con el tiempo en los recursos adecuados para llevar a cabo una defensa de manera efectiva. En ese sentido, es 9 importante precisar que el artículo resalta una gran relevancia el punto de tensión que existe entre la necesidad de las autoridades de actuar rápidamente y la importancia respecto a verificar que las atribuciones recogidas por el ordenamiento no sean vulneradas dentro del proceso. Es importante que estos conflictos dentro del sistema judicial sean revisados para asegurar que la justicia sea equitativa y sobre todo que el derecho de defensa permanezca protegido por sobre todas las circunstancias posibles. Verdugo y Ramírez (2022), nos presenta mediante su artículo de investigación “vulneración del derecho a la defensa en el procedimiento directo”, en el cual buscan abordar la defensa en calidad de derecho y su ejecución dentro del juicio directo en ámbito judicial, centrándose en el intervalo otorgado para que pueda ejercer una defensa adecuada, así como la imparcialidad requerida por parte del juzgador en todo momento del proceso hasta la emisión de una sentencia correctamente fundada. Al respecto, los autores antes mencionados evidenciaron porqué el derecho abordado es afectado, relacionados tanto respecto al tiempo otorgado como con la postura imparcial que debería ostentar el juez u operador procesal. Esto surge debido a la limitada cantidad de tiempo que se le concede al procedimiento directo para que una persona realice según acatamiento íntegro de los cuerpos normativos protectores de defensa, tales como la Carta Magna en conjunto con tratados de proveniencia internacional, sea insuficiente. Estos instrumentos establecen que toda persona sin distinción alguna tiene el derecho fundamental de obtener el intervalo temporal necesario para efectuar su defensa, y en posterior, ser atendido por una figura justiciable justa sin estar influenciada por ninguna idea o convicción preconcebida. En síntesis, esta investigación nos muestra la relevancia de proteger y aseverar la defensa de sujetos involucrados en los procesos penales. Además, sugiere la necesidad de mejorar las prácticas judiciales para asegurar un proceso justo, equitativo y cumplido con las facultades reconocidas de los involucrados en procesos penales. Angamarca y Cordero (2022) para su artículo de investigación “Vulneración del derecho a la defensa en la audiencia de calificación de flagrancia” publicado en el contenido de la Revista Científica de la Universidad Católica de Cuenca, tiene como finalidad determinar si en las audiencias de calificación de Florencia existe una vulneración que repercute en la defensa conexa como herramienta garante básica del correcto proceso, puesto que, desde la efectuación de aprehensión del investigado se 10 cuenta con tan sólo 24 horas para preparar una defensa técnica adecuada para poder demostrar que no realizó la comisión del hecho delictivo y, por consiguiente, se ordene su libertad. Los autores antes mencionados, concluyeron que en la audiencia de calificación de flagrancia sí trasgrede la defensa prevista como derecho conexo a investigados, y se evidencia que es necesario reformar los plazos a efectos de aseverar la efectividad del principio de correcto procedimiento, de las personas investigadas. No obstante, sería compleja su realización porque por mandato constitucional, nadie puede ser detenido por más de 24 horas bajo supuestos. En síntesis, esta investigación resalta la necesidad imperativa de reformar los plazos para garantizar la eficiencia del principio señalado de las personas investigadas. Sin embargo, se reconoce que existiría una infracción a la norma constitucional pues según esto la intención de cualquier individuo no debe sobrepasar las 24 horas si no existe una acusación fiscal. Es importante buscar soluciones que permitan prevalecer la defensa sin comprometer la integridad de la Constitución con el objetivo de otorgar protección procesal a los investigados y asegurar un proceso penal justo y equitativo. Benavides et. al (2020) en su artículo de investigación titulado “la instrucción fiscal del derecho de defensa como garantía del procesado” en cual buscan especificar si en la etapa inicial se asegura un correcto derecho a la defensa. Al respecto, esta investigación resalta dos tipos de defensa desde una perspectiva jurídica; por un lado, tenemos en la defensa técnica, a cargo del abogado elegido por el imputado; y por el otro a la defensa material, ejercido únicamente por el imputado en actuaciones judiciales, especialmente en aquellas donde se formulan los cargos y aquellas convocadas por el juzgador para revisar medidas cautelares. En síntesis, los autores mencionados con anterioridad destacan en todo su trabajo la relevancia de abordar el derecho de defensa desde diferentes perspectivas y asegurar que se garantice en todas las etapas del proceso penal, esto a su vez fortalece la integridad y la legitimidad del sistema de justicia. 2.2. Estado de la cuestión 2.2.1. El derecho de defensa Nace frente al derecho a presentar acusaciones, es decir, al ejercicio de la acción dentro de un proceso penal (tutela jurisdiccional efectiva), en donde los titulares van a ser las partes acusatorias. Al respecto, nuestro ordenamiento jurídico peruano 11 inevitablemente reconoció un derecho del sujeto pasivo (acusado o imputado), sobre quién va a recaer la acción ejercida. Un derecho contrario denominado “derecho de defensa”, sobre el cual se le va a otorgar al imputado el derecho a obtener una tutela jurisdiccional efectiva mediante una defensa adecuada, para proteger su bien jurídico más importante, la libertad. Está regulado en el art. 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) la cual establece como cada individuo acusado por un hecho ilícito tiene la facultad de ser considerado o presumir su carencia de autoría hasta la demostración de culpa de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento y en un enjuiciamiento oficial donde se asegure el cumplimiento e integración de herramientas garantes respecto a la adecuada defensoría. Por otro lado, mediante el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), en su art. núm. 14 inc. 3, enumeran las protecciones indispensables, las cuales deben asegurarse al sujeto encausado. Se incluye la facultad de ser informado respecto a la acusación, a contar con medios e intervalo oportuno para la preparación de defensoría, efectuar el litigio sin demoras indebidas, estar presente en el desarrollo procesal y efectuar plenamente su defensa de manera personal o con una figura defensora pública-privada, involucrarse en relación con los sujetos testimoniales y su pronunciamiento, entre otras. La Convención Americana de los Derechos Humanos (1969) en el art. núm. 8.2 precisa diversos parámetros garantes de acatamiento integral y obligatorio, como el derecho a obtener asistencia por un traductor, el tener comunicación explícita y desarrollada respecto a la denuncia efectuada, tiempo y medios para la preparación de defensoría, y efectuar plenamente su defensa de manera personal o con una figura estatal defensora pública, ante la carencia de medios económicos o conexos. Para finalizar, Gimeno Sendra (1988), precisa que el derecho dicho y abordado es un