ESCUELA DE POSGRADO Tesis Criterios de la Pericia Psicológica en Víctimas de Violencia Sexual y su Implicancia en la Sentencia en el Distrito Fiscal del Santa - 2022 Para optar el Grado Académico de Maestro en Ciencia Criminalística Presentado Por: Autor: López Gambini, Loui Gabriel Código ORCID: 0000-0001-5492-2615 Asesora: Dr. Montellanos Cabrera, Henry Sam Código ORCID: 0000-0003-3834-3845 Línea de Investigación Teoría del Conocimiento criminalístico Lima – Perú 2022 ii DEDICATORIA Este trabajo va dedicado para todas aquellas victimas que padezcan no solo de un acto delictivo, sino también de las nefastas consecuencias de una inadecuada administración de justicia. Que Dios nos ayude a encontrar la verdadera justicia para toda alma. iii AGRADECIMIENTO Agradezco a mi madre Pina Gambini, la cual me apoyo en poder concluir mis estudios y la tesis para optar el grado de maestro, al apoyo incondicional de mi tía Angela Gambini y Gustavo Silva, por el apoyo incondicional y moral hacia mi persona. También a mi asesor el Mg. Henry Montellanos Cabrera por su paciencia, dedicación y conocimiento para guiarme en este camino de investigación. iv INDICE GENERAL TÍTULO ii DEDICATORIA iii AGRADECIMIENTO iv ÍNDICE GENERAL v INDICE DE GRÁFICOS vii RESUMEN viii ABSTRACT ix INTRODUCCIÓN x 1. CAPITULO I: EL PROBLEMA 1 1.1. Problema de Investigación 1 1.1.1. Problema Internacional 1 1.1.2. Problema Nacional 1 1.2. Formulación del Problema 3 1.3. Objetivos de la investigación 3 1.3.1. Objetivo General 3 1.3.2. Objetivo Específico 3 1.4. Relevancia 4 2. CAPÍTULO II. MARCO TEÓRICO 5 2.1. Antecedentes 5 2.2. Base teórica 9 2.2.1. Formación del Perito Psicólogo 9 2.2.2. Pericia Psicológica 10 2.2.3. Informe pericial Psicológico 12 2.2.4. Errores en pericia e informes psicológicos según Gonzales 15 2.2.5. Admisibilidad de la prueba pericial según Duce 16 2.2.6. Admisibilidad de la prueba pericial según Tito 20 2.2.7. Acoso Sexual 20 2.2.8. Abuso Sexual 21 2.2.9. Agresión Sexual 21 2.2.10. Violencia 22 2.2.11. Violencia Sexual 22 2.2.12. La Sentencia 23 3. CAPÍTULO III: METODOLOGÍA 24 3.1. Enfoque de Investigación 24 3.2. Diseño de Investigación 25 3.3. Escenario de Estudios y participantes 25 3.4. Estrategia de producción de datos 25 3.5. Propuesta de análisis de datos 25 3.6. Criterios de Rigor 26 v 3.7. Aspectos éticos 26 4. CAPÍTULO IV: PRESENTACIÓN Y DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS 28 4.1. Resultados y triangulación 28 4.2. Discusión de resultados 46 5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 57 5.1. CONCLUSIONES 57 5.2. RECOMENDACIONES 58 6. REFERENCIAS 60 7. ANEXOS 66 Anexo 1 Criterios de efectividad de la pericia psicológica y la sentencia 66 Anexo 2 Matriz de categorización 68 Anexo 3 Matrices de validación de instrumento – Jueces expertos 69 Anexo 4 Matriz de validación por V de Aiken 74 Anexo 5 Formato de consentimiento informado 76 Anexo 6 Carta de aprobación de la institución para investigación Anexo 7 Aprobación del comité de Ética Anexo 8 Informe del Asesor de Turnitin 79 vi INDICE DE GRAFICOS Figura 1: Formación Académica 26 Figura 2: Experiencia Profesional 30 Figura 3: Informe Pericial 35 Figura 4: Indicadores Atenuantes 39 Figura 5: Fundamentación de la Sentencia 42 vii RESUMEN La siguiente investigación tuvo como objetivo determinar los criterios de la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual e implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa – 2022. La metodología aplicada consistió en una investigación de enfoque cualitativo, de tipo aplicada; el diseño es fenomenológico descriptivo. Como resultados se generó una serie de criterios necesarios para la intervención pericial. En conclusión, se pudo explorar cualidades necesarias para la elaboración de pericias psicológicas acertadas y necesarias para su efectividad considerándose como influyentes en las sustentación y resolución por parte de los magistrados. Palabras clave: violencia sexual, victima, pericia psicológica, informe pericial, agresión, experiencia viii ABSTRACT The objective of the following investigation was to determine the criteria of the psychological expertise in victims of sexual violence and its implications in the sentence in the fiscal district of Santa - 2022. The applied methodology consisted of an