i ESCUELA DE POSGRADO Tesis Informe pericial grafotécnico en delito de falsificación de documentos, en el distrito judicial del Cusco, enero a diciembre del 2021 Para optar el Grado Académico de Maestro en Ciencia Criminalística Presentado por: Autor: Miranda Mesahuanca, Adrian Código ORCID: https://orcid.org/0000-0002-7173-2597 Asesor: Mg. Orellano Benancio, Lizbardo Código ORCID: https://orcid.org/0000-0002-6804-0223 Lima – Perú 2024 DECLARACIÓN JURADA DE AUTORIA Y DE ORIGINALIDAD DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN VERSIÓN: 01 CÓDIGO: UPNW-GRA-FOR-033 FECHA: 08/11/2022 REVISIÓN: 01 Yo, Miranda Mesahuanca, Adrian Egresado(a) de la Escuela de Posgrado de la Universidad privada Norbert Wiener declaro que el trabajo académico “ Informe pericial grafotecnico en deli to de falsi ficación de documentos, en el distri to judicial del Cusco, enero a diciembre del 2021” Asesorado por el docente: Orellano Benancio Lizbardo Con DNI 09658864 Con ORCID https://orcid.org/0000-0002-6804-0223 tiene un índice de similitud de (13) (Trece) % con código oid:14912:367400910. Verificable en el reporte de originalidad del software Turnitin. Así mismo: 1. Se ha mencionado todas las fuentes utilizadas, identificando correctamente las citas textuales o paráfrasis provenientes de otras fuentes. 2. No he utilizado ninguna otra fuente distinta de aquella señalada en el trabajo. 3. Se autoriza que el trabajo puede ser revisado en búsqueda de plagios. 4. El porcentaje señalado es el mismo que arrojó al momento de indexar, grabar o hacer el depósito en el turnitin de la universidad y, 5. Asumimos la responsabilidad que corresponda ante cualquier falsedad, ocultamiento u omisión en la información aportada, por lo cual nos sometemos a lo dispuesto en las normas del reglamento vigente de la universidad. ………………………………………………. …………………………………… Firma de autor 1 Firma de autor 2 Adrian Miranda Mesahuanca Nombres y apellidos del Egresado DNI: 25182316 . DNI: ………………………………. ………………………………………………. Firma Nombres y apellidos del Asesor: Lizbardo Orellano Benancio DNI: 09658864 Lima, 15 de julio de 2024 iii DEDICATORIA Dedico este trabajo de investigación a quienes han sido una fuente inagotable de inspiración y apoyo a lo largo de este arduo y gratificante camino académico. Al hombre que supo guiarme y fue un paradigma de mis días, en memoria de mi señor padre Benigno Saturnino Miranda Riquelme, que se encuentra gozando del reino de nuestro creador. A mis profesores y mentores, cuya sabiduría y orientación han iluminado mi camino y enriquecido mi conocimiento en el campo de las ciencias criminalísticas. Su enseñanza ha sido fundamental en mi formación. Esta tesis es un testimonio de trabajo arduo, perseverancia y aprendizaje, y la dedico a todos aquellos que creyeron en mí y me alentaron a alcanzar mis metas. Sin su constante apoyo y motivación, este logro no habría sido posible. Por último, dedico este trabajo a mí mismo, como un recordatorio de la importancia de la perseverancia y la pasión en la búsqueda del conocimiento y la mejora de la sociedad. Que este esfuerzo contribuya de manera significativa al avance de la ciencia y la justicia en nuestra comunidad y más allá. iv AGRADECIMIENTO En el culmen de este viaje académico y profesional, deseo expresar mi sincero agradecimiento a la Universidad Norbert Wiener, a los señores docentes, que han contribuido a la realización de esta tesis por haberme brindado sus conocimientos y permitir culminar el Post-Grado; en la materia que más me apasiona la “Criminalística” y de esta menara poner mis conocimientos adquiridos al servicio de la sociedad en busca de una justicia objetiva. Mi gratitud se extiende a mi esposa, mis hijos por su apoyo emocional constante y su paciencia durante las largas horas de trabajo dedicadas a esta tesis. Sus palabras de aliento y comprensión fueron mi sostén en los momentos más desafiantes. Finalmente, dedico un agradecimiento especial a todas las personas que participaron en este estudio, ya sea proporcionando testimonios, documentación o colaborando de alguna manera. Sin su contribución, este trabajo no habría sido posible. v RESUMEN Esta investigación tuvo como objetivo analizar como la grafotecnia, permite explicar y resolver de manera objetiva las investigaciones en delito de falsificación de documentos, y ofrecer los informes periciales como medio probatorio, investigación realizada en el distrito judicial del Cusco. El método empleado fue no experimental, de enfoque cualitativo, fue de corte transversal, de diseño fenomenológico. La población de estudio fue intencional no probabilística, teniendo como muestra a 11 participantes, cuatro (04) representantes del Ministerio Publico y siete (07) peritos grafotécnicos de la PNP y REPEJ del Cusco, a quienes se realizó una entrevista, para el análisis de datos se utilizó el programa Atlas Ti- Versión 9. Al culminar este trabajo se determina que los peritajes grafotecnicos son efectivos, respaldados por garantías técnicas e imparcialidad en su formulación, el perito determina la autenticidad de documentos mediante métodos científicos y técnicos, la grafotecnia explica y resuelve la falsificación de documentos con idoneidad y fiabilidad. Así mismo, la grafotecnia ha surgido como un elemento determinante en la identificación y atribución de responsabilidad en casos de falsificación de documentos, fortaleciendo los procesos judiciales y proporcionando pruebas sólidas para una administración de justicia más objetiva. Los peritajes grafotecnicos han demostrado innegable eficacia en estos casos, y el desempeño profesional de los peritos grafotecnicos ha sido sobresalientes. Estos hallazgos resaltan la importancia de la grafotecnia en la resolución de delitos de falsificación de documentos en el Cusco, contribuyendo al fortalecimiento del sistema judicial. Palabras clave: grafotecnia, falsificación de documentos, peritaje. vi ABSTRACT This research aimed to analyze how graphotechnics allows to objectively explain and resolve investigations into the crime of document falsification, and to offer expert reports as a means of proof, an investigation carried out in the judicial district of Cusco. The method used was non-experimental, qualitative in approach, cross-sectional, and phenomenological in design. The study population was intentional, non-probabilistic, with 11 participants as a sample, four (04) representatives of the Public Ministry and seven (07) graphotechnical experts from the PNP and REPEJ of Cusco, who were interviewed during the year 2021. Data analysis used the Atlas Ti-Version 9 program. Upon completion of this work, it is determined that the institutional expertise is effective, backed by technical guarantees and impartiality. The expert determines the authenticity of documents through scientific and technical methods; graphotechnics explains and resolves the falsification of documents with suitability and reliability. Likewise, graphotechnics has emerged as a determining element in the identification and attribution of responsibility in cases of document falsification, strengthening judicial processes and providing solid evidence for a more precise administration of justice. The graphotechnical experts have demonstrated undeniable effectiveness in these cases, and the professional performance of the graphotechnical experts has been outstanding. These findings highlight the importance of graphotechnics in solving crimes of document falsification in Cusco, contributing to the strengthening of the judicial system. Keywords: graphotechnics, document falsification, expertise. vii INTRODUCCIÓN En el complejo ámbito de las ciencias criminalísticas, uno de los desafíos más apremiantes es la identificación y persecución eficaz de los delitos relacionados con la falsificación de documentos. En particular, en el Distrito Judicial del Cusco, esta problemática ha ido en aumento, presentando un desafío constante para las autoridades judiciales y los profesionales encargados de investigar y emitir informes periciales grafotecnicos. La falsificación de documentos no solo socava la confianza en los documentos legales, sino que también pone en peligro la integridad del sistema judicial y la seguridad pública. Por tanto, es esencial profundizar en la comprensión de este problema y en las herramientas disponibles para abordarlo ya que no se limita solo al ámbito legal, sino que también se extiende a transacciones comerciales, financieras y gubernamentales. La exactitud y credibilidad de los informes periciales grafotecnicos son fundamentales para establecer la autenticidad de documentos cuestionados en los procesos judiciales. Para comprender plenamente el alcance de este estudio, es importante abordar dos aspectos clave. En primer lugar, se analizará la naturaleza de los informes periciales grafotecnicos y su relevancia en la investigación de delitos de falsificación de documentos. Se explorará el proceso de autenticación de documentos y se destacará la importancia de la experiencia y la precisión en la grafotecnia como un factor determinante en la resolución de casos. En segundo lugar, se examinará el panorama actual de los delitos de falsificación de documentos en el Distrito Judicial del Cusco, incluyendo estadísticas, tendencias y desafíos específicos que enfrentan los profesionales de la criminalística en la región. viii El objetivo principal de esta investigación es proporcionar una comprensión profunda y detallada de la importancia de los informes periciales grafotecnicos en los casos de falsificación de documentos en el Distrito Judicial del Cusco. Para lograr esto, se llevará a cabo un análisis exhaustivo de la metodología, la jurisprudencia y las prácticas actuales en el campo de la grafotecnia, además de un análisis de casos de estudio que ilustren los desafíos y éxitos en la resolución de casos de falsificación de documentos en el Cusco. A través de este estudio, se busca contribuir al fortalecimiento del sistema judicial y la lucha contra la falsificación de documentos en este contexto específico. ix ÍNDICE RESUMEN ...................................................................................................................................................... v ABSTRACT ..................................................................................................................................................... vi INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................................... vii I. CAPITULO I: EL PROBLEMA ................................................................................................................... 1 1.1. Contextualización del Problema ................................................................................................... 1 1.2. Problema de Investigación ............................................................................................................ 2 1.3. Objetivos de la Investigación ........................................................................................................ 4 1.3.1. Objetivo General ................................................................................................................... 4 1.3.2. Objetivo Especifico ................................................................................................................ 4 1.4. Justificación ................................................................................................................................... 4 1.4.1. Justificación Social ................................................................................................................. 4 1.4.2. Justificación Teórica .............................................................................................................. 5 1.4.3. Justificación Metodológica .................................................................................................... 5 1.5. Limitaciones .................................................................................................................................. 6 II. CAPITULO II: MARCO TEÓRICO ............................................................................................................. 7 2.1. Antecedentes ................................................................................................................................ 7 2.2. Estado de cuestión ...................................................................................................................... 12 2.2.1. Grafotecnia ......................................................................................................................... 13 2.2.2. Tipos de Peritaje en Grafotecnia ......................................................................................... 15 2.2.3. Perito grafotecnico .............................................................................................................. 18 2.2.4. Idoneidad del Perito ............................................................................................................ 19 2.2.5. Delito de Falsificación ......................................................................................................... 20 2.2.6. Delito Contra la Fe Pública .................................................................................................. 21 2.2.7. Falsificación Material .......................................................................................................... 22 2.2.8. Falsedad Ideológica ............................................................................................................. 22 III. CAPITULO III: METODOLOGÍA ......................................................................................................... 25 3.1. Diseño de Investigación .............................................................................................................. 25 3.2. Escenario de Estudio y Participantes .......................................................................................... 25 3.3. Estrategia de Producción de Datos ............................................................................................. 26 3.4. Análisis de Datos ......................................................................................................................... 27 3.5. Criterios de Rigor ........................................................................................................................ 27 3.6. Aspectos Éticos ........................................................................................................................... 27 x IV. CAPITULO IV: PRESENTACIÓN Y DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS ................................................. 29 4.1. Resultados y Triangulación ......................................................................................................... 29 4.2. Discusión de los resultados ......................................................................................................... 55 V. CAPITULO V: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ........................................................................ 58 5.1. Conclusiones ............................................................................................................................... 58 5.2. Recomendaciones ....................................................................................................................... 59 VI. BIBLIOGRAFIA .................................................................................................................................. 61 VII. ANEXOS ........................................................................................................................................... 67 Anexo 1. Matriz de categorización apriorística ...................................................................................... 67 Anexo 2. Instrumento de recolección de datos ...................................................................................... 68 Anexo 3. Evaluación de rigurosidad del instrumento ............................................................................. 