principio sustancial que permea el sistema procesal, es un derecho individual que tiene todo ser humano. Al respecto, el mencionado autor afirma que este derecho implica la participación constante del imputado en el proceso penal, permitiéndole tomar decisiones. Asimismo, es una garantía que asegura que el encausado sea atendido por una figura defensora, reciba información sobre su imputación en las etapas procesales con objeto en 12 su contra, presentar pruebas, cuestionar evidencia, alegar la presencia de pruebas prohibidas y exhibir los aspectos ciertos-legales cuales pueden llevar a la absolución. En síntesis, el mencionado autor destaca la importancia del derecho de defensa considerándolo como un principio base que moldea el marco procesal, un derecho individual de carácter público que le otorga al imputado la facultad de intervenir activamente en el procedimiento legal en su contra. Se resalta el papel crucial que desempeña este derecho para asegurar la equidad y justicia en los procedimientos legales. Si no existieran procedimientos legales que garanticen su vigencia efectiva, los derechos fundamentales carecerán de significado real. Para esto, es esencial tener un conjunto de garantías mínimas que garanticen la protección de estos. Acorde al ámbito nacional, dicho derecho se haya consagrado en nuestra Constitución Política del Perú (1993), art. 139 inc. 14, el cual dice que es un derecho y principio conexa a la tutela jurisdiccional el no ser privado de este en ninguna de las etapas del proceso judicial. Además, brinda herramientas garantes versadas en la facultad a ser informada de manera inmediata y mediante documentación escrita la motivación de su detenimiento temporal, a efectuar la comunicación que sea pertinente con un asesor- defensor, ello desde el momento de citación o detención. Al respecto, podemos decir que la tutela jurisdiccional oportuna es una facultad reconocida que facilita el goce de defensoría y su desarrollo respetando el procedimiento debido. Sin las garantías mínimas que conforman la figura previa dicha, el respecto de defensa sería ineficaz. Ante ello, el derecho abordado conexo a la entidad estatal se concibe como un derecho a la protección legal de los derechos fundamentales del imputado, fortalecido por las garantías inherentes del debido proceso. 2.2.2. Defensa pública Es una prestación legal proporcionada por la entidad estatal para asegurarse que quienes no pueden costear un abogado privado, tengan acceso a la representación y asesoramiento legal en procesos penales. (Ferrajoli, 2008). Esta categoría forma parte integral del derecho de defensa en su dimensión amplia, ha evolucionado a lo largo del desarrollo de la sociedad, y podemos abordarla desde distintas perspectivas. 13 Al respecto, desde una perspectiva filosófica, se encuentra regulado en el derecho natural, representado por figuras como Aristóteles y otros iusnaturalistas destacados en los siglos XVII y XVIII. En el positivismo, tenemos autores como Hans Kelsen y otros que han dejado su influencia. En el ámbito político, la defensa pública se encuentra estrechamente vinculada con la estructura y organización política del Estado. Los documentos históricos como la Carta Magna de proveniencia inglesa de 1215, en conjunto con el movimiento de independencia de EE. UU. y comprensión normativa de derechos del hombre de 1789, han sido relevantes en este contexto. Si hablamos en el ámbito normativo como la manifestación de las Naciones Unidas en el año 1945, y posteriormente la expresión universal de los derechos fundamentales de 1948, señala una serie de facultades con naturaleza inherente y en calidad de garantías. Por otro lado, la convención americana sobre derechos humanos de 1969, en el art. 8 inc. 2, reconoce el derecho abordado proporcionada como una facultad de naturaleza irrenunciable, siendo así, especialmente cuando la persona carece de medios para efectuar el acto de defensoría con oportunidad. Al respecto, creemos que estos enfoques contribuyen al desarrollo y reconocimiento de la defensa dispuesta por el servidor público como parte fundamental y garante en el sistema jurídico. Miranda et. al (2013) ha conceptualizado el acceso a la justicia como uno de los más grandes cimientos fundamentales para un ambiente social-constitucional democrático. Teniendo en cuenta su igualdad y universalidad como componentes esenciales. En este contexto, el término universalidad sugiere que la justicia debe ser de libre acceso y garantizado para todos los individuos que conforman la sociedad por igual, independientemente de su posición social, económica, género, raza u otras características distintivas. Esta idea refuerza la noción de que todos los individuos deben tener la capacidad de acudir al sistema de justicia y recibir un trato justo y equitativo. Por otro lado, el término igualdad al que se refiere la mencionada autora puede determinar la imperiosa necesidad de que la atención de la justicia esté libre de cualquier forma de discriminación. Esto implica que no debe haber obstáculos ni barreras que 14 impiden a cierto grupo o individuos acceder a la mencionada. Es menester resaltar la relevancia de tratar a todos los seres humanos ante la ley de manera justa. En síntesis, podemos afirmar en la perspectiva de los autores que consolida la idea de que la facultad abordada no es únicamente individual, es más un componente sustancial para el funcionamiento de un Estado de derecho basado en el amparo de facultades y derechos de todos los ciudadanos que la conforman. Donde éstos puedan confiar en que sus derechos serán respetados y protegidos. En ese contexto, Valle (2016), destaca la relevancia de como los individuos quienes atraviesan por el sistema punible, independientemente de su situación social, económica, nacionalidad y otros aspectos, pueda tener la facultad reconocida de obtener una figura defensora, brindada por el ente estatal. Esta figura permite el ejercicio de defensoría técnica con eficiencia y enfrentar las acusaciones con igualdad de armas. Al respecto, podemos precisar que esta óptica precisa la relevancia sobre proporcionar al acusado un defensor público, pues así se buscará equilibrar las fuerzas y permitir que las personas en situación de vulnerabilidad tengan una oportunidad equitativa y ajustarse a presentar su caso y hacer frente a las acusaciones en igualdad de condiciones que la fiscalía. Esto ayudará a garantizar que la capacidad para defenderse no está limitada por factores económicos o sociales evitando así posibles desigualdades en la atención a la justicia penal. La despensa del servidor público no sólo abarca el asegurar como deber la participación y presencia de un representante, sino que también se destaca la importancia de calidad. Esto sugiere que el defensor público no sólo debe estar presente, sino que también debe ser competente capaz de brindar una defensa efectiva, basada en un conocimiento profundo de procedimientos legales y leyes. En síntesis, el artículo del mencionado autor resalta que la garantía de la defensa pública es un componente esencial para guardar el principio conexo a la equivalencia ante el ordenamiento jurídico y asegurar que todo individuo independientemente de su estatus pueda participar en el proceso penal de manera efectiva. López (2017) destaca la importancia crucial de la defensa en el contexto judicial y su estrecha relación con el percibimiento de defensoría y la igualdad normativa. 