investigation with a qualitative approach, of an applied type; the design is descriptive phenomenological. As results, a series of criteria necessary for expert intervention was generated. In conclusion, it was possible to explore qualities necessary for the elaboration of accurate and necessary psychological expertise for its effectiveness, considering them as influential in the support and resolution by the magistrates. Keywords : sexual violence, victim, psychological expertise, expert report, aggression, experience ix INTRODUCCIÓN La investigación se desarrolló analizando la problemática actual de la necesidad de establecer criterios que son necesarios para la elaboración de pericias psicológicas a víctimas de violencia sexual y como contribuye con la sentencia dictada por el magistrado en el distrito fiscal del Santa 2022, con la finalidad de emitir pericias efectivas y útiles para el desarrollo de sentencias justas en los tribunales. En los últimos años el aumento de denuncias y sentencias por violencia sexual ha aumentado lo cual conlleva a preguntarse si las pericias psicológicas que se requieren en audiencias están contribuyendo de manera adecuada a la resolución que el juez dicta, cumpliendo un criterio estándar. El capítulo II, se desarrolló el marco teórico de la pericia psicológica y la sentencia, compuesto por los antecedentes nacionales e internacionales y sus bases teóricas de las categorías. En el capítulo III se planteó la metodología empleada en la investigación, teniendo en consideración el enfoque y diseño de investigación, el escenario de estudio y participantes, la estrategia de producción de datos, la propuesta de análisis de datos, los criterios de rigor y aspectos éticos Luego en el capítulo IV se plasmaron los resultados de la investigación mediante una triangulación de la información recaudada y la discusión de dichos resultados. En el capítulo V se encuentran las conclusiones de la investigación y las recomendaciones a futuro según lo concluido Por último, en el capítulo VI se encuentran las referencias bibliográficas que se usaron para el desarrollo de la investigación. x 1. PROBLEMA 1.1. Problema de investigación 1.1.1. Problema internacional: El peritaje psicológico en casos de violencia sexual es una herramienta necesaria para el juez el cual facilita como elemento probatorio debido a que, al no existir testigos directos del hecho, el peritaje psicológico ayuda en la búsqueda de justicia. Además, facilita al magistrado a tomar decisiones para justificar su sentencia (Baena, Rudas y Perez, 2016) (Baena, Crissien, Pérez y Prego, 2018). Para Tamara (2017) el realizar una pericia psicológica al acusado por delito sexual se tiene que tener en consideración una serie de elementos necesarios para la evaluación forense como: a) la acreditación de idoneidad del perito, b) el requerimiento, c) los factores o categorías psicológicas a evaluar, d) metodología especializada, e) el procedimiento pericial, f) el análisis y conclusiones en el informe forense y g) los principios de actuación del perito. Para que pueda realizarse la evaluación en el ámbito forense, el perito debe tener en cuenta antes un conocimiento profundo y contextualizado sobre las variables y/o consecuencias psicológicas y psicosociales como de las normas, leyes o aspectos penales sobre los delitos sexuales (Tamara, 2017). Chen et al. (2020) muestra que no solo la mujer padece de violencia sexual si no el hombre también puede padecer de V.S., de igual forma la persona (independientemente de su sexo) cuya orientación sexual es homosexual. Esto demanda a que el perito deba poseer un conocimiento especializado y profundo en el peritaje sobre violencia sexual para que así se pueda impartir de manera justa las garantías constitucionales solo para el victimario sino también para la victima (Linares, 2012, p. 2) 1.1.2. Problema Nacional Según Zambrano (2020) la prueba pericial, en los crímenes relacionados a violencia sexual, es esencial para el derecho procesal penal. Se provee de herramientas necesarias para la contribución en la toma de decisiones del órgano jurisdiccional. Siendo esto competencia de su autoridad para distinguir en última instancia si la situación a juzgar es de naturaleza violenta o no violenta (pacífica) (Erikson and Popa, 