69 Anexo 4. Consentimiento Informado ...................................................................................................... 79 Anexo 5: Declaración jurada de exoneración de Comité de Ética .......................................................... 81 Anexo 6: Informe de Turnitin .................................................................................................................. 82 xi INDICE DE TABLAS Y FIGURAS Tabla 1 Código asignado a cada entrevistado según su especialidad ....................................................... 29 Tabla 2 Categorías y códigos del acuerdo plenario 04-2015 ..................................................................... 46 Figura 1 Nube de palabras de todos los entrevistados: Informe pericial grafotécnico en delito de falsificación de documentos…………………………………………………………………………………………………………………. 30 Figura 2 ....................................................................................................................................................... 32 Figura 3 Red semántica de la categoría pericia grafotécnica en falsedad de documentos ........................ 40 Figure 4 Red semántica de las entrevistas y el acuerdo plenario ............................................................... 48 Figure 5 Red de códigos del análisis de la eficacia de los tipos de peritaje grafotécnico ........................... 50 Figure 6 Red de códigos de la distribución del análisis del desempeño del perito grafotécnico en el análisis pericial ............................................................................................................................................ 52 Figure 7 Red de códigos de como la grafotecnia explica y resuelve el delito de falsificación de documentos ................................................................................................................................................. 55 1 I. CAPITULO I: EL PROBLEMA 1.1.Contextualización del Problema Este estudio se realiza en el entorno del distrito judicial del Cusco, durante el periodo comprendido entre enero y diciembre del 2021, para comprender los fenómenos iniciales que caracterizan tanto el lugar como los sujetos involucrados en casos de falsificación de documentos. El contexto social del Cusco, tiene múltiples factores como la diversidad étnica, las condiciones socioeconómicas, la accesibilidad a la educación y los niveles de empleo que impactan directamente en la motivación y oportunidades que enfrentan los individuos en relación con este tipo de delitos. El estudio se adentra en la interacción entre estos elementos sociales, examinando cómo influyen en la aparición y prevalencia de la falsificación de documentos en el ámbito judicial del Cusco durante el año 2021. A través de un análisis detallado de los casos, se busca identificar patrones, tendencias que caracterizan este fenómeno, así como comprender las respuestas institucionales y comunitarias ante esta problemática. Este enfoque holístico sienta las bases para una comprensión más profunda y significativa de las dinámicas subyacentes y las posibles estrategias de intervención y prevención en este ámbito. 2 1.2.Problema de Investigación La prueba pericial de grafotecnia, estos últimos años ha demostrado un indicador, que estas pericias vienen incrementando su valor como medio probatorio, considerándose como la opinión experta en esta área de la criminalística (Duce J & Duce J, 2018). Por consiguiente, la valoración de una pericia constituye prueba del proceso judicial, bajo la evaluación y pautas de la sana crítica y los axiomas de la experiencia del juzgador (Rojas Bustamante, 2018). En nuestra Legislación local, también las valoraciones de la prueba son admitidas de manera racional; siendo este un mecanismo que el juez apoyado de su conocimiento técnica científico, esgrime la valoración que él crea por conveniente para estimarla o no como medio de prueba (Mellado Pérez, 2018). En nuestra norma jurídica concretamente, se reconoce el tipo penal de falsificación de documentos, y esta se califica expresamente como a aquel que realice la falsificación y/o adulteración de todo o parte de un documento; y su tipicidad objetiva como la subjetiva, se prevé en el Art. 427 de la legislación penal vigente, siendo sancionado con las penas establecidas en ella (Almeira & Luciano, 2020) Considerándose que la falsedad de un documento es aquello que se respalda en la reproducción alterada maliciosamente a cualquier documento públicos o privados, a fin de lograr beneficios propios en su mayoría de carácter económico en detrimento de un tercero (Gómez Gil & Noriega Villamizar, 2019). El delito de falsead documental, en nuestro medio se produce cuando el individuo efectúa cualquiera de las conductas típicas previstas en nuestro ordenamiento jurídico; asimismo, la intención de usarlo el documento falso se considera como tipo subjetivo en la legislación nacional; sin embargo, para la calificación del tipo objetivo este tiene que ponerse en circulación o uso el documento falso; por consiguiente, en nuestro ordenamiento no se permite el uso de este 3 instrumento (documento falsificado) siendo sancionado con las penas previstas (Arenas, 2018). Igualmente, la tipificación como falsificación de documentos, es considerado como detrimento a la autenticidad y originalidad del acto jurídico, negocio jurídico entre personas naturales o jurídicas, que, a su vez en estos referidos, el falsario puede consumar su propósito imitando, modificando, alterando su estado original o creando otra con características similares al original (Montenegro Guimaraez, 2019). Asimismo, podemos inferir que el menoscabo del perito grafotecnico, en la exposición de pruebas documentales ante los órganos de justicia, es por la poca información y desconocimiento de algunos magistrados, a cerca del nivel profesional que debe presentar el perito en grafotecnia, sin embargo, es menester señalar que existen peritos actuantes con precaria capacitación o poca experticia, y estos actúan de manera imprudente a falta de un tamiz de fiscalización de un ente ontológico de la especialidad de grafotecnia (Paciente, 2019). Del mismo modo para garantizar los derechos de los justiciables, se requiere una objetividad en los pronunciamientos periciales de grafotecnia, obligándose a que todos los operadores de justicia, brinden la protección de los justiciables (García Moncada, 2019). Sin embargo, estos últimos años en nuestro medio se viene fortaleciendo la constitucionalización de los diversos procesos, comprometiéndose a tratar con equidad y una justicia protectora que obliga a cumplir con el debido proceso garantista (Delgado Mora, 2018). Conforme al análisis efectuado se percibe las implicancias legales en los ilícitos de adulteración y/o alteración de documentos, la utilización de estos documentos falsos en la actividad pública o privada implica un engaño, llegando a conjeturarse como una estafa; la justicia a través de las normas trata de establecer el respeto de los derechos, empleando mecanismos para castigar el acto de falsificar, en base a pruebas idóneas y confiables como es la pericia de grafotecnia (Andrade, 2020). 4 1.3.Objetivos de la Investigación 1.3.1. Objetivo General Analizar como la grafotecnia permite explicar y resolver el delito de falsificación de documentos como medio probatorio en el distrito judicial del Cusco, enero - diciembre 2021. 1.3.2. Objetivo Especifico 1. Identificar si la grafotecnia es determinante para establecer el grado de responsabilidad en el delito de falsificación de documentos en el distrito judicial Cusco, enero- diciembre 2021. 2. Describir la eficacia de los tipos de peritajes grafotecnicos en los delitos de falsificación de documentos en el distrito judicial Cusco, enero - diciembre 2021. 3. Valorar el desempeño profesional del perito grafotecnico en el análisis pericia en delito de falsificación de documentos en el distrito judicial del Cusco, enero - diciembre 2021. 1.4.Justificación 1.4.1. Justificación Social Se fundamenta en la necesidad imperante de comprender y abordar las complejas dinámicas que rodean este fenómeno delictivo en un contexto específico como el Cusco. La falsificación de documentos no solo representa una amenaza para la integridad del sistema judicial y la confianza en las instituciones, sino que también impacta de manera directa en la cohesión social y en la percepción de seguridad y justicia por parte de la comunidad. Por lo tanto, la investigación busca proporcionar hallazgos importantes que permitan diseñar estrategias de prevención y respuesta más efectivas teniendo impacto para la sociedad y en particular para los justiciables y operadores de justicia. Los resultados de la presente investigación deben aportar en la compresión de la disciplina de grafotecnia, para determinar la responsabilidad e implicancia sobre los delitos de 5 falsificación de documentos; por consiguiente, coadyuvará y aclarar la importancia como evidencia objetiva, desde el punto de vista jurídico penal, apreciando el valor probatorio tanto a nivel técnico como de sustento incriminatorio en los justiciables. 1.4.2. Justificación Teórica Esta radica en el aporte específico que realiza al desarrollo y la discusión de los conceptos fundamentales utilizados en el ámbito de la grafotecnia y la criminalística. Al profundizar en las teorías y metodologías empleadas en la elaboración de informes periciales grafotécnicos, esta investigación busca enriquecer el corpus teórico existente, así como cuestionar y ampliar las concepciones convencionales sobre la detección y análisis de la falsificación documental. Al respecto, la obra "Principios de Grafoscopía y Documentoscopia" constituye una referencia indispensable, ofreciendo un marco conceptual sólido para comprender los fundamentos de la grafotecnia y su aplicación en la investigación criminal (Ochoa de Michelena, 2002) 1.4.3. Justificación Metodológica La justificación metodológica se centra en la contribución original a la metodología existente utilizada en la elaboración de informes periciales grafotecnicos en casos de falsificación de documentos. Esta investigación se propone desarrollar y aplicar un enfoque metodológico innovador que integre todo el conocimiento de peritos grafotecnicos con el fin de mejorar la precisión, la eficiencia y la fiabilidad de los resultados periciales. Al ampliar y perfeccionar la metodología empleada en la evaluación de la falsificación documental, este estudio aspira a establecer nuevos estándares de excelencia en la práctica pericial grafotécnica y a proporcionar directrices claras y replicables para su aplicación en el ámbito judicial (García Algarra, 2015) 6 1.5.Limitaciones - Muestra limitada: El estudio se basa en un número limitado de casos de falsificación de documentos en el Distrito Judicial del Cusco durante el año 2021, esto puede limitar la generalización de los hallazgos a otros distritos judiciales o a otros periodos de tiempo. - Subjetividad en la interpretación: Los análisis periciales grafotécnicos dependen en gran medida de la interpretación del perito, lo que puede introducir un grado de subjetividad. Diferentes peritos pueden llegar a conclusiones distintas a partir de los mismos documentos, lo que afecta la consistencia y fiabilidad de los resultados. - Acceso a documentos y muestras: El estudio depende del acceso a documentos y muestras auténticas para comparar y contrastar con los documentos sospechosos de falsificación. La falta de acceso a muestras comparativas adecuadas puede dificultar la determinación precisa de la autenticidad de los documentos. - Variabilidad en las técnicas de falsificación: Las técnicas de falsificación evolucionan con el tiempo, y los peritos deben estar continuamente actualizados con las nuevas metodologías fraudulentas. La falta de actualización y capacitación continua puede afectar la capacidad del perito para identificar técnicas de falsificación más sofisticadas. - Limitaciones temporales: El periodo de estudio está restringido a un año específico (enero a diciembre de 2021), lo que puede no capturar tendencias a largo plazo o variaciones estacionales. Los resultados pueden no reflejar cambios en la incidencia o métodos de falsificación que ocurren fuera del periodo estudiado. Estas limitaciones deben ser consideradas al interpretar los resultados del estudio y al aplicar sus hallazgos en contextos judiciales y académicos. 7 II. CAPITULO II: MARCO TEÓRICO 2.1. Antecedentes Ascate (2023), elaboró un trabajo de investigación cuyo objetivo principal fue “Analizar la influencia del peritaje grafotecnico en los procedimientos judiciales relacionados con el delito de falsedad documental en el distrito fiscal de Lambayeque durante el período 2021-2022” La metodología adoptada se basó en un enfoque cualitativo, específicamente en una investigación aplicada con un diseño no experimental de corte transversal y un marco fenomenológico. Los participantes incluyeron 6 peritos grafotecnicos del Área de Grafotecnia Forense de la OFICRI PNP Chiclayo y 9 abogados de defensa libre. La recolección de datos se realizó mediante entrevistas y análisis documental, información fue procesada con el software Atlas. ti9. Los resultados concluyen que el peritaje grafotecnico tiene un impacto significativo en los procesos penales por falsedad documental. Asimismo, se encontró que la presentación oral de las pericias grafotécnicas sin sustitución tiene un efecto positivo en la administración de justicia, mientras que su presentación oral con sustitución tiene un impacto negativo en este proceso. Oblitas (2023), elaboró un trabajo de investigación cuyo objetivo fue “Examinar la calidad de los informes periciales en sus diferentes modalidades de falsificación de firmas en el departamento de grafotecnia de la Policía Nacional del Perú en Lima durante el año 2022”. La metodología adoptada se caracterizó por un enfoque cualitativo con un diseño fenomenológico. 8 Concluye que a pesar de la falta de acreditación en grafotecnia, y la ausencia de certificaciones ISO17024 para los peritos grafotecnicos, estos profesionales reciben capacitación regular y siguen los lineamientos del manual de procedimientos, lo que les permite realizar procedimientos técnicos y científicos de calidad basados en el método grafoscopio establecido en el manual de criminalística de la Policía Nacional del Perú, así como los resultados de la investigación revelaron que la calidad de los informes grafotecnicos se sustenta en el procedimiento pericial establecido en el manual de criminalística, utilizando el método grafoscopio. Avalos (2023), elaboró un trabajo de investigación cuyo objetivo fue “Establecer la relación entre el peritaje grafotecnico y la evaluación de las sentencias condenatorias en los casos de falsificación de documentos públicos en el distrito judicial de Cañete durante el período 2019- 2021” La metodología empleada es de carácter deductivo y cuantitativo, utilizando un cuestionario como instrumento de recolección de datos y diseño de investigación observacional no experimental de tipo transversal correlacional, con una muestra total de 120 cuestionarios. concluye que el peritaje grafotecnico desempeña un papel crucial en la evaluación de pruebas en casos de falsificación de documentos públicos, y su apropiada utilización puede influir en los resultados de las sentencias condenatorias, lo que resalta la importancia de su correcto empleo en el proceso judicial. Los resultados obtenidos a través de la prueba de chi cuadrado indican una relación significativa entre el peritaje grafotecnico y las valoraciones de las sentencias condenatorias en los delitos de falsificación de documentos públicos en el distrito judicial de Cañete durante el período estudiado, con un valor de chi cuadrado de Pearson de 1679.818 y un p-valor de 0.000. 