15 Al respecto, la autora precisa que la norma legal adquiere un papel fundamental como instrumento seccional en la implementación de derechos y garantías de los imputados dentro de un proceso penal. El citado autor, se refiere a la defensa como un elemento crucial en la justicia penal, el cual se conecta con el concepto de la figura señalada. La capacidad de presentar una defensa efectiva y justa no solo garantiza que se cumple la tutela igualitaria de ley, sino que también fortalece el íntegro cumplimiento de facultades fundamentales de quienes están involucrados en el sistema penal. Cuando se afirma como la norma se convierte en un instrumento jurídico excepcional, se resalta que las leyes desempeñan un papel crítico en establecer límites y garantizar un proceso justo. La regulación legal va a proporcionar reglas y el marco dentro del cual se debe llevar a cabo un proceso, asegurando que los derechos individuales de los involucrados se están protegiendo y que los procedimientos sean justos y transparentes. En resumen, el enfoque del autor citado anteriormente enfatiza la profunda relación entre la defensa, la percepción de defensoría e igualdad ante el operador de justicia dentro del procedimiento penal y la normativa legal funciona como un instrumento crucial y esencial para garantizar el amparo de estos y equidad en el régimen punitivo. Asimismo, permitir como cada individuo tenga oportunidad de presentar su caso de manera adecuada y enfrentar las acusaciones con imparcialidad y confianza en el proceso. Por otro lado, Gerstein (2020) nos presenta un enfoque que resalta la función crucial que desempeñan los defensores públicos institucionalizados respecto al sistema abordado. El autor antes mencionado destaca que estos defensores juegan un papel central al proporcionar servicios legales independientes a las personas acusadas. Se considera fundamental la presencia y en labor de los defensores públicos para contrarrestar la posible dirección sistemática de los derechos fundamentales de aquellos individuos que buscan justicia. En relación a esto, consideramos que la mención de defensores públicos institucionalizados sugiere que estos profesionales operan dentro de un sistema formal y estructurado. Su función no se limita simplemente a representar a los 16 acusados, sino que también implica actuar como salvaguardias legales para asegurar que los derechos de los individuos involucrados en el sistema de justicia sean respetados. Cuando el autor hace referencia a la prestación de servicios legales independientes se destaca la importancia de la imparcialidad de autonomía en la labor de los defensores públicos. Esto implica que estos profesionales están comprometidos con garantizar que los acusados reciban una defensa adecuada y equitativa, independientemente de las circunstancias y las acusaciones en su contra. En síntesis, se subraya la relevancia crítica de los defensores públicos como defensores de los derechos de los individuos dentro de un proceso penal y como actores esenciales para garantizar un proceso equitativo y justo. Su trabajo va a contribuir a proteger los principios fundamentales de la justicia y evitar la transgresión contra garantías conexas a los involucrados en procesos penales. Bernardo (2020), por su lado hace referencias a las Organizaciones de Asistencia Jurídica, las cuales son creadas con la finalidad de ofrecer apoyo legal a los ciudadanos vulnerables con el propósito de garantizar el debido percibimiento y obligatoriedad de cumplimiento de derechos. Al respecto, las entidades mencionadas por el autor están dedicadas específicamente a brindar ayuda legal a personas que puedan estar en desventaja debido a diversas circunstancias, como su posición económica, situación social o cualquier otro factor que pueda dificultar su acceso a la justicia. Estas organizaciones actúan como mediadoras legales, proporcionando orientación, representación, y recursos legales a aquellos que de otra manera podrían enfrentar dificultades para ejercer sus derechos legales. Garantizar las facultades internacionales en la óptica estatal sobre el derecho subraya como propósito fundamental de estas organizaciones. Su labor está directamente relacionada con el amparo de facultades fundamentales de los individuos dentro de un contexto legal y regulado. Esto implica que las Organizaciones de Asistencia Jurídica trabajan para equilibrar el poder y aseverar que los seres humanos con condición de vulnerables obtengan representación en conjunto defensa adecuadas en el litis punitivo. En conclusión, en cuanto al enfoque presentado por Bernardo resalta la función esencial de 17 las Organizaciones de Asistencia jurídica en la protección de derechos recogidos por el ordenamiento internacional y el pleno percibimiento de justicia para quienes están vulnerables. Estas organizaciones desempeñan un papel crucial al proporcionar apoyo legal y garantizar que todos los individuos, independientemente de su situación, puedan acceder a la justicia de manera equitativa, y recibir la protección legal que merecen en un Estado de Derecho. Al respecto, es importante definir al Estado de Derecho como un principio fundamental en el cual el poder y la autoridad de un gobierno están limitados y regulados por un sistema legal y constitucional. (Pérez, 2017) En síntesis, los autores mencionados en esta parte del trabajo han resaltado la importancia que tiene el percibimiento de justicia, la defensa técnica e igualdad ante legalidad como pilares esenciales en protección de los individuos dentro del sistema legal peruano. 2.2.3. El derecho a una defensa eficaz La defensa procesal constituye una garantía fundamental para los ciudadanos. Este es un requisito fundamental para que un proceso penal pueda tener legitimidad en el marco de un Estado de Derecho. Es responsabilidad y deber del Estado asegurar que esta garantía tenga efectividad dentro de todo el proceso. La ausencia de diligencia, inactividad o desconocimiento jurídico por parte del defensor vulneran la garantía fundamental del imputado a recibir defensoría eficiente. El debido proceso es un principio fundamental del sistema legal que garantiza un juicio justo y equitativo para cualquier persona sujeta a un proceso legal. Es esencial para proteger los derechos individuales y prevenir abusos por parte de las autoridades administradoras de justicia. (Agudelo, 2005) Al respecto, es importante precisar que cuando hablamos sobre la defensa técnica, no solo abarca la representación de un sujeto defensor en el proceso, también requiere la ejecución de una labor profesional diligente y eficiente. Cuando la defensa no resulta eficaz, es necesario reemplazar al abogado defensor e invalidar los actos procesales realizados por el abogado negligente. 