2018, p. 306). En 1 una situación contraria, las consecuencias serían negativas dejando un gran espacio a la sospecha y libre albedrío de los magistrados. Para Linares (2018) la acción de hablar sobre las sanciones para los que perpetúan el delito no resuelve el caso. Se evidencia la falta de especialización de los magistrados quienes dictan sentencias en contra de las personas que han participado en el ilícito penal, y entre otros factores como la elaboración adecuada en pericias psicológicas y medico legales. Para la Organización de las Naciones Unidas, en el Perú, una de cada tres mujeres sufre de violencia física y sexual (World Bank, 2021). La revista The World Bank (2021) recomienda que para la prevención de este fenómeno de violencia sexual se debe recurrir a las ciencias del comportamiento tanto en centro comunitarios, albergues, comisarias, etc. Desde la creación de la ley N° 30838 que modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal para fortalecer la Prevención y Sanción de los delitos contra la Libertad e Indemnidad Sexuales en el 2018, las denuncias por violación sexual, registradas por parte de la policía, han disminuido de 7789 denuncias en el 2018 hasta 3236 denuncias en el 2019, reduciéndose más de la mitad de denuncias; el poder judicial registra, desde el 2018, 4421 ingresos y en el 2020 con 1210 casos por violación sexual, de los cuales en el mismo año 2020, 3847 fueron resueltos. También se puede añadir que las sentencias se han reducido desde el 2018, con 1868 sentencias, hasta el 2020 con 456 sentencias. Los procesos penales sobre violencia sexual han tomado un panorama más amplio según la ley N° 30838, permitiendo tomar una medida más justa no solo para la aplicación de la pena sino para la detección de casos de naturaleza más compleja y diversa, es decir que esta ley sería incluyente ya que visibiliza casos antes no tomados o dejado de lado. Pero debido a esta misma complejidad, el trabajo del perito en psicología tiene una labor ardua y especializada para poder atender las necesidades de esta diversidad de casos respondiendo así a lo que pueda pedir los magistrados respetando el marco legal. Debido a esta magnitud de cambios estadísticos positivos para la prevención de casos en violencia sexual, surgen unas cuestiones tanto para el perito especialista en psicología al momento de efectuar su pericia, como para el juez encargado de comprender lo expuesto 2 por el perito psicólogo: ¿qué cualidades cumple una actividad pericial efectiva? ¿Qué indicadores atenuantes desfavorecen la efectividad de una pericia en víctimas de violencia sexual? ¿Qué elementos son considerados efectivos al momento de sustentar una sentencia? 1.2. Formulación del Problema ¿Cuáles son los criterios de la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual e implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa - 2022? 1.3. Objetivos de la investigación 1.3.1. Objetivo general Determinar criterios de la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual e implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa - 2022 1.3.2. Objetivos específicos Determinar los criterios de la formación académica del perito psicólogo en la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa - 2022 Determinar los criterios de la experiencia profesional del perito psicólogo en la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa - 2022 Determinar los criterios del informe pericial del psicólogo en la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa – 2022 Determinar que indicadores atenúan la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual en el distrito fiscal del Santa - 2022 3 1.4. Relevancia Así mismo, el trabajo elaborado y ejecutado se justifica por las razones que se presentan a continuación: A nivel teórico aporta con información de utilidad y de beneficio para todos los profesionales en peritaje psicológico, criminalística y derecho, como fuente bibliográfica para posteriores investigaciones similares. A nivel práctico ayudara a tener cuenta que criterios son valoradas para una pericia psicológica efectiva en víctimas de violencia sexual y como es su implicación en la sentencia A nivel social es de utilidad y beneficioso para todos ya que permite detectar que pericia psicológica en víctimas de violencia