9 Panduro (2022), elaboró un trabajo de investigación cuyo objetivo fue “Determinar la relación entre el informe pericial de grafotecnia y los delitos de falsificación de documentos en el distrito judicial de coronel Portillo durante el año 2019”. Utilizando como metodología de la investigación un enfoque no experimental y un diseño de investigación de tipo corte transversal - correlacional. Se trabajó con una muestra de 30 abogados de los Juzgados Penales de la Corte Superior de coronel Portillo, su conclusión principal indica que, dado que la X2 calculada es menor que la X2 tabulada, se rechaza la hipótesis nula y se acepta la hipótesis alternativa, lo que implica que la pericia grafotécnica como medio probatorio tiene una relación significativa con la tipificación del delito contra la fe pública en la modalidad de falsificación de documentos públicos en los Juzgados Penales de la Corte Superior de Coronel Portillo. Con resultado que existe una relación significativa entre ambas variables de estudio, con una correlación del 95%, lo que representa una correlación significativa con un margen de error del 5%. Loja (2022), elaboró un trabajo de investigación cuyo objetivo fue “Examinar la influencia de la inconsistencia de los dictámenes periciales en el aumento de los delitos de falsificación de documentos en la DIRCRI-PNP, Lima, durante el año 2019” realizando el estudio que se basó en un diseño transversal, observacional, prospectivo y analítico, empleando un enfoque deductivo y técnicas documentales, observacionales y de encuesta. Los datos se recopilaron a través de un cuestionario con escala Likert. Concluyendo que demuestra que la inconsistencia en los dictámenes periciales ejerce una influencia notable en el aumento de los delitos de falsificación de documentos, particularmente en la falsificación de títulos valores, resaltando la importancia de la precisión y coherencia en los procesos periciales en el ámbito de la criminalística. Con resultado de la investigación respalda la hipótesis, ya que el p-valor 10 obtenido fue de 0,000, y se observó un coeficiente de correlación Rho de Spearman igual a 0,901, indicando una correlación significativa. Inga (2021), elaboró un trabajo de investigación cuyo objetivo fue “Examinar cómo la pericia grafotécnica, utilizada como evidencia, incide en la clasificación del delito contra la fe pública en la forma de falsificación de documentos públicos en los Juzgados Penales de Huancayo durante el año 2020” Se adoptó un enfoque cualitativo, con un tipo básico de investigación y un método inductivo-fenomenológico, con un nivel descriptivo. El diseño de la investigación se fundamentó en la teoría. Para la recopilación de datos, se empleó una guía de entrevista dirigida a tres peritos grafotecnicos. Como conclusión, se determinó que la pericia grafotécnica, cuando se emplea como evidencia, tiene un impacto notable en la clasificación del delito contra la fe pública en la modalidad de falsificación de documentos públicos en los Juzgados Penales de Huancayo durante el año 2020. Hurtado (2021), elaboró un trabajo de investigación cuyo objetivo fue “Establecer directrices en documentología forense y grafología por medio de un Manual Básico” la metodología es de enfoque cualitativo, exploratorio, con un diseño no experimental, puesto que se observó un fenómeno tal y como se da en un contexto natural que se aplicó de manera transversal, no probabilística por juicio; trabajo con una muestra de 10 peritos en documentología; concluye que la investigación da respuesta a la pregunta de indagación, puesto que la creación de directrices en Documentología Forense y Grafología si mejorará la detección de documentos falsificados en los archivos de instituciones públicas y privadas, siendo el resultado que la pertinencia fue la aceptación de los sujetos de investigación sobre la totalidad del “Manual Básico de Documentología Forense y Grafología” fue muy buena 61%, buena 28%, regular 10 % y malo solo 1%; lo que significa que existe una valoración positiva. 11 Moreno y Villacorta (2020), elaboró un trabajo de investigación cuyo objetivo fue “Determinar la relación que existe entre falsificación de documentos y contrataciones administrativas de servicios en el área de recursos humanos del Ministerio Público distrito fiscal de Ucayali 2018” la metodología de la investigación fue de tipo descriptivo correlacional, no experimental, y de enfoque cuantitativo. Trabajo con una muestra de 18 empleados del área de recursos humanos del Ministerio Público y obtuvo como resultado que existe una correlación positiva significativa entre falsificación de documentos y contratación administrativa de servicios en el área de recursos humanos del Ministerio Público, concluyendo que existe una correlación positiva significativa de 0,250 entre falsificación de documentos y contratación administrativa de servicios en el área de recursos humanos del Ministerio Público distrito fiscal de Ucayali 2018, teniendo como resultado 0.860, es decir; muy alta confiabilidad para la variable falsificación de documentos y 0.850 para la variable contratación administrativa, también considerada de alta confiabilidad. Abad (2020), en su investigación tuvo como objetivo “Determinar la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia sobre delito de falsificación de documentos según los parámetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales pertinentes, en el expediente Nro. 00102-2016-0-0206-SP-PE-01, del Distrito Judicial de Ancash, 2019” la metodología de la investigación fue de tipo cualitativo y nivel exploratorio descriptivo y diseño transeccional, retrospectivo y no experimental, de aplicación de muestreo no probabilístico denominado técnica por conveniencia; cuyo resultado y conclusión, que las sentencia de primera instancia se ubica en el rango de “muy alta” calidad, y la sentencia de segunda instancia en el rango de “alta” calidad”. Paciente (2020), en su artículo de investigación tuvo como objetivo “Establecer el estudio y distinción de los medios de prueba desde sus inicios en la época Romana hasta la actualidad, su 12 regulación en distintos países de la unión europea y los avances en implantación de los avances tecnológicos en algunos países”, la investigación de tipo analítico deductivo inductivo, que concluye utilizar un sistema automatizado que permite el análisis de un documento manuscrito en el mismo acto del juicio, una forma instantánea la verificación de la prueba, ofreciendo un 99% de exactitud, garantizando un proceso más objetivo y justo para ambas partes; obteniendo como resultado que los sistemas judiciales no están actualizados, con mecanismos que se encuentran a su alcance y todo aquello que ayude y los mejore creando un proceso con garantías y que los resultados de la utilización del sistema SmartPerit. 2.2. Estado de cuestión La grafotecnia emerge como una disciplina esencial dentro del ámbito de la criminalística, situándose en la intersección entre ciencia y arte. Su propósito principal radica en la verificación de la autenticidad de documentos, con el fin último de identificar a su autor. Esta disciplina se apoya en fundamentos teóricos sólidos y en la aplicación de métodos experimentales, aunque no está exenta de enfrentar desafíos interpretativos. A través de la pericia grafotécnica, expertos dotados de conocimientos especializados y experiencia relevante, desempeñan un papel crucial en el análisis de documentos cuestionados, abordando desde la autoría de textos manuscritos hasta la verificación de firmas. Este campo no solo demanda una comprensión profunda de sus principios técnicos, sino también una apreciación de su naturaleza artística, lo que permite a los peritos grafotecnicos contribuir significativamente en procesos judiciales, ofreciendo evidencia clave que puede influir en la resolución de casos. La idoneidad y la integridad del perito, junto con su capacidad para aplicar conocimientos de manera objetiva e imparcial, son fundamentales para el éxito de esta disciplina en su contribución a la justicia. Por el que se aborda en esta investigación conceptos de autores e investigadores relacionados a la grafotecnia como Del Val Latierro, 1963, 13 Montiel Sosa 2000, Silvera, 2007, Reyes & Kauffmann, 2000 y un autor nacional que destaca con su obra Firmas Auténticas y Detección de Firmas Falsas, José Balbuena 2003. 2.2.1. Grafotecnia La grafotecnia tiene como objetivo determinar si un documento es verídico o no para así poder identificar al autor (Dirección Ejecutiva de Criminalística, 2015) La grafotecnia es una ciencia así, como también se considera un arte, por tener las bases sólidas y practicar el estudio experimental, que puede tener errores en su interpretación. (Del Val Latierro, 1963) igualmente es una de las disciplinas de la criminalística, que despliega de manera práctica y metódica sus conocimientos, plasmando los criterios dogmáticos de la Grafotecnia en las pericias del documento moderno. (Dirección Ejecutiva de Criminalística, 2015) Desde una perspectiva técnica pericial enfocada en delitos de falsificación de documentos, la grafotecnia se define también como una disciplina científica y técnica dedicada al análisis y estudio de escrituras, firmas y documentos para determinar su autenticidad y autoría. Su principal objetivo es identificar y demostrar la falsificación o manipulación de documentos, utilizando métodos y procedimientos reconocidos y validados. La grafotecnia se aplica en investigaciones criminales para proporcionar pruebas objetivas y fundamentadas que puedan ser utilizadas en procedimientos judiciales o administrativos. a) Se define como Pericia a la destreza, sabiduría, habilidad en una ciencia o arte”. En la opinión de Betti, la pericia “Es una actividad representativa destinada a una apreciación técnica de la cosa, persona o actividad de una investigación, que etimológicamente proviene del vocablo en latín peritia (Montiel Sosa, 2000) 14 b) También se conoce como dictamen pericial, a la opinión juicio sobre una cosa” Asimismo, el vocablo pericial proviene de “pericia”, calificativo perteneciente o relativo al perito, pronunciamiento de un experto; y este término proviene del latín dictamen. (Montiel Sosa, 2000) Se coincide con los autores citados, en vista que los informes periciales de grafotecnia son documentos técnicos-científicos elaborados por un perito especializado, destinado a proporcionar pruebas objetivas en procesos judiciales. Estos Informes se basa en métodos científicos validados, con una metodología clara, documentación visual de alta calidad, y análisis comparativos detallados. Utiliza terminología técnica precisa y sus conclusiones están fundamentadas en hallazgos objetivos. El perito actúa con imparcialidad, cumpliendo con normativas y estándares vigentes que ofrece un análisis detallado y objetivo sobre la autenticidad de documentos y firmas. c) El objeto de la pericia puede ser una persona, un hecho o alguna cosa; este es el objetivo de estudio de los indicios relacionados con la investigación. La finalidad de esta investigación es aprobar o desaprobar cualquier aspecto cuestionado de un suceso, cuya veracidad se investiga. Por ello, naturalmente, el objeto de la pericia se considera de gran importancia. (Montiel Sosa, 2000) Asimismo, el informe pericial grafotecnico, tiene como objetivo principal evaluar de manera técnica y objetiva la autenticidad y autoría de firmas, escritos y documentos cuestionados, siendo utilizado en contextos legales. Sus objetivos específicos incluyen: verificar si una firma o documento es genuino o falsificado, identificar al autor comparando con muestras conocidas, detectar alteraciones o manipulaciones, realizar análisis comparativos entre escritos cuestionados y aquellos cuya autoría es conocida, proporcionar un análisis detallado y fundamentado que sirva como evidencia en juicios, y ofrecer conclusiones imparciales y basadas en hechos sobre la autenticidad o falsedad de los documentos examinados. 15 d) Se conoce como perito a la persona considerada como sabio experimentado, hábil “y es una persona conocedora de las ciencias o artes” cuyo resultado de la aplicación de su conocimiento se plasma en informe pericial, que coadyubará al juez, sobre la decisión de la realidad concreta de los hechos investigados por quienes participan en ciertas etapas del proceso penal. Y etimológicamente este vocablo proviene en latín peritus (Montiel Sosa, 2000) Asimismo, colegimos que el perito grafotecnico es un especialista en el análisis de documentos y escrituras, cuya principal función es determinar la autenticidad de documentos mediante métodos científicos y técnicos. Con formación en áreas como criminalística y ciencias forenses, y capacitación específica en grafotecnia, este experto es consultado en diversas situaciones, como litigios legales por fraude, falsificación de documentos o disputas sobre la autenticidad de testamentos y contratos, así como en investigaciones criminales para verificar la autenticidad de cartas, notas de rescate u otros documentos relevantes. 2.2.2. Tipos de Peritaje en Grafotecnia En la ciencia de la grafotécnica se realizan diversos tipos de pericias relacionados a la falsificación de documentos como contenido de la misma y/o firma que se atribuye a la autoría del texto, igualmente se realizan estudios de adulteraciones, lavados, raspados, falsificaciones de sellos Etc. (Silvera, 2007) entre ellos citamos alguno de ellos: a) Autoría de textos manuscritos. Se atribuye o se le otorga el crédito de su autoría a quienes hayan contribuido directamente a su enunciación o contenido del diseño, planificación del texto o anotación de datos, además de su redacción, la cual debe de asumir la responsabilidad por todo lo que expresa. (Reyes & Kauffmann, 2000) 16 b) Autenticidad o falsedad de firmas. Es el estudio que determina si una firma es falsa o adulterada, realizadas con empleo de cualquier medio como lo referido por Balbuena, (2003) que puede ser impreso, yuxtapuesto, composición, calco o copia directa, por imitación a mano libre, con el método por falsificación servil, así como la auto transformación a mano guiada u otras modalidades realizadas para este fin. c) Autoría de firma: la firma tiene por objetivo reconocer, la certeza o autentificar la identidad de un autor o suscribiente, como la prueba de la autorización y la verificación de la probidad y aprobación de la información contenida en un documento, que se le da un valor legal. Balbuena, (2003) Asimismo, se debe dejar constancia que, en la disciplina de la grafotecnia, existen otro tipo de pericias que son solicitadas esporádicamente, es decir no son recurrentes, igualmente se formula los informes periciales peticionados de acuerdo al requerimiento de los operadores de justicia, y/o a solicitud de personas naturales y/o jurídicas. (Dirección Ejecutiva de Criminalística, 2015) Autenticidad de Documentos: La idoneidad de los documentos es fundadamente, para determinar la originalidad que provengan de una fuente creíble y cierta, por lo tanto, su autenticidad depende directamente de la idoneidad. (Del Piccha, 1993)  Documento Dubitado: En la grafotecnia y las ciencias criminalísticas, se conoce al documento que pone en duda su originalidad, así como su autoría, desconociendo quien es el autor o quien los realizó, así como su procedencia, el cual viabilizará determinar si este es original, copia o falso. (Dirección Ejecutiva de Criminalística, 2015) Igualmente, el documento dubitado en grafotecnia se refiere a cualquier documento cuya autenticidad o autoría está en duda o es cuestionada. Estos documentos son objeto de 17 análisis pericial para determinar si las firmas, escrituras u otros elementos contenidos en ellos son genuinos o falsificados. El objetivo del análisis grafotecnico es comparar el documento dubitado con documentos indubitados (aquellos cuya autenticidad y autoría son conocidas y no están en disputa) para identificar similitudes y diferencias que permitan llegar a una conclusión sobre su autenticidad.  