18 La Corte Internacional de Derechos Humanos mediante el fallo emitido el 20 de mayo de 1999, reafirma que, en el ámbito del proceso penal, todo individuo posee el reconocimiento de defensa por lo que se considera como un estado de indefensión, cualquier acción donde se evidencie que la presencia del defensor sea puramente formal, en atención al Pacto de San José. Al respecto, Nakazaki (2006) afirma, la defensoría eficiente es entendida como garantía legal y procesal que tiene toda persona dentro de un proceso judicial, para recibir asesoramiento y representación adecuada, esto con el fin de garantizar un juicio justo. Es una obligación del Estado asegurar la participación eficaz del abogado defensor. Asistencia recaída sobre el imputado debe ser efectiva y competente, de no ser así encontraría un contexto procesal de indefensión. La persona que ejercerá este derecho es el imputado, puesto que, es quien ha sido formalmente acusado o señalado como sospechoso por autoría delictiva en el marco penal. (Vergara, 2019). Conforme a lo expuesto por el Tribunal Supremo de Justicia de los EE. UU. en la sentencia emitida del caso Weatherford v. Bursey (1977), se pueden identificar dos elementos relevantes para evaluar si ha tenido lugar una defensa eficaz: El comportamiento insatisfactorio del abogado defensor y el perjuicio provocado por este. Por tanto, es necesario demostrar que el desenlace habría sido distinto si la conducta del abogado hubiera sido otra, con el fin de determinar si el resultado perjudicial se debe a un error del defensor. Nakazaki (2006) precisa que existen dos formas de ejercicio de la defensa procesal prescritas en el Pacto de San José de Costa Rica y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la defensa de índole material o autodefensa y la defensa de ámbito técnico. Por un lado, la primera dicha abarca el derecho que tiene el imputado a gestionar su propia defensa, lo que implica responder, negar, guardar silencio o aceptar las acusaciones presentadas por el Ministerio Público. 19 En cambio, la defensa técnica es llevada a cabo por abogados, quienes desempeñan un rol técnico-jurídico con el objetivo de proteger los derechos de las partes. Esta defensa, asegura la aplicación y observancia de igualdad y contradicción, equilibrando la situación con el Ministerio Público. Por su lado, el Tribunal Constitucional define a la defensa técnica como el asesoramiento y patrocinio brindado por un abogado durante el caso penal, subrayando su papel fundamental en la validez del juicio. En el ámbito procesal, se considera a la defensa como una parte contraria a la acusación, estructurada por el imputado y su abogado defensor, debido a la significativa relevancia de esta última en el proceso penal. En síntesis, el análisis de Nakazaki nos precisa que la defensa procesal es un principio y garantía clave en cualquier sistema de justicia, garantizando la participación del imputado y el apoyo experto de los abogados para mantener la equidad en todo el proceso penal. 2.2.4. Jurisprudencia de la Corte IDH La jurisprudencia de la CIDH es de suma relevancia debido a que nos va a facilitar identificar los derechos humanos y su conexión mutua. Asimismo, contribuye a salvaguardar los derechos humanos de las personas en América. La doctrina de la CIDH proviene de las decisiones y resoluciones que publica la Corte. Estas decisiones tienen impactos directos en las partes involucradas y efectos colaterales para todos los países que forman parte de la Convención Americana de Derechos Humanos. 2.2.4.1. Caso Aptiz Barbera vs Venezuela El presente caso gira en torno a la destitución de tres jueces en Venezuela y examina la vulneración de derechos humanos, específicamente los derechos a la defensa y a la presunción de inocencia. Para abordar este análisis, es importante comprender los principios de independencia judicial y debido proceso, los cuales son esenciales en el sistema interamericano de derechos humanos, puesto que, estos principios garantizan que los jueces puedan ejercer sus funciones sin interferencias y aseguran a los procesados un juicio justo y objetivo. 20 El caso comenzó con la destitución de tres jueces (Ana María Ruggeri Cova, Perkins Rocha Contreras y Juan Carlos Apitz Barbera) el 30 de octubre de 2003 por una decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial (CFRSJ) en Venezuela. Se les acusó de cometer un error judicial inexcusable tras una sentencia en 2002 en la que otorgaron un amparo cautelar. Posteriormente, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anuló esa sentencia y notificó la falta disciplinaria a la Inspectoría General de Tribunales (IGT), la cual procedió con la destitución de los jueces. Este proceso disciplinario ha sido cuestionado por las víctimas y por la Comisión, debido a la falta de independencia y las influencias políticas que condicionaron la destitución, argumentando que fue una desviación de poder y que no se respetó su derecho a la defensa ni a un recurso efectivo. La Corte Interamericana de Derechos Humanos examinó los procedimientos de destitución aplicados por la CFRSJ, que bajo un régimen provisional y transitorio tenía la competencia disciplinaria de los jueces en ausencia de tribunales específicos creados por la Constitución venezolana de 1999. La Comisión sostuvo que la destitución no tenía bases legales sólidas y transgredía la autonomía judicial, dado que los magistrados fueron sancionados por una interpretación legal razonable y no por un error judicial injustificable. Se alegó además que la presión política del Ejecutivo, incluyendo declaraciones de altos funcionarios, influyó en la destitución, atentando contra el debido proceso y la imparcialidad que exige un órgano disciplinario judicial. Es así como, este marco de hechos reveló una falta de garantías para que los jueces destituidos defendieran sus derechos y resalta la importancia de tener procedimientos disciplinarios justos y transparentes. Por ello, la Corte IDH decidió que Venezuela violó los derechos de las víctimas al debido proceso y la presunción de inocencia. 2.2.4.2. Caso Castillo Petruzzi y otros Vs. Perú Este caso trata sobre la presunta vulneración de derechos fundamentales, como el derecho a la defensa y la presunción de inocencia, durante un proceso judicial llevado a cabo en Perú. Así mismo, aborda el funcionamiento de la justicia militar/penal y el concepto de debido proceso en contextos de seguridad nacional, así como los tratados 21 internacionales de derechos humanos aplicables, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En 1993, cuatro ciudadanos chilenos (Castillo Petruzzi, Pincheira Sáez, Mellado Saavedra, y Astorga Valdez) fueron detenidos en Perú y juzgados por un tribunal militar sin rostro bajo acusaciones de traición a la patria, un delito que, según la legislación peruana vigente, implicaba terrorismo agravado. El proceso se llevó a cabo en un contexto de emergencia nacional debido al conflicto armado interno, y se aplicaron leyes especiales que permitían juicios en tribunales militares sin identificar a los jueces. En 1994, los acusados fueron sentenciados a cadena perpetua. La Comisión Interamericana sostuvo que en el transcurso del proceso no se respetaron las garantías judiciales mínimas, como el derecho a una defensa apropiada y la presunción de inocencia, y que los tribunales utilizados carecían de imparcialidad e independencia. Además, a pesar de que los acusados eran extranjeros, no tuvieron acceso a la