sexual son efectivas y como es su implicación en la sentencia A nivel metodológico es un trabajo científico que sigue un proceso científico y contribuye con un instrumento validado para la exploración de criterios valorados para una pericia psicológica efectiva en víctimas de violencia sexual y su implicancia ne la sentencia 4 2. MARCO TEÓRICO 2.1. Antecedentes Saborio y Viquez (2006) en su trabajo “Mitos en torno a la evaluación psicológica forense en casos de agresión sexual contra menores de edad: la necesidad de un cambio de paradigma” tiene como objetivo reformular la existencia de mitos que guardan una conexión con la evaluación psicológica forense en casos de agresión sexual contra menores de edad. Concluyen con la necesidad de cambiar el paradigma en la evaluación forense en situaciones de abuso sexual contra menores de edad y también replantear las funciones del perito ya que el cuestionamiento legal actual tiene que ver con la falsa expectativa de las autoridades judiciales en relación con el perito al momento que este establezca causalidades entre el aspecto psicológico y el evento delictivo. También se recalca el llamado de atención a producir instrumentos necesarios para la evaluación pericial en abuso sexual, poniendo hincapié en instrumentos confiables y validos que evalúen la credibilidad del testimonio. Otro aporte que se realizo fue el estudio de Mena y Fernandez (2006) sobre la “Credibilidad de las pericias psicológicas y psiquiátricas realizadas a menores ofendidos dentro del procedimiento penal”, en el cual concluyen que por la falta de un sistema de acreditación de peritos impidiendo conocer el grado de profesionalidad y su experiencia como experto, por ende no se debate y ni se cuestiona el peritaje oficial por el lado de los peritos de parte, permitiendo un sistema de justicia desigual donde los argumentos, por parte de los fiscales y los defensores, pueden acreditar o desacreditar la pericia. Las recomendaciones que realizan para el peritaje psicológico en delitos sexuales a menores son: documentación oficial completa mencionando su formación y años de experiencia en el campo, peritaje con criterios claros, detallar la metodología aplicada en la evaluación, describir al sujeto evaluado detallando la presencia de otros traumatismos que se puedan generar. Para Rivera y Olea (2007) refieren que el sistema legislativo da preferencia a la objetividad de las pruebas de los peritos, la labor principal del perito en psicología es de validar y objetivar los conocimientos de su ciencia, ya que los métodos desarrollados 5 como el CBC y el CAVAS INSCRIM no son suficiente evidencia, faltando como elemento clave las herramientas que el perito que va adquiriendo con los años de experiencia y el desarrollo de sus habilidades. Luego los autores Ortiz y Serrano (2019) resuelven esta problemática en torno a la instrumentalización y objetividad en su investigación “Mecanismos de evaluación del daño psicológico en víctimas de abuso sexual infantil”, plantean como objetivo dar a conocer las prácticas periciales que llevan a cabo los psicólogos que trabajan con problemáticas como el abuso sexual infantil en el contexto jurídico nacional de la Reforma procesal penal a las siguientes instituciones: Servicio Médico Legal y Centro de Asistencia a Víctimas de Atentados sexuales. Además, también se tiene como otra finalidad determinar las diferencias y similitudes del ejercer practico de ambas instituciones. El método aplicado es la entrevista a peritos psicólogos y el cotejo de información en la revisión bibliográfica. En sus conclusiones mencionan los mecanismos más importantes para la evaluación de abuso sexual en NNA (niños, niñas y adolescentes) es el uso del SVA (evaluación de la validez de la declaración) para evaluar el relato de los menores dándole una mayor credibilidad al discurso. También se propone el TAMAI para la detección de consecuencias posteriores al acto violento. Ya en un aspecto centrado en la pericia psicológica y los procesos en delitos sexuales, para los autores Rudas, Baena y Pérez (2016) en su trabajo “Peritajes psicológicos forenses en decisiones judiciales de primera instancia en delitos sexuales” se analizó la importancia de los informes psicológicos forenses al momento de solucionar un proceso de primera instancia en delitos sexuales. La conclusión más significativa fue que el 80% de sentencias se mencionó la pericia psicológica por parte del juez al momento de dar sustento a su decisión y también el 80% de los casos el juez resuelve de manera coherente con los resultados de informe pericial psicológico. Una de las dificultades que se reafirma según Burrillo (1986), citado en Rudas, Baena y Perez (2016) “la relación entre ambas ciencias ha sido conflictiva; y cuando se ha manifestado esta discordia, esta se carga de recelo, estereotipo y actitudes negativas entre los profesionales de ambas carreras. 