Documento Indubitado: Es el documento que no tiene duda de su contenido o convicción de la persona quien lo elabora, que puede ser manuscrito o firma, así como la existencia de una convicción de la persona a quien se atribuya el documento. (Del Piccha, 1993) También se conoce como de origen primario de información con todos los rasgos y particularidades que permiten garantizar su autenticidad y probidad. (Montiel Sosa, 2000) Principios Fundamentales y Leyes del Grafismo: El grafismo es individual inconfundible. Este es un principio fundamental, prescindiendo todos los trabajos grafotecnicos. Solange Pellat, ha tratado de demostrar en su obra “Las leyes de la escritura” la existencia de varias leyes que rige la escritura. (Del Piccha, 1993) estableciendo como primera Ley “Ley del Impulso cerebral” y la segunda ley “Ley de la acción del yo” igualmente como tercera ley “Ley de la marca del esfuerzo” por otra parte también se considera como la cuarta ley “Ley de la permanencia de los caracteres” y como ultimo la quinta ley “Ley de la individualidad de la escritura”: las cuales se detalla por la mayoría de autores, como en el manual de criminalística de la PNP (Dirección Ejecutiva de Criminalística, 2015) Los fundamentos y leyes del grafismo se basan en principios clave que permiten analizar y comparar la escritura para determinar su autenticidad y autoría. Estos principios incluyen la individualidad, que establece que cada persona tiene un estilo de escritura único; la 18 invariabilidad, que indica que los rasgos fundamentales de la escritura de una persona permanecen consistentes; y la variabilidad, que reconoce que la escritura puede mostrar cambios debido a factores como el estado emocional o la salud. Además, se consideran aspectos como el espacio (organización espacial de la escritura), la forma (estilo de las letras), la presión (intensidad al escribir), los trazos (dirección, velocidad y continuidad) y el movimiento (flujo y ritmo de la escritura). Estos principios ayudan a los peritos grafotécnicos a realizar un análisis detallado y preciso de los documentos cuestionados. 2.2.3. Perito grafotecnico PJ Group, (2018), en su bloc asevera que el perito grafotecnico, es el sujeto con formación, capacitación, conocimientos y experiencia en el ámbito de la grafotecnia, cuyo alegato puede ayudar en la resolución de conflictos en la vía prejudicial o judicial. El juez puede considerar el testimonio del Perito sobre los hechos a la hora de dictar sentencia, pero éste puede ser preguntado por cualquier aspecto técnico del caso, por los letrados o el propio juez, asimismo el perito actúa en baso a cuatro principios como; independencia e imparcialidad, objetividad, veracidad, responsabilidad. Un perito grafotecnico es un experto especializado en el análisis científico y técnico de escrituras, firmas y documentos, con el fin de determinar su autenticidad y autoría. Este profesional combina conocimientos en grafología y técnicas forenses, utilizando métodos científicos validados para llevar a cabo su labor. Su trabajo incluye la comparación de documentos cuestionados con muestras auténticas, la identificación de falsificaciones y manipulaciones, y la elaboración de informes técnicos que pueden ser utilizados como evidencia en contextos judiciales y administrativos. El perito grafotecnico debe actuar con imparcialidad y objetividad, cumpliendo con las normativas y estándares vigentes en su campo. 19  Perito Oficial: Según su relación de dependencia, son llamados Forenses, siendo estos funcionarios de una de las instituciones del estado que han sido formados o capacitados por el estado.  Perito de Parte: No están adscritos a la Administración de Justicia, trabajando a través de las listas o de parte. Son expertos contratados por una de las partes, que le ayuden a dar soporte técnico a su defensa legal. Suelen ser especialistas elegidos por su experiencia y conocimientos técnicos en el caso, y ayudan a la parte a preparar el caso  Nombramiento del Perito: El Artículo 173 del Código Procesal Penal, de 29 de julio de 2004, precisa que el Juez competente, y, durante la Investigación Preparatoria, el Fiscal o el Juez de la Investigación Preparatoria en los casos de prueba anticipada, nombrará un perito. Escogerá especialistas donde los hubiere y, entre éstos, a quienes se hallen sirviendo al Estado, los que colaborarán con el sistema de justicia penal gratuitamente. En su defecto, lo hará entre los designados o inscritos, según las normas de la Ley Orgánica del Poder Judicial. (Ore & Gaceta Jurídica, 2016) 2.2.4. Idoneidad del Perito Duce, señala que la “idoneidad comprende un requisito de admisibilidad de la prueba pericial, constituido por la necesidad de acreditar que quien se presenta como experto, efectivamente lo sea” por ello, la idoneidad pericial, jurídicamente es concebida como aquella capacidad de la persona, que acredita encontrarse en condiciones de brindar su opinión respecto al hecho controvertido no jurídico y por el cual ha sido llamado al proceso. Igualmente, Cafferata Nores, agrega: “A fin de que el aporte probatorio sea serio, el requisito básico para ser perito es 20 la idoneidad, derivada de su capacidad científica, técnica o artística necesaria para descubrir o valorar el elemento de prueba que ni el juez ni el común de la gente podrían descubrir o valorar. (IUSLatin.pe, 2022) Por otro lado, cada perito ha sido formado en una especialidad de las ciencias forenses o disciplinas criminalísticas, no existe el perito que lo sepa todo, por ello es que dependiendo del estudio a realizar y la naturaleza de la muestra es que se deberá designar el tipo de perito. Por ejemplo: No podemos encomendar el estudio de muestras gráficas (manuscritos) a un perito dactiloscópico, puesto que este último se dedica al estudio de huellas papilares. (IUSLatin.pe, 2022) Asimismo, la idoneidad del perito grafotecnico radica en su formación especializada en técnicas forenses, combinada con su capacidad para aplicar métodos científicos validados en el análisis de escrituras, firmas y documentos. Este profesional debe demostrar imparcialidad y objetividad, cumplir con normativas y estándares vigentes, y ser capaz de elaborar informes técnicos detallados y fundamentados que puedan ser utilizados como evidencia en procedimientos judiciales y administrativos. Su habilidad para identificar falsificaciones y manipulaciones asegura la fiabilidad y precisión de sus conclusiones. 2.2.5. Delito de Falsificación El delito de falsificación de documentos o falsedad material se da al memento de la consumación desde que un sujeto efectúa un acto material de utilización del mismo conociendo su falsedad del documento. 21 2.2.6. Delito Contra la Fe Pública Sobre el delito de falsedad documentales, Bustos Ramírez, afirma que es un problema la ausencia de veracidad de un documento no es lo más importante, en vista que el derecho penal solamente procura resguardar la funcionalidad del documento. Así como el rendimiento para las relaciones sociales. (Reategui, 2016) El ilícito de falsedad, es de ejecución instantánea y se consuma cuándo con pleno conocimiento se utiliza el documento falso. (R. Queja N°.1678-2006 Lima (S.PP).(Juristas editores, 2019)  Concepto de Documento: Es la declaración de cualquier instrumento que contenga un texto que se ejecuta, suscrita por un individuo y se atribuye como su autor, cuyo contexto puede tener eficacia probatoria en el ámbito jurídico. También se conoce como toda comunicación escrita o un texto en un soporte que sirve para acreditar un hecho. (Reategui, 2016)  Documento Público: (Reategui, 2016) precisa que el documento público, es cuando un funcionario público otorga o participa en la elaboración de la misma, debiendo de cumplir este los requisitos legales que apremian.  Documento Privado: Igualmente, Reategui, (2016) asevera que los documentos privados son; aquellos confeccionados por personas particulares (naturales o jurídicas), y su calidad lo determina la suscripción de la misma, estos documentos no tienen que estar relacionados al desenvolvimiento de carácter público, con la salvedad que este debe contar con la capacidad probatoria. Igualmente sobre el delitos contra la fe pública, estos son infracciones que afectan la confianza y credibilidad que la sociedad deposita en la autenticidad de documentos, actos y declaraciones oficiales. Estos delitos incluyen falsificación de documentos públicos y 22 privados, uso de documentos falsos, falsificación de moneda, y alteración de instrumentos públicos, entre otros. La finalidad de estos delitos es engañar o causar perjuicio mediante la manipulación o creación de documentos y objetos que simulan ser auténticos. La gravedad de estos delitos radica en su capacidad para socavar la seguridad jurídica y la confianza en las instituciones públicas y privadas. 2.2.7. Falsificación Material Define el Artículo 427 del Código Penal, como, él que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obliga cono servir para probar un hecho con el propósito de utilizar en documento, será reprimido, si de su uso puede resultar algún perjuicio, con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de diez años. Juristas editores, (2019)  Sujeto Activo: Es el sujeto que, pese a tener conocimiento ejecuta todo el documento o una parte de ella, cristianizando en un documento cuestionado, adulterado a un documento verdadero.  Tipicidad Objetiva: Se considerar dos modalidades: a) el que elaborar un documento en su totalidad o parcialmente un documento falso, se considera (Falsedad propia); b) asimismo adulterar un documento verdadero (Falsedad Impropia) en ambos casos las modalidades obedecen a la voluntad del autor en poner en circulación el documento falsificado. (Reategui, 2016) 2.2.8. Falsedad Ideológica Descripción legal Artículo 428 del Código Penal define como: El que inserta o hace insertar, en instrumento público, declaraciones falsas concernientes a hechos que deban probarse 23 con el documento, con el objeto de emplearlo como si la declaración fuera conforme a la verdad. (Reategui, 2016) Asimismo, Peña Cabrera Frey (2010) nos aclara: Este ilícito recibe su denominación debido a que, al contario de la falsedad material, no se puede conversar de una falsedad objetiva, en la medida que el documento es auténtico, sino más bien la falsedad es subjetiva. Citado por (Moreno Villacorta et al., 2020) Aclarando que la responsabilidad repercute en el contenido del documento y las ideas que puede contener este. Igualmente no se debe llevar a determinar que la falsedad ideológica, altera ciertamente la parte del documento destinada al contenido de las afirmaciones de sus otorgantes, sino que, a diferencia de la falsificación material, en la falsedad ideológica no existe acto de falsificación que recaiga sobre alguno de los componentes preexistente del documento y los modifique en su contenido, sino que la característica de falsedad la encontramos en las afirmaciones, esto es, se aseveran como verdaderos hechos y condiciones que no han tenido lugar en la realidad, o se ha ejecutado de manera diferente a lo cierto. Con las referencias bibliográficas antes citadas, se colige que la falsificación ideológica es un delito que consiste en la alteración del contenido de un documento auténtico por parte de un funcionario público o persona autorizada, mediante la inclusión de datos falsos, declaraciones incorrectas o hechos no ocurridos, con el objetivo de engañar o causar perjuicio. A diferencia de la falsificación material, que implica la creación o modificación física de un documento, la falsificación ideológica se centra en la distorsión del contenido verídico, comprometiendo así la confianza en la veracidad y la integridad de los documentos oficiales y privados. 24 Tipicidad Objetiva  Sujeto Activo: De igual manera señala Peña Cabrera Freyre, (2010, p. 656), Partiendo de que la falsedad ideológica puede recaer únicamente sobre documentos públicos, se entiende que cuando el tipo penal prevé la comisión del delito mediante el verbo “hacer insertar” está asignando la autoría a un particular, y que, cuando la prevé mediante el verbo “insertar”, la atribuye a un funcionario o servidor público, siendo necesario que se trate siempre de una conducta dolosa, citado por (Moreno Villacorta et al., 2020).  Objeto sobre el que recae la acción: También Peña Cabrera Freyre, (2010, p. 651) aclara como se señaló anteriormente. Que la particularidad de la normativa nacional es que el delito de Falsedad Ideológica únicamente puede recaer sobre un documento público. Decisión legislativa que, si bien no es tema de la presente investigación, sin embargo, se incrementado un indiscriminado uso del tipo penal de Falsedad genérica, aspecto sobre el que enfatizaremos más adelante, dado que constituye el eje de la presente investigación. 25 III. CAPITULO III: METODOLOGÍA 3.1. Diseño de Investigación El diseño de la presente investigación fue no experimental ya que no se manipuló variables o categorías, de enfoque cualitativo se centra en comprender y capturar las experiencias y percepciones de los participantes, permitiendo una comprensión profunda del problema de investigación desde una perspectiva contextual, se basa en la recopilación y análisis de datos no numéricos, como entrevistas, documentos y registros, con el objetivo de interpretar patrones subyacentes en la información recopilada. (Hernández, 2014). Es de corte transversal por que la muestra del estudio se obtuvo en un solo momento y de diseño fenomenológico porque su propósito principal del presente trabajo es de comprender las experiencias vividas de los expertos en relación a un hecho concreto, en este caso la falsificación de documentos, es decir se va a explicar el efecto que existen entre estas dos variables midiendo las relaciones en un tiempo fijo (Guillen & Elida, 2019) 3.2.Escenario de Estudio y Participantes La ubicación del estudio se ejecutó en el distrito judicial del Cusco, con participación de peritos grafotecnicos, se consideró a peritos oficiales de la PNP y peritos dela REPEJ quienes viene formulando informes periciales relacionados a documentos falsificados, representantes del Ministerio Publico como son Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos en materia penal del 26 distrito fiscal Cusco, dichos profesionales fueron escogidos por juicio, los cuales tienen la experiencia y capacidad a fin de responder las interrogantes del problema planteado. Al ser un diseño fenomenológico se contó con participación de (11) personas, siete (07) peritos en grafotecnia, entre peritos oficiales y de la REPEJ que tienen estudios, capacitaciones en instituciones públicas y privadas en las que adquirieron el conocimiento en el análisis en grafotecnia, en su mayoría profesionales del derecho “abogados” en alguno de los casos miembros de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro, estos últimos son los que se desenvuelven como peritos de la REPEJ, los cuales cuentan con capacitación en la especialidad de grafotecnia; del mismo modo, estos peritos referidos participan elaborando informes periciales, en los casos de delitos de falsificación de documentos, así cuatro (04) representantes del Ministerio Público entre Fiscales provinciales y Fiscales adjuntos titulares en distrito Judicial del Cusco. El muestreo fue de juicio, también conocido como muestreo experto, ya que seleccionamos una muestra representativa de una población mediante el criterio subjetivo de expertos en el área específica de estudio, en este muestreo se determina los expertos en función de su experiencia y conocimiento del dominio específico, estos expertos suelen ser profesionales altamente calificados, especialistas en el campo de estudio. 3.3.Estrategia de Producción de Datos El método a utilizar será la entrevista a peritos grafotecnicos que elaboran informes periciales en delito de falsificación de documentos, y encuesta a los peritos oficiales (P.N.P-M.P) y peritos de la REPEJ que laboran en los laboratorios de Criminalística P.N.P, así como en laboratorios privados. Igualmente se estructurará teniendo en cuenta el desarrollo de la labor 27 pericial en grafotecnia forense (24 preguntas); los ítems fueron tomados como base de los antecedentes formulados en la presente investigación. 