asistencia consular, lo que aumentó las presuntas violaciones a sus derechos humanos. El fallo analiza la aplicación de los Decretos Ley No. 25475 y 25659, que establecieron el procedimiento para juzgar delitos de traición a la patria en Perú, permitiendo la intervención de tribunales militares con jueces anónimos. La Corte Interamericana cuestionó la legalidad de estos procedimientos, argumentando que la justicia militar aplicada a civiles sin rostro judicial, en combinación con la ausencia de garantías mínimas, como el derecho a una defensa efectiva y la posibilidad de impugnar las decisiones, contravino los derechos fundamentales de los acusados. La Corte también destacó la importancia de que, en los procesos de emergencia, los estados honren las normas internacionales de derechos humanos, indicando que las garantías fundamentales, incluyendo el derecho a la defensa y la presunción de inocencia, deben ser respetadas a efectos de garantizar la legitimidad de los procedimientos. Es por ello que, la Corte IDH decidió que Perú violó el derecho de defensa y la presunción de inocencia de los ciudadanos chilenos en este proceso. 2.2.4.3. Caso López Álvarez Vs. Honduras En este caso, es fundamental comprender que el derecho de defensa es un pilar esencial en cualquier proceso judicial. En términos generales, este derecho implica la 22 posibilidad de que la persona acusada pueda aportar pruebas, argumentar en su defensa, tener acceso a un abogado y ser informada de los cargos en su contra. En el contexto interamericano, se analiza bajo la protección de los derechos fundamentales establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como el derecho a un juicio justo y las garantías judiciales, que resultan esenciales en los casos de vulneración de derechos en el contexto penal. Alfredo López Álvarez, miembro de la comunidad garífuna, fue detenido el 27 de abril de 1997 en Honduras por posesión y tráfico ilícito de estupefacientes. El 7 de noviembre del 2000, fue condenado por un tribunal local, pero la sentencia fue anulada por la Corte de Apelaciones el 2 de mayo del 2001. Esta Corte ordenó reabrir el proceso, y posteriormente, el 13 de enero del 2003, López Álvarez fue absuelto por el tribunal de primera instancia, y esta decisión fue ratificada por la Corte de Apelaciones. Sin embargo, a pesar de la absolución, permaneció privado de su libertad hasta el 26 de agosto del 2003, la detención estuvo marcada por irregularidades procesales, incluida la falta de comunicación en su lengua materna, falta de asistencia legal por parte de un abogado y condiciones inhumanas de reclusión, lo cual vulneró su derecho de defensa. Alfredo López Álvarez fue detenido sin una orden judicial, y los cargos en su contra fueron presentados sin que se le permitiera el acceso adecuado a un abogado ni la oportunidad de defenderse debidamente. Durante su detención, estuvo sometido a tratos inhumanos, que incluyeron la prohibición de comunicarse en su lengua materna, el garífuna, lo que complicó su capacidad para participar en su defensa. La defensa de López Álvarez fue limitada, ya que no se le notificaron adecuadamente las resoluciones judiciales y nunca tuvo la oportunidad de presentarse ante un juez. A pesar de ser absuelto, continuó en prisión por varios meses más, lo que representa una clara violación de sus garantías judiciales y su derecho a la libertad. La Corte Interamericana consideró que estas violaciones reflejaron una negligencia grave en garantizar el derecho a la defensa efectiva, lo cual es fundamental en cualquier juicio justo. Es por ello que, decidió que el Estado de Honduras vulneró el 23 derecho de defensa y ordenó la adopción de medidas de reparación, incluidas indemnizaciones y cambios legislativos. 24 3. METODOLOGÍA 3.1. Método de investigación El método de investigación es el inductivo, dado que a partir del análisis individual de los casos arribaremos a conclusiones. 3.2. Diseño de la investigación El diseño de investigación es no experimental dado que no se altera la realidad para el estudio del fenómeno socio jurídicos objeto de estudio. 3.3. Escenario de estudio y participantes El escenario de estudio es la Corte Superior de Justicia del Callao, y en específico la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, y los participantes serán los jueces, los fiscales del distrito fiscal del Callao, asimismo, la defensa pública, siendo la muestra de: • 2 jueces • 2 fiscales • 1 defensor público 3.4. Estrategias de producción de datos En este punto es menester precisar que la presente investigación es de enfoque cualitativo, dado que analiza el fenómeno jurídico objeto de estudio y no lo tiende a medir tal como lo señaló el autor Hernández y Mendoza (2018). Estando lo expuesto, la recogida de datos para enfoques cualitativos se da a través de la guía de entrevista y el análisis documental, propios para el tipo de investigación mencionado. Es menester precisar que, según los autores Cisneros, Guevara, Garcés y Urdánigo (2022) proponen el método de entrevista como el diálogo entre dos sujetos quienes adoptarán el rol de entrevistador y entrevistado, ello se produce en finalidad de conocer la percepción de la persona entrevistada 25 En ese sentido, Arias (2020) señala que la guía del análisis documental es entendida como recoger información pertinente de fuentes científicas, tales como libros, revistas y demás fuentes de interés. 3.5. Propuesta de análisis de datos Dentro de la propuesta de análisis de datos es menester precisar que utilizaremos los instrumentos de investigación para recoger los datos, tales como la guía de entrevista y la guía de análisis documental. Hernández y Duana (2020) mencionan que, la guía de entrevista es una herramienta empleada para orientar al investigador respecto a las preguntas que quiera elaborar al entrevistado, cuáles deben poseer pertinencia y relevancia, y la guía de análisis documental, es una herramienta para identificar la información relevante que permita evidenciar el punto planteado por el trabajo investigativo. Estos datos van a ser analizados a través de la triangulación de datos, qué es un método de análisis propio para investigación de enfoque cualitativo de acuerdo con el autor Rodríguez (2020). 3.6. Criterios de rigor El rigor científico de la recogida de datos, a efectos de darle un estándar de rigor científico, es que nosotros entrevistaremos a especialistas en el derecho penal que dada en su alta capacidad de especialización nos darán información útil a efectos de determinar la manera como se viene ejerciendo el derecho de defensa en los procesos penales, es decir, el ejercicio de la defensa pública. 3.7. Aspectos éticos Dentro de los aspectos éticos, los autores Ñaupas, Valdivia, Palacios y Romero (2018) mencionan que el presente punto cuenta con naturaleza moral e investigativa, en el sentido de que instaura relación estrecha entre la aplicación de ciencia para la recolección de datos y el tratamiento ético del investigador. A efectos de efectuar las pautas establecidas dentro del presente punto, se adoptarán los siguientes parámetros. 