6 Ya Palomino (2017) en su trabajo “Pruebas periciales del delito de violación sexual aportadas por la dirección de criminalística – Policía nacional del Perú, Lima 2017” trata de determinar cómo las pruebas periciales, estudiadas por la Dirección de Criminalista de la P.N.P., influyen en la aclaración de delitos de violación sexual. La metodología usada es cualitativa y el diseño de la teoría fundamentad, se aplicó entrevistas personalizadas a 10 especialistas: entre fiscales en derecho penal, magistrados y peritos, aparte se aplicó el análisis documental. Se concluye que la pericia psicológica es influyente por considerarse un soporte técnico, científico y pilar fundamental de la investigación, dotado de certeza, confiabilidad e infalibilidad para una presentación más convincente antes los jueces. La valoración de las pruebas debe ser integral y guardar relación a los criterios internacional. Esto también es confirmado por Martínez, Baena, Crissien, Pérez y Prego (2018) en su estudio “Sentencia judicial, delito sexual y pericial psicológica: enfoque transcultural” realizándose en los países de Colombia y España comparando sus resultados. Tiene como objetivo analizar la influencia de la pericia psicológica en las decisiones judiciales en delitos sexuales infantiles en tres departamentos de Colombia y una provincia de España. En su metodología analizan 72 sentencias de delitos sexuales en segunda instancia. Los resultados muestran un 91.7% de sentencias en juicios resueltos los magistrados de España refieren directamente a la pericia psicológica, en cambio en Colombia fue de un 88.8%. Llegan a verificar que los jueces suelen dar importancia relevante a la precia psicológica realizada por el poseedor de conocimiento científico en lo que respecta a abuso sexual infantil. También reafirman que desde el campo del derecho es de interés el manejo de casos de índole sexual realizado por psicólogos forenses; agregando también que el 90% puestos en análisis, en las que se manifiestan de manera oral, alude principalmente al informe pericial psicológico. Como agregado Gancedo, Redondo y Amado (2018) en su trabajo “Evaluación psicológica-forense en víctimas de agresión sexual: un estudio de caso”. En su metodología usa una batería de pruebas psicológicas y aplican dos entrevistas para evaluación psicológica y validación del discurso. En sus conclusiones mencionan que es de necesidad relevante la disminución del margen de error en los resultados encontrados siendo conscientes de las consecuencias que unas conclusiones erróneas pueden traer 7 tanto para la victima como para le imputado. Se puede destacar, como ejemplo, el incremento de victimización secundaria como consecuencia de una mala praxis o la presentación de resultados alterados. Para esto se recomienda la aplicación de métodos empíricos y la formación y especialización del perito. Carbajal (2017) en su investigación sobre “la valoración de la pericia psicológica en delitos sexuales”, tuvo como objetivo determinar la diferencia en la valoración de la pericia psicológica en materia de delitos sexuales en administradores de justicia tanto en Trujillo como Chimbote. La investigación fue cuantitativo, de tipo básico y de nivel descriptivo y diseño comparativo de corte transversal. Se encontró que existe diferencias en las pericias psicológicas en materia de delitos sexuales tanto en Trujillo como en Chimbote pudiendo deberse a que la mayoría de administradores de justicia del distrito de Trujillo tienen estudios especializados en materia de delitos sexuales generando una consideración especial sobre la prueba pericial psicológica como instrumento fundamental para fallar. Oblitas (2021) en su estudio “Importancia de la oportuna pericia psicológica como prueba concluyente en el delito de acoso sexual”. Tuvo como objetivo determinar la importancia de la oportuna pericia psicológica como prueba concluyente en el delito de acoso sexual en la segunda fiscalía de Chosica, 2019. El enfoque del estudio es cualitativo, de tipo básico, nivel descriptivo y de diseño fenomenológico y estudios de caso. Se encontró que la pericia psicológica es una prueba de importancia en el proceso penal por su naturaleza científica ya que esclarece hechos del caso, es tratada con celeridad para que los factores intrínsecos y extrínsecos no afecte el comportamiento de la víctima y no perjudique la prueba, debido a que el tiempo es importante debido a la existencia de una cercanía temporal entre hechos denunciados e indicadores de afectación de la víctima. Se concluye que las pruebas periciales mantienen un nivel optimo de fiabilidad al estar elaborada por expertos y son de utilidad predictiva o clasificatoria para expresar resultados de manera consecuente. 8 2.2. Base teórica 2.2.1. Formación del Perito psicólogo Según el artículo 2 del código de ética del psicólogo, este, como profesional, debe plasmar, en la práctica, sus competencias de alto conocimiento, destrezas y actitudes a las diferentes culturas que puede estar inmerso. Estos conocimientos a la vez, en ámbitos laborales legales, periciales y de auditoria deben servir como guía e instructivo a los operadores de justicia sobre las reglas y los procedimientos psicológicos defendiendo los secretos de la profesión (Colegio de Psicólogos del Perú, 2017, p. 6-7) Para esto el psicólogo, según la ley 28369 de trabajo del psicólogo y su reglamento, aprobado en el 2007, en el artículo 11° refiere que la capacitación profesional permanente es inherente a la praxis psicológica y su promoción puede ser desde el sector público como el privado. El área forense en psicología mantiene una formación clásica; se desarrolla con gran importancia en la asesoría de los peritos en los tribunales y jueces en variables de índole psicológico. Tienen la facultad de realizar una valoración por imputabilidad, al sujeto que presente un trastorno del dominio de los impulsos denominándolo “juego psicológico”, aludiendo a un tipo de alteración psicopatológica con sintomatología relacionada y criterios del psicodiagnóstico con particularidades (Gonzales y Graña, 2008 citado por Chuquizutta, 2020). El profesional en psicología, debido a las demandas de competencias en la sociedad y cultura, requiere de actualización constante y especializada en sus conocimientos de acuerdo a las necesidades del contexto donde labora (Cruz, Sanabria y Sandoval, 2016 citado por Chuquizutta, 2020). Su participación en tribunales es de carácter activo y significativo aportando en el esclarecimiento de los hechos en debate dentro del proceso o proporcionando conocimiento científico o técnico el cual desconozca los magistrados (Gutierrez, 2019, p. 2). 9 Pero la formación del perito en psicología no es suficiente para la elaboración y aplicación de la pericia y el informe pericial, es de gran importancia la experiencia práctica para realizar el análisis idóneo y pertinente de la situación dada, basándose en un enfoque técnico científico que permita fortalecer sus datos con la ciencia (Pompeyo & López, 2014 citado por Rudas et al., 2016). En la sustentación oral en audiencia “el perito debe estar preparado para ser llamado a juicio y sustentar de una manera ética y honesta […] también debe estar preparado para ser interrogado y contrainterrogado por las dos partes contrarias en el proceso (fiscalía y defensa) (Rudas et al., 2016). 