3.4.Análisis de Datos Previo consentimiento informado, según el diseño fenomenológico, se crearon herramientas para recopilar información sobre las variables de estudio como el informe pericial grafotecnico y falsificación de documentos. Se empleó el método de análisis cualitativo para responder preguntas como "cómo", "qué" y "por qué", utilizando técnicas como entrevistas y análisis de datos, tanto en texto como en audio y video. Hernández (2010) destaca que el análisis cualitativo implica comprender completamente el contexto de los datos, examinándolos paso a paso y permitiendo que el investigador diseñe su propio estudio. Los resultados obtenidos se procesaron mediante el análisis de contenido que consiste en leer e interpretar el texto, construir categorías, codificar segmentos de texto, se usó de software Atlas-Ti. (Atlas TI, una herramienta para la investigación, s. f.). Además, se emplea el método de triangulación, con ello se refiere a la práctica de utilizar múltiples teorías o marcos conceptuales para comprender un fenómeno desde diferentes perspectivas, en lugar de depender exclusivamente de una sola teoría para interpretar los datos, la triangulación teórica busca enriquecer el análisis al considerar diversas interpretaciones y enfoques. 3.5.Criterios de Rigor Se cumplió con los razonamientos de rigor establecidos; de credibilidad, transferibilidad, seguridad y de confirmabilidad, se seleccionaron tomando en consideración que estos hayan participado en casos resueltos en delito de falsificación de documentos y que cuenten con elaboración de informes periciales de grafotecnia por delito de falsificación de documentos. 3.6.Aspectos Éticos 28 En el desarrollo de la presente tesis se otorgó primordial importancia a los aspectos éticos en consonancia con los principios del Código de Ética de la Universidad Norbert Wiener. En primer lugar, se respetó rigurosamente la dignidad y los derechos de todas las personas involucradas en el estudio, incluidos los participantes, peritos grafotecnicos y demás colaboradores. Se garantizó la confidencialidad y el anonimato de la información proporcionada por los participantes, así como la protección de su privacidad y sus datos personales en todo momento. Asimismo, se procuró el consentimiento informado y voluntario de los peritos grafotecnicos que participaron en la investigación, se brindó a los participantes información clara y comprensible sobre los objetivos, los procedimientos y beneficios del estudio, fomentando la transparencia y la honestidad en la relación investigador - participante. Por último, se promovió la integridad académica y la honestidad intelectual en la conducción de la investigación, evitando cualquier forma de plagio, fraude o manipulación de datos. Se reconoce adecuadamente la autoría y la contribución de cada individuo o fuente que haya aportado al desarrollo del trabajo, respetando los principios de atribución y reconocimiento académico. Además, se garantizó la veracidad y la precisión de los datos y los resultados presentados, así como la objetividad y la imparcialidad en su interpretación y análisis. En resumen, se condujo la investigación con la más alta integridad ética y profesional. 29 IV. CAPITULO IV: PRESENTACIÓN Y DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS 4.1. Resultados y Triangulación Primero se categorizo y codifico las entrevistas realizadas. Las categorías descritas por los peritos grafotecnicos son: la pericia grafotécnica (la pericia grafotécnica, legalidad, el perito grafotecnico, método científico, objeto de estudio, técnica), tipos de peritajes grafotecnicos (tipo de pericia, autenticidad, falsedad) y autenticidad de documentos (muestra dubitada, muestra indubitada). Por su parte las categorías descritas por los fiscales son: consumación del delito (consumación), tipicidad (legalidad, tipicidad), medio probatorio (convicción y relevancia, el perito grafotecnico, informe pericial grafotecnico). También se asignó un código compuesto por 2 letras y un número a cada entrevistado según su especialidad para el análisis del resto de resultados. Tabla 1 Código asignado a cada entrevistado según su especialidad Ítem Código de Entrevista Especialidad 1 EP1 Perito 1 2 EP2 Perito 2 3 EP3 Perito 3 4 EP4 Perito 4 5 EP5 Perito 5 6 EP6 Perito 6 7 EP7 Perito 7 30 8 EF1 Fiscal 1 9 EF2 Fiscal 2 10 EF3 Fiscal 3 11 EF4 Fiscal 4 Leer e interpretar texto: en la siguiente nube de palabras se muestra el lenguaje mayormente utilizado por los 11 participantes del estudio el cual nos permitió identificar los términos más relacionados a las categorías estudiadas mediante códigos, los cuales se fueron falsificación, delito, grafotecnia, autenticidad, grafotecnico, informe pericial, pronunciamiento, pericia, entre otras. En la figura evidenciamos que el término que más se repite es documento, lo que sugiere que los documentos son el centro del análisis en el estudio, esto puede implicar que los expertos están examinando diversos tipos de documentos para determinar la autenticidad o falsedad en casos de este tipo. Figura 1 Nube de palabras de todos los entrevistados: Informe pericial grafotecnico en delito de falsificación de documentos. 31 Respecto al código: “El perito grafotecnico” y la “Pericia grafotécnica” Según el Nuevo Código Procesal Penal Peruano, indica que “La pericia procederá siempre que, para la explicación y mejor comprensión de algún hecho, se requiera conocimiento especializado de naturaleza científica, técnica, artística o de experiencia calificada” (NCPP, art 172, 2022). Siendo el perito es que cuenta con conocimientos especializados y experiencia calificada en una determinada especialidad y siendo el informe pericial grafotecnico el estudio y análisis de documentos, manuscritos y firmas para determinar su autenticidad o falsedad; pericia que es relevante en delitos de falsificación y autenticidad de documentos, utilizando para tal fin medidos científicos y técnicas, que se sustentan en las siguientes citas:  "experto que lo suscribe determina si es falso o verdadero y confiando en su objetividad, creo que si necesario". (EF4, L11)  "emitido por un experto en la materia y recae sobre datos procesales, es decir mediante ello se determinará la autenticidad del documento." (EF3, L3)  "métodos utilizados están orientados a solucionar los cuestionamientos que se realizan en manuscritos y firmas"(EP7, L3)  "los peritos no califican el delito, sin embargo"(EP3, L3)  "permite demostrar la autenticidad del documento" (EP7, L3)  "métodos utilizados están orientados a solucionar los cuestionamientos que se realizan en manuscritos y firmas"(EP7, L3)  "pericia es relevante, pero existe otros medios" (EF1, L11)  "considero que tiene relevancia en los delitos de falsificación" (EF2, L9) 32  "credibilidad debido al estudio realizado en base a métodos científicos y personal de expertos que garantizan su objetividad"(EF3, L5) Figura 2 Resultados de la triangulación de la categoría pericia grafotécnica 33 Respecto al código: “Tipo de pericia” Según la guía de Documentoscopia, grafotecnia y dactiloscopia (2020) la metodología en grafotécnica relacionada a la identificación es “autenticidad o falsedad de firmas” y “autoría de manuscritos impugnados”, “procedencia de manuscritos” entre otros. Pericias que deben ser objetivas, fehacientes, con características de certeza y fiabilidad en la técnica o estudios comparativos. Que se sustentan en las siguientes citas:  "determina técnicamente y de manera objetiva la autenticidad o autoría" (EP1, L5)  "autenticidad del documento" (EP7, L3)  "determinar la autenticidad del documento" (EP7, L5)  "establecer la autoría del suscribiente" (EP7, L5)  "identificar los signos delatores de falsificación" (EP6, L11)  "falsificación de documentos"(EP6, L5)  "es netamente comparativa, de tal manera que nos genere convicción en el experto para un pronunciamiento categórico"(EP5, L9)  "estudio y análisis los documentos"(EP4, L5)  "La originalidad del documento donde existen las muestras de comparación es un requisito primario, cuando son copias fotostáticas son muestras de comparación referenciales, por ende, los originales darán mayor certeza al estudio comparativo"(EP3, L11)  "establecer la autenticidad o falsedad de una firma o su estudio en un documento público o privado"(EP3, L5)  "establecer la autenticidad o falsedad de una firma" (EP3, L5) 34  "estudio en un documento público o privado" (EP3, L5)  "determinar la autenticidad o falsedad"(EP2, L6)  "A mayores muestras de comparación, permite determinar mayor alcance en la investigación grafica a fin de demostrar objetiva y fehacientemente toda falsificación o fraud" (EP2, L10)  "falsificación o fraude" (EP2, L10)  "determinar autenticidad o falsedad"(EP1, L7)  "certeza y fiabilidad de la autógrafa al momento de realizar el estudio comparativo"(EP1, L11) Respecto al código: “Método científico” (Ñaupas, Valdivia, Palacion, & Romero, 2018, p. 171) El método científico es un proceso sistemático que permite producir información científica en términos reales y analizarla, se inicia con la identificación del problema, se continúa con la mejora de la literatura existente sobre el problema seleccionado, se realiza la hipótesis en seguimiento de esta información, luego se recopila la información importante que permite su confirmación o no, para finalmente llegar a conclusiones que conforman el primer conocimiento científico.  "determinante en la valoración"(EP1, L3).  "método grafotecnico de observación, descripción, selección, cotejo y valoración"(EP2, L12).  "determinante de acuerdo a los procedimientos con el método y técnica aplicada"(EP2, L4).  "serán realizados con todos los métodos y técnicas correspondientes" (EP7, L11) 35  "método cuantificado nos llevarán a esclarecer la cuestión planteada en la investigación grafica." (EP3, L3).  "recurren a diversas disciplinas técnicas o ciencia"(EP7, L3).  "métodos utilizados están orientados a solucionar los cuestionamientos que se realizan en manuscritos y firmas" (EP7, L3). Respecto al código: “Legalidad” (Hans, 2011). La legalidad significa que todas las acciones y decisiones deben basarse en las normas legales aplicables y que estas normas deben aplicarse de manera coherente y justa. Kelsen dice que la honestidad asegura la estabilidad y la previsibilidad de las relaciones sociales y proporciona un entorno correctivo en el que las personas pueden cambiar su comportamiento y resolver conflictos de manera pacífica.  "calificación del delito en vista que esto corresponde al operador de justicia como es la Ministerio Público y el Poder Judicial" (EP1, L3)  "Es obvio que si, por que afecta el bien jurídico y de esta forma afecta el tráfico de documentos público de buena fe" (EF4, L3)  "califica al sujeto activo y pasivo es el operador de justicia" (EF4, L13)  "Si es necesario porque coadyuvara en el esclarecimiento del documento en sí" (EF3, L7)  "Si afecta el bien jurídico, teniendo en cuenta que se trata de la fe pública con lo cual genera un perjuicio y constituirá un elemento integrado del tipo objetivo"(EF3, L9) 36  "Si, considero que afecta al bien jurídico y de esta forma afecta la confianza pública en los documentos y pone en riesgo incluso la seguridad y fiabilidad de los documentos." (EF2, L9)  "Considero que es relativo, en vista que ese análisis lo efectúan los operadores del derecho" (EF2, L13)  "tipificación se hace al inicio de la investigación" (EF1, L7)  "El bien jurídico afectado es la regla, es decir la fe pública y sub solventemente la funcionalidad"(EF1, L9)  "serán realizados con todos los métodos y técnicas correspondientes" (EP7, L11)  "resultado sea beneficioso, además de ello recalcar que son indispensables y el papel concreto que se debe atribuir a cada uno de ellos radica en su protagonismo como pruebas válidas en un proceso judicial" (EP7, L11)  "Metodológicamente si cumplen su propósito y el peritaje si es determinante para establecer responsabilidad penal." (EP6, L3)  "Considero que si es determinante en la medida que sea la única prueba idónea"(EP5, L3)  "tenemos jurisprudencia en la legislación nacional." (EP5, L7)  "la calificación es labor de los operadores de justicia calificar"(EP4, L3)  "ello debido a que el perito no califica el delito"(EP4, L3)  "La doctrina tanto nacional como extranjera indican que si, es factible realizar una pericia grafotécnica en fotocopias siempre con las reservas del caso y las conclusiones tienen carácter orientativo." (EP3, L7)  "Los peritos no califican el delito" (EP3, L3) 37 Respecto al código: “Muestra dubitada” (ROJAS, 2014) llamada también muestra incriminada, cuestionada controvertido, litigioso, debe ser analizado gráficamente, como todo el documento porque, aunque la firma sea auténtica, en una zona o espacio gráfico pueden ocurrir ciertos cambios que dejen incompleto el documento. Engañar; Es por esto que, si bien solo se trata de determinar la autenticidad o falsificación de la firma, el examinador debe hacer un estudio del documento, ver si la firma es falsificada, el examinador debe investigar el documento, es electrónico, que en este caso tendrá el mismo efecto y eficacia que una firma para todos los efectos legales.  "se puede efectuar un análisis en documentos xerográficos siempre en cuando exista la nitidez de los gestos gráficos particulares"(EP4, L7)  "para ello será necesario tener en cuenta la calidad de la copia"(EP7, L7)  "no existe un mínimo, pero si es fundamentalmente que se cuente con el mayor número posible para establecer el patrón de variaciones posible"(EP6, L7)  "No, se puede practicar en copias, lo que debemos tener cuidado y asegurarnos es que sea de buena calidad y preferentemente la primera reproducción"(EP5, L7)  "a fin de evitar manipulaciones o montajes., lo que queda claro es que nos limita por ejemplo apreciar la presión ejercida por el suscribiente que son aspectos generales del estudio" (EP5, L7) Respecto al código: “Técnica” (Heidegger, 1994). La técnica es una forma de levantar el desvelamiento para que los humanos puedan presentarse y manipular la naturaleza para satisfacer sus propios propósitos y necesidades.  "identificar gestos gráficos"(EP1, L7) 38  "La doctrina tanto nacional como extranjera indican que si, es factible realizar una pericia grafotécnica en fotocopias siempre"(EP3, L7)  "para identificar los gestos gráficos, además teniendo en cuenta que la especialidad de grafotecnia, como parte de la ciencia criminalística" (EP5, L9)  "desenvolvimientos gráficos y sobre todo la presión y velocidad que también ayudan a determinar la espontaneidad en su ejecución o identificar los signos delatores de falsificación" (EP6, L11) Respecto al código: “Objeto de estudio” (Horacio y otros, 2016, pág. 70) Se refiere al diagnóstico, descripción, explicación, Interpretación y/o evaluación de problemas, preferentemente sociales y ambientales sale de cada caso. Comprensible a partir de la manifestación del proceso dominante. Específicamente - entorno socioeconómico, político, sociocultural, geográfico, etc. Y ciertos actores y ciertos lugares  "determina técnicamente y de manera objetiva la autenticidad o autoría." (EP1, L5)  "determinar autenticidad o falsedad"(EP1, L7)  "determinar la autenticidad o falsedad"(EP2, L6) Respecto al código: “falsedad” La página web indica “falta de verdad o autenticidad” (Real academia española, s.f., definición 1).  "falsedad" (EP1, L7)  "investigación grafica a fin de demostrar objetiva y fehacientemente toda falsificación o fraude" (EP2, L10) 39  "falsedad de una firma o su estudio en un documento público o privado" (EP3, L5) Respecto al código: “Autenticidad” Indica lo siguiente en la página web “Es un valor que hace referencia a la persona que dice la verdad, acepta la responsabilidad de sus sentimientos y conductas, es sincera y coherente consigo misma y con los demás” (Miguel, 2017, párr. 1).  "deben contener documentos que ostente una calidad que permitan y que estén orientados a establecer el hecho"(EP7, L9)  "La doctrina establece en el tema de muestras suficientes que sean las más necesarias, pero lo fundamental es que sean coetáneas y originales y sobre todo se tenga la certeza que provengan de su titular." (EP6, L9)  "Cumplen un rol fundamental dado que solo así se podrá verificar de forma objetiva los desenvolvimientos gráficos"(EP6, L11)  "cumplen con esa exigencia, preferentemente si son documentos de carácter público." (EP5, L11)  "los documentos constituyen instrumentos fundamentales en torno al cual giran todas las investigaciones y la originalidad garantiza la fuente del estudio pericial" (EP4, L11)  "La doctrina sobre la idoneidad de las muestras de comparación, indican que efectivamente deben ser suficientes las muestras de comparación para establecer el posible patrón de variaciones posibles." (EP3, L9)  "Debe reunir por lo menos dos muestras originales, hasta con una muestra original se demuestra para calificar objetivamente." (EP2, L8) 40  "Todo documento materia de estudio, debe cumplir la originalidad, con la aplicación de método grafotecnico de observación, descripción, selección, cotejo y valoración." (EP2, L12)  "lo idóneo e ideal es que cumplan los requisitos establecidos en la doctrina y manual de procedimientos de grafotecnia" (EP1, L9)  "original estarán plasmados todos los gestos gráficos del suscribiente"(EP1, L11) Figura 3 Red semántica de la categoría pericia grafotécnica en falsedad de documentos Respecto al código: “Legalidad” (Arango, Leyva, Marañón, & Lozano, 2017, p. 16) Según indican que legalidad es un orden jurídico completo de leyes y normas clara e implícitamente establecidas en la sociedad con el fin de ordenar, organizar, administrar las relaciones que se suscitan en la vida cotidiana y regular las diversas situaciones que se suscitan en la sociedad. 41  "calificación del delito en vista que esto corresponde al operador de justicia como es la Ministerio Público y el Poder Judicial" (EP1, L3)  "la calificación es labor de los operadores de justicia calificar" (EP4, L3)  "ello debido a que el perito no califica el delito"(EP4, L3)  "Los peritos no califican el delito" (EP3, L3)  "La doctrina tanto nacional como extranjera indican que si, es factible realizar una pericia grafotécnica en fotocopias siempre con las reservas del caso y las conclusiones tienen carácter orientativo." (EP3, L7)  "Considero que si es determinante en la medida que sea la única prueba idónea"(EP5, L3)  "tenemos jurisprudencia en la legislación nacional." (EP5, L7)  "Metodológicamente si cumplen su propósito y el peritaje si es determinante para establecer responsabilidad penal." (EP6, L3)  "resultado sea beneficioso, además de ello recalcar que son indispensables y el papel concreto que se debe atribuir a cada uno de ellos radica en su protagonismo como pruebas válidas en un proceso judicial" (EP7, L11)  "serán realizados con todos los métodos y técnicas correspondientes"(EP7, L11)  "tipificación se hace al inicio de la investigación"(EP1, L7)  "El bien jurídico afectado es la regla, es decir la fe pública y sub solventemente la funcionalidad" (EF1, L9)  "Si, considero que afecta al bien jurídico y de esta forma afecta la confianza pública en los documentos y pone en riesgo incluso la seguridad y fiabilidad de los documentos." (EF2, L9) 42  "Considero que es relativo, en vista que ese análisis lo efectúan los operadores del derecho" (EF2, L13)  "Si es necesario porque coadyuvara en el esclarecimiento del documento en sí" (EF3, L3)  "Si afecta el bien jurídico, teniendo en cuenta que se trata de la fe pública con lo cual genera un perjuicio y constituirá un elemento integrado del tipo objetivo" (EF3, L9)  "Es obvio que si, por que afecta el bien jurídico y de esta forma afecta el tráfico de documentos público de buena fe" (EF4, L9)  "califica al sujeto activo y pasivo es el operador de justicia" (EF4, L13) Respecto al código: “Consumación del delito” (Figueroa & Valderrama, 2017, p. 147) Indica que la consumación del delito ocurre cuando se reúnen todos los elementos de la naturaleza o carácter del delito y parece haber un encaje perfecto entre los hechos y la naturaleza del delito. Esencialmente, esto se refiere al daño efectivo o la puesta en peligro de la propiedad jurídica, según la naturaleza del delito (para algunos delitos, esto solo resultará en daño a la propiedad).  "no en todos los casos"(EF1, L15)  "Particularmente si, considero que es relevante un pronunciamiento pericial para establecer la consumación del delito, sin embargo, también se puede verificar de otra manera." (EF4, L17)  "No necesariamente, tendrá que ser corroborado para su posterior determinación" (EF3, L15) 43  "la consumación se configura con la sola conducta falsaria idónea y capaz de engañar, con lo cual no necesariamente se requerirá del pronunciamiento pericial." (EF3, L17)  "Considera que si, pero que no es la única por lo que el señalar como “categórico” implica que solo sería este el medio, por el contrario, la experiencia me permite afirmar que existen otros medios y que la consumación se verifica con el ingreso en el tráfico jurídico del documento" (EF2, L5)  "Considero que es uno de los medios idóneos, al igual que otros y dependiente de cada caso en concreto" (EF2, L7)  "Considero que sí, con el citado documento se va acreditar algún hecho, si puede ser determinante empero no es el único medio." (EF2, L15)  "Considero que es relevante un pronunciamiento pericial para establecer la consumación del delito de falsedad ideológica, pero también se puede verificar de otras formas" (EF2, L17)  "La consumación se da con la presentación del documento falso o falsificado (publico) a una entidad, como si fuera verdadero"(EF1, L17) Respecto al código: “El perito grafotecnico” (Rojas, 2014) Es el sujeto o persona especializada en un campo, ciencia, arte o técnica en particular, que actúa bajo juramento como auxiliar del poder judicial (no solo un juez) y brinda asesoramiento científico a través de un informe de análisis ortográfico para establecer la autoría de firmas o muestras de escritura , la valoración de características individuales o gestos gráficos que permitan la solución de controversias (confirmadas por una parte y rechazadas por la otra)por ser cuestiones que escapan a la competencia de los jueces y demás litigantes . 44  "Los peritos no califican el delito, sin embargo" (EP3, L3)  "experto que lo suscribe determina si es falso o verdadero y confiando en su objetividad, creo que si necesario" (EF4, L11)  "emitido por un experto en la materia y recae sobre datos procesales, es decir mediante ello se determinará la autenticidad del documento." (EF3, L3)  "métodos utilizados están orientados a solucionar los cuestionamientos que se realizan en manuscritos y firmas" (EP7, L3)  "es realizado por un experto facultado para el estudio y análisis los documentos." (EP4, L5) Respecto al código: “Convicción y relevancia” Convicción en la página web indica lo siguiente “Es una idea política, ética o religiosa a la que una persona se encuentra fuertemente adherida. Lo habitual es que el término se utilice en plural” (Pérez & Merino, DEFINICIÓN DE, 2021, párr. 5). Relevancia “Es la característica de aquello que es relevante (es decir, que resulta fundamental, trascendente o substancial). Lo que tiene relevancia, por lo tanto, dispone de importancia” (Pérez & Merino, DEFINICIÓN DE, 2021, párr. 1).  "considero que es un elemento de convicción importante"(EF1, L3)  "elementos de convicción" (EF4, L13) Respecto al código: “Tipicidad” (Galán, 2010, p. 33) Tipicidad es la actividad que cumple con los requisitos establecidos de forma legal, se denomina actividad típica. Se habla de tipicidad (Tatbestandsmässigkeit) como signo de conducta legalmente tipificada. El tipo de legislación del editor se denota con el término tipificación. 45  "delito de falsificación ideológica"(EF4, L15)  "delitos de falsificación"(EF4, L3)  "Dependiendo de cada caso en particular, es necesaria tomar en cuenta el resultado de un informe pericial grafotecnico"(EF4, L7)  "tráfico de documentos público de buena fe"(EF4, L9) Respecto al código: “Informe pericial grafotecnico” El Ministerio Publico – Fiscalía de la Nación (2020), en la guía de Documentoscopia, Grafotécnica y Dactiloscopia, define la grafotécnica como “ciencia experimental y parte de la criminalística, tiene por objeto verificar la autenticidad o falsedad de un documento moderno impugnado e identificar a su autor”, y detalla que el perito grafotecnico y dactiloscópico redacta los informes periciales grafotecnicos y dactiloscópicos en el área de grafotécnica y dactiloscopia de la Oficina de Peritajes, y detalla “de ser consideradas las muestras idóneas, procederá al estudio correspondiente debiendo emitir el informe pericial”, así mismo se detalla el estudio en documentos la muestra dubitada y de comparación, la toma y recepción de muestras detallando que “Al ser la grafotecnia, un proceso comparativo, debe procurarse tener como muestras de comparación, formatos similares al cuestionado”.  "debe contrastarse con otros elementos de convicción." (EF1, L13)  "informe pericial reúna los requisitos de idoneidad y fiabilidad"(EF4, L5)  "estudio exhaustivo y calificado"(EF3, L11)  "deberán concurrir otros elementos que deberán ser aportados a lo largo de la investigación"(EF3, L13)  "si es uno de los medios más meticulosos que coadyuva, pero no indispensable" (EF2, L11) 46  "acreditar algún hecho, si puede ser determinante empero no es el único medio." (EF2, L15)  "pronunciamiento pericial para establecer la consumación del delito de falsedad ideológica, pero también se puede verificar de otras formas." (EF2, L17)  "informe es privilegiado"(EF1, L5)  "pericia relevante" (EF1, L11) Para la triangulación de datos, adicionalmente a las entrevistas se realizó el análisis del Acuerdo Plenario 04-2015 (2015) Tabla 2 Categorías y códigos del acuerdo plenario 04-2015 Ítem Categoría Código 1 Control de legalidad 2 Cuestión probatoria 3 Determinante 4 Dictamen fundado 5 Determinante Fiscal 6 Medio probatorio 7 Prueba compleja 8 Sana critica 9 Valoración 10 Eficacia 11 Elemento de prueba 12 Eficacia Informe pericial 13 La prueba pericial 14 Objeto peritado 15 Acreditación 16 Conclusiones 18 Fiabilidad 19 Imparcialidad Desempeño 20 La pericia 21 Nombramiento 22 Órgano de prueba 23 Perito 47 Del análisis del Objetivo Especifico 01: Identificar si la grafotecnia es determinante para establecer el grado de responsabilidad en el delito de falsificación de documentos, en el distrito judicial Cusco, enero- diciembre 2021. De la triangulación y análisis de las entrevistas a fiscales peritos y del acuerdo plenario se concluye que la pena por el delito de lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos tutelados por la ley se concreta en el tipo penal como una conduta y que se resuelve en juicio conforme se detalla en análisis del acuerdo plenario.  "La pena, necesariamente, precisa de la lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos tutelados por la ley”. En estricto, el sentido de relevancia penal de la conducta se concreta en el tipo penal como una conducta que en el caso concreto comunica el significado de haber superado el riesgo permitido, o de haber rebasado los límites de la libertad general de acción"(Acuerdo Plenario 436).  "El juicio es la etapa principal del proceso porque es allí donde se "resuelve" o "redefine" de un modo definitivo el conflicto"(Acuerdo Plenario 435). Con respecto a las entrevistas a los fiscales centran correctamente la grafotécnica y la acción pericial como requisitos de idoneidad, fiabilidad, elemento de convicción y que coadyuvara al esclarecimiento del documento cuestionado.  "informe pericial reúna los requisitos de idoneidad y fiabilidad" (EF4, L5)  "elemento de convicción relévate en los delitos de falsificación" (EF4, L3)  "coadyuvara en el esclarecimiento del documento en sí." (EF3, L7) Respecto a las entrevistas a los peritos indican que es determinante de acuerdo a los procedimientos con el método y técnica aplicada, así como a los procedimientos con el método y la técnica aplicada, pero no indican que la determinación o valoración se da en juicio. 48  "Metodológicamente si cumplen su propósito y el peritaje si es determinante para establecer responsabilidad pena" (EP6, L3)  "Es determinante de acuerdo a los procedimientos con el método y técnica aplicada" (EP2, L4) Figure 4 Red semántica de las entrevistas y el acuerdo plenario Del análisis del Objetivo Especifico 02: Describir la eficacia de los tipos de peritajes grafotecnicos en los delitos de falsificación de documentos, en el distrito judicial Cusco, enero- diciembre 2021. De la triangulación y análisis de las entrevistas a fiscales peritos y del acuerdo plenario se concluye que la eficacia de los tipos de peritajes institucionales presenta garantías técnicas y de imparcialidad, y que se basa en prueba científica con estándares fijados por la comunidad científica internacional. 49  "Si la prueba es científica, desde un primer nivel de análisis, debe evaluarse si esta prueba pericial se hizo de conformidad con los estándares fijados por la comunidad científica. El juez al momento de evaluar al perito debe examinar sobre la relevancia y aceptación de la comunidad científica de la teoría utilizada, y cómo es que su uso apoya la conclusión a la que arribo. De ser notoria la relevancia y aceptación de la teoría, esto no será necesario. Asimismo, el juez debe apreciar el posible grado de error de las conclusiones a las que ha llegado el perito." (Acuerdo Plenario 464).  "Como se sabe, en el caso de pericias institucionales, en atención a las garantías técnicas y de imparcialidad que ofrecen los gabinetes, laboratorios y servicios técnicos de las entidades públicas especializadas, se propicia la validez prima facie de sus dictámenes e informes, sin necesidad de su ratificación en el juicio oral, siempre que no hay sido objeto de impugnación expresa, en cuyo caso han de ser sometidos a contradicción en dicho acto como requisito de eficacia probatoria, siempre, claro está, que ésta no sea meramente retórica o abusiva"(Acuerdo Plenario 432). Así mismo los fiscales entrevistados coinciden en que el informe pericial reúne requisitos de idoneidad y fiabilidad y que es elementos de convicción muy importante.  "informe pericial reúna los requisitos de idoneidad y fiabilidad" (EF4, L5)  "elemento de convicción importante" (EF1, L3) En cuanto a los peritos, coinciden en que los tipos de pericias se realizan a manuscritos y firmas, para determinar la autenticidad del documento, el delito de falsificación de documentos, 50 con lo cual se podría establecer la autoría del suscribiente. Se indica también que es determinante pero no indican que la determinación o valoración se da en juicio.  "autenticidad del documento, ya que los métodos utilizados están orientados a solucionar los cuestionamientos que se realizan en manuscritos y firmas, para lo cual recurren a diversas disciplinas técnicas o ciencias" (EF7, L3)  "es coadyuvante, ya que la finalidad es determinar la autenticidad del documento, con lo cual también se podrá establecer la autoría del suscribiente" (EF7, L5)  "es determinante dado que no existe otra ciencia que responsada a los objetivos en el delito de falsificación de documentos" (EP6, L5)  "el peritaje si es determinante para establecer responsabilidad penal." (EP6, L3) Figure 5 Red de códigos del análisis de la eficacia de los tipos de peritaje grafotecnico 51 Del análisis del Objetivo Especifico 03: Valorar el desempeño profesional del perito grafotecnico en el análisis pericial, en delito de falsificación de documentos, en el distrito judicial del Cusco, enero- diciembre 2021 El perito debe desempeñar el cargo con verdad y diligencia:  "desempeñar el cargo con verdad y diligencia, oportunidad en que expresará si le asiste algún impedimento" (Acuerdo Plenario 427) De las entrevistas fiscales se indica que el perito determinara la autenticidad de documentos, gozara de credibilidad debido al estudio en base a métodos científicos, pero no detallar el desempeño con verdad y diligencia.  "experto en la materia y recae sobre datos procesales, es decir mediante ello se determinará la autenticidad de los documentos" (EF3, L3)  "gozara de credibilidad debido al estudio realizado en base a métodos científicos y personal de expertos que garantizan su objetividad" (EF3, L5) Del análisis a las entrevistas de los peritos no indican que el perito debe desempeñar el cargo con verdad y diligencia, sin embargo, detalla que recurres a diversas disciplinas, técnicas o ciencias y es un experto facultado para el estudio y análisis de los documentos.  "recurren a diversas disciplinas técnicas o ciencias" (EP7, L3)  "perito no califica el delito, la calificación es labor de los operadores de justicia calificar." (EP4, L3)  "experto facultado para el estudio y análisis los documentos." (EF4, L5) 52 Figure 6 Red de códigos de la distribución del análisis del desempeño del perito grafotécnico en el análisis pericial Del análisis del Objetivo General: Analizar como la grafotecnia, permite explicar y resolver el delito de falsificación de documentos como medio probatorio, en el distrito judicial enero- diciembre 2021 La grafotecnia, permite explicar y resolver el delito de falsificación de documentos como medio probatorio, a través del informe pericial, que debe reunir requisitos de idoneidad y fiabilidad, donde la eficacia se establece mediante la prueba pericial con estándares aceptados 53 por la comunidad científica internacional, siendo las pericias de características imparciales que resuelve un determinado conflicto en la etapa del juicio.  "Como se sabe, en el caso de pericias institucionales, en atención a las garantías técnicas y de imparcialidad que ofrecen los gabinetes, laboratorios y servicios técnicos de las entidades públicas especializadas, se propicia la validez prima facie de sus dictámenes e informes, sin necesidad de su ratificación en el juicio oral, siempre que no hay sido objeto de impugnación expresa, en cuyo caso han de ser sometidos a contradicción en dicho acto como requisito de eficacia probatoria, siempre, claro está, que ésta no sea meramente retórica o abusiva" (Acuerdo Plenario, L 432).  "Si la prueba es científica, desde un primer nivel de análisis, debe evaluarse si esta prueba pericial se hizo de conformidad con los estándares fijados por la comunidad científica. El juez al momento de evaluar al perito debe examinar sobre la relevancia y aceptación de la comunidad científica de la teoría utilizada, y cómo es que su uso apoya la conclusión a la que arribo. De ser notoria la relevancia y aceptación de la teoría, esto no será necesario. Asimismo, el juez debe apreciar el posible grado de error de las conclusiones a las que ha llegado el perito." (Acuerdo Plenario, L 464).  "informe pericial reúna los requisitos de idoneidad y fiabilidad" (EF4, L5)  "El juicio es la etapa principal del proceso porque es allí donde se "resuelve" o "redefine" de un modo definitivo el conflicto"(Acuerdo Plenario 435).  "prueba pericial se la ha conceptualizado como el medio probatorio por el cual se intenta obtener para el proceso un dictamen fundado en especiales conocimientos científicos técnicos o artísticos"(Acuerdo Plenario 417). 54  "Una vez efectuada la pericia, de acuerdo a las pautas que establece la Ley Procesal Penal, el fiscal podrá ofrecerla como medio probatorio que acredita su acusación o la defensa como descargo, o incluso ofrecer una pericia de parte" (Acuerdo Plenario 433). Así mismo la grafotécnica en firmas, manuscritos o documentos públicos o privados no establece la verdad, siendo el fin determinar la autenticidad o falsedad, informe pericial que es elaborado de acuerdo a las reglas de la lógica, conocimientos científicos o técnicos.  "la Criminalística aplicada a la grafotecnia en firmas y manuscritos, no establecen la verdad, el fin de determinar la autenticidad o falsedad." (EP2, L6)  "a través del estudio grafotecnico se puede establecer la autenticidad o falsedad de una firma o su estudio en un documento público o privado" (EP3, L5)  "determinara la autenticidad del documento" (EP3, L3)  "El informe debe haberse elaborado de acuerdo a las reglas de la lógica y conocimientos científicos o técnicos. Especialmente, si se analiza el objeto del dictamen, la correlación entre los extremos propuestos por las partes y los expuestos del dictamen pericial, y la correspondencia entre los hechos probados y los extremos del dictamen, la existencia de contradicciones entre el informe y lo vertido por el perito en el acto oral." (Acuerdo Plenario, L 461). La pericia grafotécnica es realizado por un experto facultado para el estudio y análisis de los documentos, que realiza la labor de forma objetiva.  "es realizado por un experto facultado para el estudio y análisis los documentos." (L5)  "experto que lo suscribe determina si es falso o verdadero y confiando en su objetividad, creo que si necesario." (EF4, L11) 55  "credibilidad debido al estudio realizado en base a métodos científicos y personal de expertos que garantizan su objetividad." (EF3, L5) Figure 7 Red de códigos de como la grafotecnia explica y resuelve el delito de falsificación de documentos 4.2. Discusión de los resultados El presente estudio se centra en el análisis del informe pericial grafotecnico en el contexto de delitos de falsificación de documentos, específicamente en el Distrito Judicial del Cusco durante el periodo comprendido entre enero y diciembre del año 2021. Este análisis se basa en la premisa de la importancia crucial que tienen las pruebas grafotécnicas en la resolución de casos de falsificación documental, especialmente en un entorno judicial donde la veracidad y autenticidad de la documentación son elementos fundamentales para la impartición de justicia. 56 Los objetivos de esta investigación se han dirigido hacia la comprensión profunda de la eficacia y la relevancia del informe pericial grafotecnico en el proceso de identificación y análisis de documentos falsificados en el contexto judicial del Cusco. Los hallazgos obtenidos durante este estudio han revelado una serie de aspectos significativos que merecen una atención detallada en esta discusión. En las secciones siguientes de esta discusión, se profundizará en los resultados obtenidos, su interpretación en relación con la literatura existente y las implicaciones prácticas y teóricas de estos hallazgos en el ámbito de la justicia penal. Con respecto si la grafotecnia permite explicar y resolver el delito de falsificación de documentos como medio probatorio resuelvo que sí, la importancia de la grafotecnia en la resolución de delitos de falsificación de documentos se reconoce que el informe pericial grafotecnico desempeña un papel crucial en la presentación de pruebas durante los procedimientos judiciales, mi resultado va de acuerdo con la investigación realizada por Panduro quien concluye que la pericia grafotécnica, utilizada como evidencia en juicios, está estrechamente vinculada a la clasificación legal de los delitos que atentan contra la autenticidad de documentos públicos, teniendo notable correlación entre estas dos variables. Respecto a si la grafotecnia es determinante para establecer el grado de responsabilidad en el delito de falsificación de documentos, nuestros resultados coinciden plenamente con los estudios de Oblitas quien observó que la calidad de los informes grafotecnicos se asegura mediante el procedimiento pericial establecido en el manual de criminalística, ambos estudios destacamos que la importancia de la estandarización y la fiabilidad de los informes periciales. En cuanto al desempeño profesional del perito grafotecnico en el análisis pericial en delito de falsificación de documento nuestra conclusión sobre la necesidad de que el perito desempeñe su cargo con verdad y diligencia, ya que es el profesional que determina la 57 autenticidad de documentos y goza de credibilidad debido al estudio en base a métodos científicos y que recurre para su análisis a diversas disciplinas está alineada con la investigación realizada por el autor Loja, quien menciona que la credibilidad del perito grafotecnico es fundamental para la aceptación y valoración de sus conclusiones en los procedimientos judiciales. En conjunto, los resultados de esta investigación no solo respaldan las conclusiones, los estudios de Panduro, Ascate, Oblitas, Avalos e Inga. Determinan que el informe pericial grafotecnico es crucial para la presentación de pruebas en procesos judiciales, destacando la necesidad de que estos informes sean estandarizados y fiables, en línea con los estudios de Avalos y Oblitas. La credibilidad del perito grafotecnico, enfatizada por las investigaciones de Panduro y Loja, es esencial para la aceptación de sus conclusiones en el ámbito judicial. Además, la relación entre la grafotecnia y la evaluación de sentencias, respaldada por Avalos y Panduro, subraya el impacto del peritaje grafotecnico en los resultados de las sentencias condenatorias. En resumen, esta investigación no solo corrobora hallazgos previos, sino que también aporta nuevas perspectivas sobre el papel vital del peritaje grafotecnico en el sistema judicial, reforzando su validez y relevancia. 58 V. CAPITULO V: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 5.1.Conclusiones Primero, respecto del objetivo general, se concluye que la grafotecnia permite explicar y resolver el delito de falsificación de documentos como medio probatorio, a través del informe pericial, que debe reunir requisitos de idoneidad y fiabilidad. La eficacia de la grafotecnia se establece mediante la prueba pericial con estándares aceptados por la comunidad científica internacional. Las pericias grafotécnicas son imparciales y resuelven conflictos específicos en la etapa del juicio, proporcionando una base sólida para la resolución de estos delitos. Segundo, respecto del objetivo específico 1, se concluye que la grafotecnia desempeña un papel crucial en la determinación del grado de responsabilidad en los casos de falsificación de documentos en el distrito judicial del Cusco. La pena por el delito de lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos tutelados por la ley se concreta en el tipo penal como una conducta que se resuelve en juicio, donde la pericia grafotécnica es fundamental para establecer la veracidad y autenticidad de los documentos en cuestión. Tercero, respecto del objetivo específico 2, se concluye que la eficacia de los tipos de peritajes institucionales presenta garantías técnicas y de imparcialidad. Estos peritajes se basan 59 en pruebas científicas con estándares fijados por la comunidad científica internacional, lo que garantiza su validez y confiabilidad en el proceso judicial. Cuarto, respecto del objetivo específico 3, se concluye que el perito debe desempeñar el cargo con verdad y diligencia. Es el profesional que determina la autenticidad de los documentos y goza de credibilidad debido a su estudio basado en métodos científicos. El perito grafotécnico recurre a diversas disciplinas, técnicas o ciencias para el análisis de documentos, asegurando una evaluación exhaustiva y precisa en el contexto judicial del distrito del Cusco. 5.2. Recomendaciones Estas recomendaciones buscan fortalecer la aplicación de la grafotecnia en la región y mejorar la capacidad de resolver y prevenir delitos de falsificación de documentos.  Se recomienda establecer estándares claros y uniformes para la elaboración de informes periciales grafotecnicos en el ámbito judicial del Cusco. Estos estándares deben enfatizar la idoneidad, la fiabilidad y la exhaustividad de los informes, garantizando que cumplan con los requisitos técnicos y legales.  Es fundamental proporcionar programas de capacitación y actualización periódica para peritos grafotecnicos en el Cusco. Estos programas deberían incluir sesiones sobre nuevas técnicas y tecnologías, así como sobre aspectos éticos y legales relacionados con la práctica pericial.  Se sugiere promover la colaboración entre instituciones como el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, y el Poder Judicial para fortalecer los procesos de investigación y persecución de delitos de falsificación de documentos. La cooperación interinstitucional puede mejorar la eficiencia y la efectividad de las investigaciones. 60  Es importante realizar actividades de divulgación y sensibilización dirigidas a jueces, abogados y otros profesionales del sistema judicial sobre la importancia y el valor de la grafotecnia en la resolución de casos de falsificación de documentos. Esto puede contribuir a una mejor comprensión y aplicación de la evidencia pericial en los procesos legales.  Se sugiere fomentar la investigación académica en el campo de la grafotecnia y la Documentoscopia en el distrito judicial del Cusco. La realización de estudios adicionales puede contribuir a ampliar el conocimiento sobre las técnicas de análisis pericial, así como a identificar nuevas tendencias y desafíos en la detección y prevención de delitos relacionados con la falsificación de documentos. 61 VI. BIBLIOGRAFIA Abad, B. (2020). Calidad de sentencias de primera y segunda instancia sobre falsificación de documentos, en el expediente N° 00102-2016-0-0206-SP-PE-01, del distrito judicial de Ancash, 2019. Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote. https://bit.ly/3VtdpS9 Almeira, D., & Luciano, W. (2020). Calidad de sentencias de primera y segunda instancia sobre delito contra la fe pública—Uso de documento privado falsificado, en el expediente N°22419-2011-0- 1801-JR-PE-43 del distrito judicial de Lima- Lima, 2019. Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote. https://bit.ly/3yIKjEO Andrade, N. D. V. (2020). Análisis de la falsificación de documentos y protección del bien jurídico en materia penal. Revista of business and entrepreneurial studies, 4(1), Art. 1. https://bit.ly/3D0h16R Arenas, L. (2018). ¿En qué momento se consuma la falsedad documental? LP. https://bit.ly/3VwhyET Arispe, C. M., Yangali, J. S., Guerrero, M. A., Rivera, O., Acuña, L. A., & Arellano, C. (2020). La investigación Científica, Una aproximación para los estudios de posgrado (1ra. edición). Departamento de Investigación y Posgrados Universidad Internacional del Ecuador. Atlas TI, una herramienta para la investigación. (s. f.). Recuperado 15 de octubre de 2022, de https://bit.ly/3S4JuwK Balbuena, J. (2003). Firmas auténticas y detección de firmas falsas (2d ed., Vol. 1). C&S International. 62 Canlla, L. (2019). Naturaleza jurídica del delito de falsificación de documento y su errónea calificación fiscal y judicial en el caso concreto. Universidad Nacional Federico Villarreal. https://bit.ly/3S5bG2o Corte Suprema de Justicia de la Republica (2015), Acuerdo Plenario 04-2015. https://n9.cl/bz3nt Del Piccha, J. y C. (1993). Tratado de Documentoscopia La falsedad Documental (1ra.ed.). La Roca S. Del Val Latierro, F. (1963). Grafocritica (1ra. ed.). Tecnos S.A. Delgado Mora, J. M. D. (2018). La Falsificación de Documentos en el Derecho Penal. [San Gregorio]. https://bit.ly/3T5SNhg Duce J., M., & Duce J., M. (2018). Prueba pericial y su impacto en los errores del sistema de justicia penal: Antecedentes comparados y locales para iniciar el debate. Ius et Praxis, 24(2), 223-262. https://bit.ly/3T5T97A García Moncada, J. A. (2019). Vulneración al principio de igualdad de armas entre la Defensa Pública y el Ministerio Público respecto a la prueba pericial en el proceso penal peruano [UCV]. https://bit.ly/3TtOoEJ García Algarra, R. (2015). Técnicas Avanzadas en Grafoscopía y Documentoscopia. Ediciones de la Universidad de Salamanca. Gómez Gil, J. S., & Noriega Villamizar, Y. J. (2019). Criterios de idoneidad del dictamen pericial en grafología forense: Universidad Libre. https://bit.ly/3gdcqWc Guillen, F., & Elida, D. (2019). Investigación cualitativa: Método fenomenológico hermenéutico. Propósitos y Representaciones, 7(1), 201-229. https://bit.ly/3rZrz00 Hernández-Sampieri, R. (2018). Metodología de la Investigación (Edición 2018). McCRAW-Hill Interamericana Editores, S.A. de C.V. 63 Hurtado, J. Y. (2021). Diseño de directrices en Documentología Forense y Grafología para la detección de documentos falsificados en los archivos de instituciones públicas y privadas [Tesis, Mayor de San Andrés]. https://bit.ly/3TlMd60 Iglesias R, L. (2018). Estudio comparado del delito de falsedad documental en el derecho hispánico e inglés (siglos xvi-xviii). Revista chilena de derecho, 45(2), 311-336. https://bit.ly/3rYwePz IUSLatin.pe. (2022, junio 28). La idoneidad como requisito de valoración pericial | IUS- Latín. IUSLatin.pe | Revista Jurídica de Derecho. https://bit.ly/3S4tHOo Juan Pablo Segundo. (2022, julio 29). Método Inductivo. Concepto. https://bit.ly/2Swqqtl Juristas editores. (2019). Código Penal Peruano (1ra., Vol. 1). Juristas editores E.I.R.L. Manual de Criminalística. (2015). Manual de Criminalística de la