26 • Estricto cumplimiento e integración del estilo propuesto por la Asociación Americana de Psicología, o APA. El presente tiene como función permitir que el lector identifique la fuente citada en el presente trabajo, y reconozca el trabajo investigativo del autor original. • Integración y acatamiento del Código de Ética para la Investigación de la Universidad Norbert Wiener (2020). El presente instrumento es acatado en intención de adoptar las buenas prácticas e integridad para la recoger información y tratarla. 27 4. PRESENTACIÓN Y DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS La presentación y discusión de los resultados es una sección clave en los trabajos de investigación, particularmente en tesis y artículos académicos, siendo su propósito exponer, analizar e interpretar los datos obtenidos en relación con los objetivos planteados y las hipótesis formuladas. Esta sección combina la descripción objetiva de los hallazgos con un análisis crítico que los contextualiza en el marco teórico y los relaciona con investigaciones previas (Bonet et al., 2023). En la presentación de los resultados, se detallan los datos recolectados, generalmente de manera sistemática y ordenada, utilizando tablas, gráficos o figuras que faciliten su comprensión, puesto que, es fundamental que esta presentación sea clara, objetiva y sin emitir juicios ni interpretaciones (Lara y Gómez, 2020). Por otra parte, la discusión implica interpretar los resultados, evaluando su significado y relevancia. Aquí, se explican las posibles razones detrás de los hallazgos, se contrastan con la literatura existente y se reflexiona sobre sus implicancias teóricas y prácticas, también se analizan posibles limitaciones o discrepancias y se sugieren líneas futuras de investigación (Arias y Covinos, 2021). En síntesis, esta sección conecta los datos obtenidos con el marco teórico, permitiendo valorar la contribución de la investigación y su pertinencia en el campo de estudio. 4.1. Resultados y triangulación Objetivo General: Respuesta de los entrevistados: Tabla 1: Preguntas Respuestas 1. En su opinión ¿Cuál es la importancia de la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal […] Es la base fundamental del sistema de justicia y del cumplimiento de las garantías de los derechos humanos de los imputados. (Milagros) (E1) 28 de Apelaciones? Explique Ud. ¿Por qué? […] Garantizar el ejercicio irrestricto del derecho de defensa de los imputados. (Roger) (E2) […] Ya que está en debate la libertad de una persona. (Miguel) (E3) […] Es una defensa especializada y profesional a cargo de abogados que han asumido el cargo por concurso de méritos. (Mirko) (E4) […] La defensa publica garantiza el derecho de defensa. (Bernardo) (E5) 2. En su opinión ¿Cómo se viene ejerciendo la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones? Explique Ud. […] Pese a las carencias que enfrenta en la actualidad todo el sistema de justicia, existen esfuerzos de parte de los defensores públicos en cumplir los fines de su institución. (Milagros) (E1) […] Los defensores públicos del Callao, garantizan el derecho a una defensa técnica a los investigados. (Roger) (E2) […] No es muy buena. (Miguel) (E3) […] Responsable acorde con el caso que se le confía. (Mirko) (E4) […] Es regular. (Bernardo) (E5) 3. En su opinión ¿Considera usted que la carencia de conocimiento técnico jurídico del proceso penal afecta el […] La carencia de conocimiento técnico jurídico en el proceso penal podría 29 ejercicio la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones? Explique Ud. afectar el ejercicio de la defensa pública. (Milagros) (E1) […] La carencia de conocimientos técnicos, efectivamente no va a permitir una defensa eficaz. (Roger) (E2) […] Para ejercer la defensa técnica de un acusado debe tener los suficientes conocimientos técnico jurídico. (Miguel) (E3) […] La carencia de conocimientos del proceso penal afecta a todo abogado. (Mirko) (E4) […] No se puede realizar una defensa eficaz con falta de conocimiento. (Bernardo) (E5) Fuente: Elaboración propia Interpretación, análisis y discusión de resultados: Los entrevistados concuerdan en que la defensa pública desempeña un rol crucial en los procesos penales del Distrito Judicial del Callao, al garantizar el acceso a la justicia y proteger los derechos fundamentales de los imputados, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad económica. Resaltan que esta función asegura la tutela efectiva de derechos como el debido proceso, la presunción de inocencia y la defensa técnica adecuada, así mismo, reconocen el esfuerzo constante de los defensores públicos por cumplir su labor, a pesar de las limitaciones que enfrentan, como la sobrecarga de trabajo y la insuficiencia de recursos. Sin embargo, hay divergencias en cuanto a la calidad del desempeño de la defensa pública, algunos sostienen que, en términos generales, la labor es profesional y efectiva, resaltando la preparación técnica de los defensores y su compromiso con los casos 30 asignados. Otros, en cambio, critican aspectos como la rotación de defensores en un mismo caso y la imposibilidad de brindar una defensa integral debido al elevado número de expedientes y audiencias simultáneas. Los resultados guardan relación con lo postulado por López (2022), quien evidenció que la defensa se ve vulnerada cuando la Defensa Pública asume el rol representativo en el transcurso del proceso de etapa oral. Esto se debe a la carga procesal excesiva, falta de personal, la escasa disponibilidad de tiempo para el estudio de casuística o por pronta asignación previo inicio de audiencia, carencia de un lapso pertinente. En síntesis, se puede advertir que es importante garantizar una defensa efectiva y justa para todos los encausados durante el proceso punitivo. Es menester destacar que, la defensa es un pilar fundamental conexo al correcto procedimiento en conjunto con derechos humanos, su vulneración puede llevar a situaciones de desigualdad en el sistema recurrido. Asimismo, se relaciona con lo postulado por Rabanal (2022), quien precisa sobre la conexión existente prevista por la carencia de obligatoriedad versada en íntegra adopción y observancia de estándares nacionales, inaplicados por los Defensores Públicos, y la consecuente vulneración a la defensa. La autora antes mencionada concluye que, en los casos que analizó pudo observar como el rol participativo del defensor es meramente formal, puesto que, no se evidencia una presencia activa, real y contundente a lo largo de todo el proceso penal. Podemos afirmar de acuerdo con lo antes mencionado que, se evidencia la vulneración sobre la figura garante del procedimiento con eficiencia y conjuntamente al acceso de defensa adecuada para los acusados. Es importante, poder abordar estas deficiencias a efectos de promocionar la calidad versada en defensa pública para salvaguardar los derechos reconocidos e inherentes al encausado en el sistema de justicia penal. Objetivo Específico 1: Respuesta de los entrevistados: Tabla 2: Preguntas Respuestas 1. En su opinión ¿Cuáles son las implicancias o derechos afectados por […]Una defensa inidónea traerá consigo irremediablemente la vulneración 31 llevar una defensa inidónea con motivo de la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones? Explique Ud. de los derechos fundamentales de los imputado. (Milagros) (E1) […] La implicancia