2.2.2. Pericia psicológica A. Concepto de Pericia En términos simples la pericia, según la Real Academia Española (2014) es “sabiduría, practica, experiencia y habilidad de una disciplina científica, técnica o artística”. Como finalidad tiene la cualidad de explicar e ilustrar de algún fenómeno cuando se solicite algún conocimiento empírico especializado (Ministerio de Justicia y Derechos humanos, 2020, p. 109). B. Concepto de pericia psicológica Para Vasquez (2005) en sus postulados de psicología forense señala que el área principal del perito, en su labor privada, se encuentra en la práctica de la pericia de parte, aquella que es realizada en cualquiera de las partes que sigue en proceso (citado por Linares, 2012) En dicho peritaje, implica al profesional de esta área a interrelacionarse con el aspecto jurídico, buscando trabajar en unión con los juzgados. Para el psicólogo perito los elementos que concede son los instrumentos esenciales de su profesión con el fin de cumplir los requisitos idóneos para sus conclusiones y diagnósticos requeridos para el asesorado a jueces. Este peritaje se elabora de acuerdo con la petición de los operadores de justicia del país para que así se pueda determinar el estado mental del 10 agraviado y/o imputado o condenado. Su objetivo es de definir los aspectos específicos que se tienen que evaluar por métodos elegidos desde la consideración de diferentes que son parte de la demanda. Hay consideración especial las pericias con trabajos psicométricos y psicodiagnóstico, ya que la información recaudada, de la situación mental y el estado emocional del sujeto a explorar, es fiable por el uso de instrumentos adaptados (que cumplen criterios de confiabilidad y validez) (Giron y Segura, 2005). Gandía (2016) conceptualiza a la pericia psicológica (en relación con la psicología jurídica) como la asistencia de conocimientos científicos y técnicos para el asesoramiento del juez. Con respecto a la recolección de información “es necesario y recomendable obtener la información de más fuentes, es decir, poder tener además de la entrevista […] como la aplicación de cuestionarios, testimonios familiares y personas cercanas, observación directa, historias médicas y escolares, etc” (Gandía, 2016, p.49). Las fuentes a elegir deben encontrarse adaptados al contexto ya que de eso depende la importancia de los testimonios y de la fiabilidad y validez de las técnicas aplicadas, que las conclusiones redactadas sean suficiente prueba válida para el caso (Saborío, 2006 citado por Gandía, 2016). Es de gran relevancia la aplicación de métodos y procedimientos empíricos para la predicción y confiabilidad de los resultados. En caso de evaluación a menores es necesario intensificar los factores de protección y promover la asesoría idónea a peritos psicólogos en los casos de custodia disputada (Gandía, 2016). C. Pericia psicológica y violencia sexual El enmarcamiento forense en casos de violencia sexual permite tanto a psicólogos y jueces reconocer la diversidad de situaciones y contextos, esto es un requisito en un marco legal para generar garantías por parte de la ciencia inmersas en las pericias (Gold, 2000 citado por Chuquizutta, 2020). Estos informes se caracterizan por tener 11 una valoración crítica presente a jueces y tribunales con el fin de cuantificar el daño psíquico consecuente de un delito de libertad sexual, siendo específicos de la violación sexual (Scott, Manzanero, Muñoz & Köhnken, 2014 citado por Chuquizutta, 2020). Por medio de la investigación a realizar para esclarecer hechos jurídicos con mención al abuso sexual en donde también se acredita o valida el testimonia de la agraviada (Echeburúa y Subijana, 2008 citado por Chuquizutta, 2020). Es natural la presencia de miedo por parte de la agraviada durante la evaluación pericial al momento de relatar lo sucedido; en caso de abuso sexual infantil es de mayor complejidad. En términos generales, la causa de esto es la falta de presencia de testigo oculares y evidencia física significativa en situaciones de violencia sexual. Entonces el veredicto, la validación del relato de la víctima, la aceptación por parte de sus apoderados y su estado emocional va a depender del conocimiento, comprensión y habilidad del especialista que lo asista (Uribe, 2011 citado por Chuquizutta, 2020). Para Rudas et al. (2016) recalca la valía de la prueba pericial ya que su importancia es de gran significado en los procesos de búsqueda para aclarar los hechos. Esto los realizara un perito en psicología, plasmándolo en un informe. Cuando la falta de confiabilidad y validez que se manifiesta en el proceder del psicólogo durante la entrevista a la presunta víctima, genera problemas de administración de justicia, que por consecuencia hay un proceder errado en la praxis por parte de los operadores de justicia (incluyendo al psicólogo forense) (Scott et al., 2014 citado en Chuquizutta 2020). 