Dirección Ejecutiva de Criminalística PNP Perú: Vol. I (3ra. ed.). Editora y Librería Jurídica GRIJLEY E.I.R.L. Mayer Lux, L., Vera Vega, J., Mayer Lux, L., & Vera Vega, J. (2019). El documento como objeto material de las falsedades documentales y del sabotaje informático en el Derecho penal chileno. Política criminal, 14(27), 419-455. https://bit.ly/3rVoMVw Mellado Pérez, M. (2018). Importancia de la muestra de comparación del personal de la oficina de criminalística de la PNP, en la formulación técnico- científico de los resultados del peritaje de firma, ante el Segundo Juzgado Unipersonal de Arequipa [UNSA]. https://bit.ly/3Tmj2jh Ministerio Púbico – Fiscalía de la Nación (2020), resolución de la Gerencia General 365- 2020-MP-FN-GG. Guía Documentoscopia, Grafotecnia y Dactiloscopia. https://n9.cl/l9xsg 64 Montenegro, E. (2019). La pericia grafotécnia como medio probatorio y la calificación del delito contra la fe pública en modalidad de falsificación de documentos públicos en los juzgados penales de La Corte Superior de Lima—2017. Repositorio Institucional - UIGV. https://bit.ly/3gbyVe4 Montenegro Guimaraez, E. (2019). La pericia grafotécnia como medio probatorio y la calificación del delito contra la fe pública en modalidad de falsificación de documentos públicos en los juzgados penales de La Corte Superior de Lima—2017. Repositorio Institucional - UIGV. https://bit.ly/3s0ZXHy Montiel Sosa, J. (2000). Criminalística: Vol. III (8va.). Lumisa SA. de CV. Grupo Noriega. Moreno Villacorta, I. A., Vargas Dávila, D. G., & Huamán Panduro, N. (2020). Falsificación de documentos y contrataciones administrativas de servicios en el área de recursos humanos del ministerio público distrito fiscal de Ucayali 2018. Universidad Nacional de Ucayali. https://bit.ly/3ewPAIs Ore & Gaceta Jurídica. (2016). Derecho Procesal Penal Peruano: Vol. II (1ra. edición). Gaceta Jurídica. Ochoa de Michelena, J.M. (2002). Principios de Grafoscopía y Documentoscopia. Ediciones del Ministerio del Interior. Paciente, M. M. (2019a). Desde la prueba documental en Roma a la grafotecnia del siglo XXI: La objetivación de la prueba documental en el proceso judicial español. REVISTA QUAESTIO IURIS, 12(04), Art. 04. https://bit.ly/3EHhEDK Paciente, M. M. (2019b). Desde la prueba documental en Roma a la grafotecnia del siglo XXI: La objetivación de la prueba documental en el proceso judicial español. REVISTA QUAESTIO IURIS, 12(04), Art. 04. https://bit.ly/3MySysq 65 PJ Group. (2018, junio 23). Qué es un Perito. Perito Judicial GROUP©. https://peritojudicial.com/que-es-un-perito-como-ser-perito/ Reategui, J. (2016). Tratado de Derecho Penal (Parte especial): Vol. IV (1ed. ed.). Editora y distribuidora ediciones legales E.I.R.L. Reyes, H., & Kauffmann, R. (2000). La autoría en los manuscritos publicados en revistas biomédicas. Revista médica de Chile, 128(4), 363-366. https://bit.ly/3S39usj Rojas Bustamante, M. E. (2018). Criterios para la valoración de la prueba indiciaria en el proceso Penal Peruano [UCV]. https://bit.ly/3VwGZGf Silvera, J. O. (2007). Identificación científica de delitos, Peritajes Scopométricos (1ra. ed.). La Roca S.R.L. Zenteno, M. (2019). Análisis del caso del delito de uso de documento privado falso. Universidad Nacional del Altiplano. https://bit.ly/3VzGH1p Nuevo Código Procesal Penal del Perú. (2022), 7 edición. https://n9.cl/2lqzr https://n9.cl/ne81j Arango Morales, X., Leyva Cordero, O., Marañón Lazcano, F., & Lozano Treviño, D. (2017). Cultura de la Legalidad Ciudadana. México: Fontamara. Española, R. A. (2014). Real Academia Española. https://dle.rae.es/falsedad FIGUEROA HERRERA, A., & LOZANO VALDERRAMA, F. (2017). El Iter Criminis en el Derecho Penal Chileno. Santiago: UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. Galán Castellanos, H. (2010). Teoría del delito. Bogotá: Universidad Militar Nueva Granada. Hans, K. (2011). Teoría Pura del Derecho. Buenos Aires: Editorial Universidad de Buenos Aires. Heidegger, M. (1994). Conferencias y artículos. Alianza Editora. 66 Horacio, B., Frediani, J., Cirio, G., & Barrionuevo, C. (2016). Metodología de la Investigación en Geografía. Buenos Aires: De la Universidad de la Plata. https://doi.org/ISBN 978-950-34-1387-6 Miguel, R. (25 de abril de 2017). coraops. La autenticidad como valor personal y profesional: https://n9.cl/rses62 Ñaupas Paitan, H., Valdivia Dueñas, M., Palacion Vilela, J., & Romero Delgado, H. (2018). Metodología de la investigación Cuantitativa - Cualitativa y Redacción de la Tesis. Bogotá: Quinta Edición. https://doi.org/SBN 978-958-762-876-0 Pérez, P., & Merino. (28 de julio de 2021). DEFINICIÓN DE. DEFINICIÓN DE RELEVANCIA: https://definicion.de/relevancia Pérez, P., & Merino, J. (9 de junio de 2021). DEFINICIÓN DE. DEFINICIÓN DE CONVICCIÓN: https://definicion.de/conviccion/ Rojas, B. (2014). Análisis Grafotecnico de la Firma Manuscrita, Para Identificar Su Autenticidad en el Delito de Falsedad Material. Tesis De Grado, Universidad Rafael Landivar, Huehuetenango. 67 VII. ANEXOS Anexo 1. Matriz de categorización apriorística Título de la investigación: Informe pericial grafotecnico en delitos de falsificación de documentos, en el distrito judicial del Cusco, enero a diciembre 2021. Pregunta de investigación Objetivo general Categorías Preguntas orientadoras Metodología ¿Cómo se analiza los informes Analizar como la grafotecnia Categorías 1: Enfoque: periciales grafotecnicos en delitos permite explicar y resolver el Informe pericial grafotecnico ¿Cómo determina la grafotecnia Cualitativo de falsificación de documentos, delito de falsificación de de manera objetiva la en el distrito judicial del cusco, documentos como medio Categorías 2: responsabilidad, en delitos de Método/diseño: enero-diciembre 2021? probatorio en el distrito judicial Delitos de falsificación de falsificación de documentos, Fenomenológico del Cusco, enero - diciembre documentos distrito judicial del cusco, enero- 2021. diciembre 2021? Técnica: Problema de investigación Objetivos específicos Dominios Entrevista Categorías 1: Como se desarrolla el estudio En nuestro medio los informes 1. Identificar si la grafotecnia es grafotecnico documentos Instrumento: periciales de grafotécnia, son determinante para establecer el 1.1. La grafotecnia. cuestionados en delitos de Guía de entrevista porco valoradas por los grado de responsabilidad en el falsificación de documentos, operadores de justicia, en los delito de falsificación de 1.2. Tipos de peritajes distrito judicial del Cusco, enero- Fuentes: delitos de falsificaciones de documentos en el distrito judicial grafotecnicos diciembre 2021. documentos, por Cusco, enero- diciembre 2021. Participantes: desconocimiento de los 2. Describir la eficacia de los tipos 1.3. Autenticidad de ¿De qué manera la grafotecnia En el presente trabajo los magistrados que no le dan valor de peritajes grafotecnicos en los documentos. contribuye en el esclarecimiento participantes son peritos probatorio, aplicando delitos de falsificación de de delitos de falsificación de pertenecientes a la OFICRI-PNP únicamente la evaluación de las documentos en el distrito judicial Categorías 2: documentos, en, distrito judicial Cusco, así como peritos reglas de la sana crítica y las Cusco, enero - diciembre 2021. del Cusco, enero-diciembre del particulares de diferentes estudios máximas de la experiencia, que 3. Valorar el desempeño 2.1. Delito contra la Fe Pública. 2021? criminalísticos de la ciudad del emplean los magistrados; profesional del perito Cusco. motivando a realizar la presente grafotecnico en el análisis pericia 2.2. Falsificación Material. investigación especialmente en el en delito de falsificación de Muestra: área de concentración del distrito documentos en el distrito judicial 2.3. Falsedad Ideológica. Se seleccionó como muestra a 7 judicial del Cusco, en el periodo del Cusco, enero - diciembre peritos grafotecnicos y 4 fiscales. enero-diciembre 2021, para lo 2021. cual se genera la siguiente interrogante. 68 Anexo 2. Instrumento de recolección de datos Nº Categoría/ ítems … Pertinencia Relevancia Claridad CATEGORIA 1. INFORME PERICIAL GRAFOTECNICO DOMINIO 1: LA GRAFOTECIA Si No Si No Si No ¿Considera que la pericia grafotecnico, es un documento que tiene relevancia como evidencia 1 en el delito de falsificación de documentos? Los objetivos y el método científico utilizado en la grafotecnia ¿Es determinante en la 2 calificación del delito de falsificación de documentos? DOMINIO 2: TIPOS DE PERITAJES GRAFOTECNICO Si No Si No Si No El informe pericial grafotecnico referente a manuscritos y firmas ¿Es coadyuvante para 3 establecer la autenticidad y/o autoría del suscribiente? ¿La falta de muestras originales de documentos dubitados, para formular un informe pericial 4 grafotecnico en firmas ¿Es insuficiente para su pronunciamiento categórico sobre autenticidad, falsea y autoría de firma? DOMINIO 3: AUTENTICIDAD DE DOCUMENTOS Si No Si No Si No El informe pericial grafotecnico idóneo ¿Debe ser formulado con cantidad necesaria de 5 documentos de comparación o indubitados en original, para su pronunciamiento ecuánime e idóneo de la pericia? ¿Mediante el informe pericial grafotecnico se pueda determinar de manera imparcial y 6 categórico la consumación del delito de falsificación de documento? ¿Los documentos indubitados en original cumplen con la eficacia para comprobar la 7 autenticidad o falsedad de los documentos examinados? CATEGORIA II. DELITOS DE FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS DOMIINIO 4: DELITOS CONTRA LA FE PÚBLICA Si No Si No Si No ¿Cree que la grafotecnia es de uso necesario para la calificación de tipicidad del delito contra 8 a la fe pública en su modalidad de falsificación de documento fraudulento? Considera que falsificar un documento, afecta el bien jurídico protegido y/o la funcionalidad 9 del documento en el delito contra la fe pública? DOMINIO 5: FALSIFICACIÓN MATERIAL Si No Si No Si No ¿Es indispensable el informe grafotecnico en el delito de falsificación material, para 10 determinar si un documento es falso, adulterado o verdadero? ¿El informe grafotecnico puede determinar de manera explícita al sujetos activo y pasivo del 11 delito de falsificación material? DOMINIO 6: FALSEDAD IDIOLOGICA Si No Si No Si No ¿Al advertir la introducción de un instrumento o documento público, en una carpeta o 12 expediente ¿este influye para que la grafotecnia determine la comisión del delito de falsedad ideológica? ¿La consumación del delito de falsificación ideológica, se da con la declaración del otorgante, 13 que contengan la autenticidad del documento con firmas, sellos, y requieran un pronunciamiento pericial? 69 Anexo 3. Evaluación de rigurosidad del instrumento 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 Anexo 4. Consentimiento Informado Este documento de consentimiento informado tiene información que lo ayudara decidir si quiere participar en este estudio de investigación en Ciencias Criminalística “Informe Pericial Grafotecnico en Delito de Falsificación de Documentos, en el Distrito Judicial del Cusco, enero a diciembre 2021”. Antes de decidir si participa o no, debe conocer y comprender cada uno de los siguientes apartados, tómese el tiempo necesario y lea con detenimiento la información proporcionada líneas abajo, si a pesar de ello persisten sus dudas, comuníquese con el investigador al teléfono celular Nro.984322498 o correo electrónico adrimirmes66@mail.com No debe dar su consentimiento hasta que entienda la información y todas sus dudas hubieran sido resueltas. Título del proyecto : “Informe Pericial Grafotecnico en Delitos de Falsificación de Documentos, en el Distrito Judicial del Cusco, enero a diciembre 2021” Nombre del investigador principal : Adrián Miranda Mesahuanca Propósito del estudio : Analizar como la grafotécnia, permite explicar y resolver el delito de falsificación de documentos como medio evidenciable, en el distrito judicial del Cusco, enero- diciembre 2021. Participantes : Peritos Oficiales de la PNP, igualmente también participaran los peritos de parte (Privado y de la REPEJ) Participación : Emitirán su opinión referente a las preguntas relacionadas a la investigación. Participación voluntaria : La participación en la presente investigación es de manera voluntaria Beneficios de participar : Contribuirá a la investigación para mejorar la investigación planteada. Inconveniente y riesgo : La participación en la presente investigación, No conlleva ningún inconveniente ni tampoco implica ningún riesgo para el participante. 80 Costos por participar : La participación en la presente inv. No tiene ningún costo Remuneración por participar : El participante no percibirá ninguna remuneración ni incentivo económico, Confidencialidad : Guardará las reservas del caso, se trabajará con los datos de forma anónima. Renuncia : El participante puede renunciar, si es que lo desea en cualquier momento de la investigación. Consultas posteriores : Puede realizar consultas al investigador principal Adrián Miranda Mesahuanca, al celular Nro.984322498 o al E-Mail adrimirmes66@gmail.com. Contacto con el Comité de Ética : A través del correo electrónico etica@wiener.gob.pe cuando sea necesario DECLARACIÓN DE CONSENTIMIENTO Declaro que he leído y entendido la información proporcionada, se me ofreció la oportunidad de hacer preguntas y responderlas satisfactoriamente, no he observado imposición ni he sido influido indebidamente a participar o continuar participando en el estudio y que finalmente el hecho de responder la encuesta expresa su aceptación a participar voluntariamente en el estudio. En merito a ello proporcionó la información siguiente. Documento Nacional de Identidad: 25182316 Correo Electrónico personal o institucional: adrimirmes66@gmail.com 81 Anexo 5: Declaración jurada de exoneración de Comité de Ética Yo, Adrian Miranda Mesahuanca, identificado con DNI número 25182316, alumno regular del programa de postgrado de la Universidad Norbert Wiener, en calidad de autor del trabajo de tesis titulado “Informe pericial grafotecnico en delito de falsificación de documentos, en el distrito judicial del Cusco, enero a diciembre del 2021”, presentado para optar al grado de Maestro en Ciencias Criminalísticas, declaro bajo juramento lo siguiente: Que soy el autor único y legítimo del trabajo de tesis mencionado anteriormente y que todas las fuentes de información utilizadas han sido debidamente citadas y referenciadas de acuerdo con las normas académicas establecidas. Que el contenido del trabajo de tesis es de naturaleza académica y no implica la realización de experimentos, pruebas clínicas o cualquier otra actividad que pueda afectar la integridad física, psicológica o moral de las personas. Que asumo la responsabilidad total por el cumplimiento de los principios éticos y las normativas vigentes relacionadas con la realización y presentación de trabajos académicos, incluyendo la veracidad y la originalidad del contenido presentado. Que estoy plenamente consciente de las consecuencias legales y académicas en caso de que se constate algún incumplimiento de las normativas éticas o académicas durante la elaboración y presentación de mi trabajo de tesis. Por lo tanto, mediante la presente declaración jurada, solicito la exoneración del Comité de Ética de la Universidad Norbert Wiener para la evaluación ética de mi trabajo de tesis mencionado anteriormente. En Lima, 12 de marzo del 2024 82 Anexo 6: Informe de Turnitin Reporte de similitud 13% de similitud general Principales fuentes encontradas en las siguientes bases de datos: 12% Base de datos de Internet 1% Base de datos de publicaciones Base de datos de Crossref Base de datos de contenido publicado de Crossref 8% Base de datos de trabajos entregados FUENTES PRINCIPALES Las fuentes con el mayor número de coincidencias dentro de la entrega. Las fuentes superpuestas no se mostrarán. repositorio.uwiener.edu.pe 1 3% Internet repositorio.uladech.edu.pe 2 1% Internet repositorio.unc.edu.pe 3 1% Internet repositorio.ucv.edu.pe 4 <1% Internet uwiener on 2023-10-20 5 <1% Submitted works iuslatin.pe 6 <1% Internet repositorio.unu.edu.pe 7 <1% Internet peritojudicial.com 8 <1% Internet Descripción general de fuentes