es la vulneración de un debido proceso. (Roger) (E2) […] El no tener la solvencia de conocimientos técnicos jurídicos conlleva a que el ejercicio de la defensa no sea idónea ni eficaz. (Miguel) (E3) […] Una defensa inidónea está enmarcada dentro de lo que se llama defensa ineficaz. (Mirko) (E4) […] El derecho de defensa y consecuentemente el debido proceso. (Bernardo) (E5) 2. En su opinión ¿considera que no se despliega una mínima actividad probatoria? Explique Ud. […] Se esfuerzan en cumplir los fines de su institución. (Milagros) (E1) […] Es en atención al cocimiento del caso y técnico del abogado. (Roger) (E2) […] Los defensores públicos muy poco o casi nada de actividad probatoria ejercen en la defensa de los acusados. (Miguel) (E3) […] Los defensores Públicos no ejercen actividad probatoria. (Mirko) (E4) 32 […] No se despliega una actividad probatoria debido a la falta de recursos. (Bernardo) (E5) Fuente: Elaboración propia Interpretación, análisis y discusión de resultados: Los entrevistados concuerdan en que la defensa inidónea en los procesos penales del Distrito Judicial del Callao representa una grave afectación a los derechos fundamentales de los imputados, incluyendo la libertad, la presunción de inocencia y el debido proceso. En este contexto, destacan que una representación deficiente conduce a la indefensión del acusado, comprometiendo la igualdad de armas entre las partes y limitando la posibilidad de una legítima defensa, asimismo, enfatizan que el ejercicio eficaz de la defensa requiere conocimientos técnicos especializados, sin los cuales se perpetúan fallas estructurales que impactan negativamente en el acceso a la justicia. Sin embargo, divergen en cuanto a las causas y matices de este problema, algunos sostienen que las limitaciones de los defensores públicos están asociadas a factores externos, como la falta de recursos o la ausencia de colaboración por parte de los imputados. Otros, por su parte, resaltan que la ineficacia puede derivar de una estrategia defensiva mal planteada o de carencias técnicas en el abogado, lo que podría ser identificado y corregido por el juez conforme a lo establecido por el Código Procesal Penal. Los resultados guardan relación con lo postulado por Celis (2019), quien señala que existe una conexión relevante entre demasía carga laboral y la defensa efectuada, puesto que, la primera tiene una notable influencia en el derecho mencionado de los imputados quienes acuden a la representación efectuada por el Defensor Público. En síntesis, el autor antes mencionado en su artículo resalta la relevancia que tiene considerar el contexto laboral de los defensores públicos sobre el posible impacto a la vulneración de la garantía fundamental del debido proceso. Asimismo, se relaciona con lo postulado por Ordoñez (2021) quien abordó que la participación efectuada por el patrocinio público afecta la defensa, ello porque, su rol versado en la fase intermedia está limitado 33 únicamente a formalizar el proceso, y no ofrece una actuación mínima en favor de la defensa del investigado. En síntesis, esta investigación resalta la importancia de asegurar que todos los imputados tengan una correcta defensa eficiente, así se pueda garantizar un debido proceso y cumplimiento de los derechos fundamentales respecto a las personas involucradas respecto sistema de justicia punitivo. Objetivo Específico 2: Respuesta de los entrevistados: Tabla 3: Preguntas Respuestas 1. En su opinión ¿cuáles son los correctivos necesarios para garantizar el derecho a una defensa eficaz en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones? Explique Ud. […] Sería recomendable incrementar el número de defensores públicos. (Milagros) (E1) […] Si se trata de un defensor público, proceder a subrogarlo por otro defensor público. (Roger) (E2) […] La capacitación constante de los defensores públicos. (Miguel) (E3) […] Diseño de estrategia del caso. (Mirko) (E4) […] Capacitación constante en materia de litigación oral. (Bernardo) (E5) Fuente: Elaboración propia Interpretación, análisis y discusión de resultados: Los entrevistados concuerdan en que la garantía de una defensa eficaz en los procesos penales requiere mejoras significativas tanto en los recursos como en las capacidades del sistema de defensa pública. Identifican la necesidad de incrementar el 34 número de defensores públicos, asimismo enfatizan la importancia de la capacitación continua, especialmente en litigación oral. Entre los puntos centrales, se señala la necesidad de evaluar regularmente a los defensores públicos, fomentando su actualización profesional y garantizando su idoneidad en el ejercicio de sus funciones. Además, se destaca la importancia de diseñar estrategias legales efectivas, asegurar una participación activa en todas las etapas del proceso penal y contar con herramientas procesales adecuadas. Aunque existe un consenso general sobre la relevancia de la capacitación y los recursos, algunas perspectivas destacan medidas operativas específicas, como la asignación de asistentes a los defensores públicos o la implementación de mecanismos que faciliten la comunicación entre abogados y patrocinados. Los resultados guardan relación con lo postulado por Chávez (2021) quien aborda la conexión entre la afección procesal contra la defensa y el acto de designación versado en el representante público previo juicio oralizado. El mencionado autor concluyó que, la vulneración del derecho a una defensa eficaz ocurre cuando se realiza la denominación del actor público durante el juicio penal aperturado en contra del acusado. Esto contribuye a distinción entre sujetos procesales y al pronunciamiento del juzgador insuficientemente fundamentado. Además, esta elección formal deja al encausado en situación de indefensión, puesto que para obtener una defensa efectiva se requieren mecanismos adecuados que puedan respaldar el caso en específico. En síntesis, esta investigación resalta la relevancia que tiene garantizar una defensa eficaz y el papel crucial que desempeña la designación del defensor público. Sus hallazgos sugieren la necesidad sobre mejorar el sistema procesal penal y las garantías para asegurar una defensa justa y equitativa para todos los involucrados dentro de un proceso penal. Asimismo, se relaciona con lo postulado por Paredes y Ruperti (2022) quienes concluyeron que se evidencia dónde va a la práctica cuando surgen casos urgentes y se emite una orden de detención, lo que lleva a que un lapso de 24 horas se realice en innumerables procesos como tomar declaraciones para la audiencia de formulación de cargos. Esto indica una mala práctica que conduce a la vulneración del derecho y causa una afectación directa a la persona que está siendo procesada. 35 36 5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 5.1. Conclusiones Primera: Se pudo establecer que la defensa pública en los procesos penales desempeña un rol crucial en los procesos penales al garantizar el acceso a la justicia y proteger los derechos fundamentales de los imputados, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad económica. Ello garantiza la tutela efectiva de derechos del imputado como el debido proceso, la presunción de inocencia y la defensa técnica adecuada, se advierte una falta de preparación técnica de los defensores y su compromiso con los casos asignados. Segunda: Se pudo determinar que los derechos que se afectan con motivo de la defensa pública en los procesos penales son los derechos a la libertad, la presunción de inocencia y el debido proceso. Asimismo, la representación deficiente conduce a la indefensión del acusado, comprometiendo la igualdad de armas entre las partes y limitando la posibilidad de una legítima defensa, asimismo, enfatizan que el ejercicio eficaz de la defensa requiere conocimientos técnicos especializados, sin los cuales se perpetúan fallas estructurales que impactan negativamente en el acceso a la justicia. Tercera: Se pudo analizar que los correctivos necesarios para garantizar el derecho a una defensa eficaz en los procesos penales para garantizar una defensa eficaz en los procesos penales requieren mejoras significativas tanto en los recursos como en las capacidades del sistema de defensa pública. Identifican la necesidad de incrementar el número de defensores públicos, así mismo, enfatizan la importancia de la capacitación continua, especialmente en litigación oral. En ese sentido se requiere la necesidad de evaluar regularmente a los defensores públicos, fomentando su actualización profesional y garantizando su idoneidad en el ejercicio de sus funciones. Además, se destaca la importancia de diseñar estrategias legales efectivas, asegurar una participación activa en todas las etapas del proceso penal y contar con herramientas procesales adecuadas. 37 5.2. Recomendaciones Primera: AL CONGRESO DE LA REPUBLICA Aumentar el presupuesto para el MINSITERIO DE JUSTICIA con la finalidad de que pueda ser utilizado para la capacitación de los defensores públicos, de tal manera que permita mejorar el desempeño de los operadores jurídicos y garantizar su rol crucial en los procesos penales. Segunda: AL MINISTERIO DE JUSTICIA Realizar capacitaciones dirigida a los defensores públicos sobre el manejo de técnicas de litigación oral, teoría del delito y demás instituciones jurídicas que les pueda servir para garantizar una defensa eficaz en favor de los derechos fundamentales de los justiciables de escasos recursos. Tercera: A LOS COLEGIOS DE ABOGADOS Realizar seminarios jurídicos dirigida a los abogados sobre el manejo de técnicas de litigación oral, teoría del delito y demás instituciones jurídicas que les pueda servir para garantizar una defensa eficaz en favor de los derechos fundamentales de los justiciables de escasos recursos. Asimismo, puedan estar preparados para cuando ingresen a la defensoría pública. 38 6. REFERENCIAS Agudelo Ramírez, M. (2005). El debido proceso. Opinión jurídica. Recuperado de: https://repository.udem.edu.co/handle/11407/1696 Angamarca, C. X. O., & Cordero, J. F. V. (2022). 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Matriz de categorización apriorística Título de la investigación: “El desempeño de los defensores públicos como sujeto procesal y el derecho a la defensa en la Cuarta Sala Penal de Apelaciones del Callao – 2023 “. Problema de investigación Pregunta de investigación Objetivo general Objetivo específico Categoría Subcategorías Metodología Desempeño de los defensores públicos y derecho a la defensa como sujeto procesal en la cuarta sala penal de apelaciones del callao – 2023 Problema general ¿Cómo se viene ejerciendo en la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones – 2023? Analizar la manera en que se viene ejerciendo la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones – 2023. Identificar los derechos que se afectan con motivo de la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones – 2023. Vulneración del derecho de defensa Derecho a una defensa eficaz Problemas específicos Desarrollar los correctivos necesarios para garantizar el derecho La defensa pública Derecho de defenderse personalmente a una defensa eficaz en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones – 2023. Derecho a ser asistido por un defensor de su elección Derecho irrenunciable de ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado Fuente: Elaboración propia Anexo 2. Instrumento de recolección de datos TÍTULO: EL DESEMPEÑO DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS COMO SUJETO PROCESAL Y EL DERECHO A LA DEFENSA EN LA CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES DEL CALLAO - 2023. Entrevistado/a: Cargo/profesión/grado académico: Institución: 1. En su opinión ¿Cuál es la importancia de la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones? Explique Ud. ¿Por qué? 2. En su opinión ¿Cómo se viene ejerciendo la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao– Cuarta Sala Penal de Apelaciones? Explique Ud. 3. En su opinión ¿Considera usted que la carencia de conocimiento técnico jurídico del proceso penal afecta el ejercicio la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao– Cuarta Sala Penal de Apelaciones? Explique Ud. Objetivo General Analizar la manera en que se viene ejerciendo la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones - 2023. 4. En su opinión ¿Cuáles son las implicancias o derechos afectados por llevar una defensa inidónea con motivo de la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones? Explique Ud. 5. En su opinión ¿considera que no se despliega una mínima actividad probatoria? Explique Ud. 6. En su opinión ¿cuáles son los correctivos necesarios para garantizar el derecho a una defensa eficaz en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones? Explique Ud. ___________________ Objetivo específico 1 Identificar los derechos que se afectan con motivo de la defensa pública en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones - 2023. Objetivo específico 2 Desarrollar los correctivos necesarios para garantizar el derecho a una defensa eficaz en los procesos penales en el Distrito Judicial del Callao – Cuarta Sala Penal de Apelaciones - 2023. Anexo 3. Evaluación de rigurosidad del instrumento (un experto) Anexo 4. Consentimiento informado Anexo 5. Carta de aprobación de la institución para investigación (si procede) Anexo 6. Informe de Turnitin Reporte de similitud 8% de similitud general Principales fuentes encontradas en las siguientes bases de datos: 6% Base de datos de Internet 2% Base de datos de publicaciones Base de datos de Crossref Base de datos de contenido publicado de Crossref 5% Base de datos de trabajos entregados FUENTES PRINCIPALES Las fuentes con el mayor número de coincidencias dentro de la entrega. Las fuentes superpuestas no se mostrarán. 1 Universidad Wiener on 2023-07-08 1% Submitted works 2 Universidad Cesar Vallejo on 2022-12-14 <1% Submitted works 3 tribunalconstitucional.gov.bo <1% Internet 4 repositorio.unjfsc.edu.pe <1% Internet 5 repositorio.upla.edu.pe <1% Internet 6 defensoriapenal.cl <1% Internet 7 repositorio.uwiener.edu.pe <1% Internet 8 Universidad Wiener on 2024-12-02 <1% Submitted works Descripción general de fuentes eb27f1278048516cc5080e5886998a913dbe1e884a8c004a6d553b8783b8ed21.pdf 80322c68ece16e47d9acbbe41d3bac53a621bb73e56e0d100d47948a332e4b00.pdf dfc0572cf860ea0396d65aa533e691b72962ea65f91a09f15506d5902765a8bc.pdf 2e1ac9b1198c8cfb58ad380588615ecb549fc2fa676b7f7922842bf8eda9a48f.pdf