2.2.3. Informe pericial psicológico A. Concepto Para Rodriguez (2010) es el informe que brinda el psicólogo, posterior al análisis y estudio del caso a peritar” (citado por Chuquizutta, 2020, p.17). Tiene la finalidad de exponer el comportamiento humano encontrado para su análisis respectivo si este 12 corresponde a la ley y el derecho. Para la valoración por parte de los órganos de justicia y las leyes, es de consideración necesaria y beneficiosa los conocimientos científicos, artísticos o prácticos utilizados en la pericia (De la Torre, 1999 citado en Chuquizutta, 2020) Este informe aporta con un diagnóstico el cual tiene efecto de asesoramiento al juez/a, conteniendo el resultado de lo solicitado, ya que es en calidad de su solicitud que se realiza la investigación pericial de las personas objeto de pericia. Dicho psicodiagnóstico posee una redacción clara y puntual en términos, y el uso material (entrevistas, tests, protocolos) debe ser conservado para fundamentar las conclusiones ante la demanda de aclaración o impugnación de la pericia ya sea en situaciones judiciales con relación al derecho civil, penal, familiar, de menores, administrativo laboral, militar, policial, penitenciario, etc (Giron y Segura, 2005). Otro concepto, según Murcia (2016), es el producto de la evaluación, resumido y estructurado; como instrumento de ayuda en toma de decisiones de órganos judiciales. Las variables a controlar en la realización del informe pericial psicológico son: lenguaje utilizado, la extensión y contenido (Vasquez, 2005 citado por Murcia, 2016). B. Características En el 2008, Espinosa de los Monteros (citado en Chuquizutta, 2020) refiere que un informe pericial debe cumplir las siguientes cualidades: - Materia de peritaje, la información de este fenómeno de investigación debe tener una redacción precisa y puntual la cual se quiere resolver. Mencionar que entidad solicita el peritaje y la razón de su solicitud. - Número de colegiatura - La aplicación metodológica y técnica necesaria para la evaluación. C. Contenido del informe pericial Según el Código Procesal Penal (2022) Art. 178 inciso 1, el informe pericial oficial debe seguir la estructura siguiente: 13 a) Nombre completo, dirección y D.N.I. del perito, numero de colegiatura b) Descripción de los hechos c) Detalle de todo lo comprobado en relacionado a lo encomendado d) Motivo de la evaluación técnica realizada e) Señalización de los criterios científicos o técnicos f) Conclusiones g) Fecha, sello y firma Cabe resaltar que el perito no está en la potestad de señalar cual es la responsabilidad penal del imputado de acuerdo con la situación provocada por este, ya que esto es materia del proceso (Ministerio de justicia y Derechos humanos, 2020). D. Dimensiones Las consideraciones del Ministerio público del Perú (2011 citado por Chuquizutta, 2020) consta de 7 dimensiones que se tienen en cuenta en el informe pericial, otorgada por la “Guía de valoración del daño psíquico en victimas adultas de violencia familiar, sexual, tortura y otras formas de violencia. a) Consideraciones generales: datos de filiación del evaluado; en el registro se respeta los principios de cualquier actividad científica. La información respeta el orden lógico y la justificación mediante documentos científicos para el contraste. El lenguaje debe ser entendible. (Muñoz, 2013 y Paez, 2018 citado por Chuquizutta, 2020) b) Relato del hecho violento: El perito debe mantener un dominio emocional debido a que el relato que brinde la victima debe cumplir con el principio de protección del derecho al sujeto. Se ofrece las garantías de defensa y cumplimiento de derechos. (Gonzales, 2009, citado por Chuquizutta, 2020). c) Historia personal y familiar: Evaluación del desarrollo evolutivo tanto en su aspecto psicológico, social y biológico de la victima aportando datos de los primeros años de vida o del menor a tratar (Dujo Y Horcajo, 2017 citado por Chuquizutta, 2020). 14 d) Información de fuentes secundarias y evaluaciones complementarias: para la evaluación secundaria se tiene en cuenta las limitaciones del sujeto a evaluar buscando medios alternos. Las evaluaciones complementarias, se alude al uso de tests psicométricos adaptados al contexto (Dujo y Horcajo, 2017 y Rodríguez et. al., 2015 citado por Chuquizutta, 2020) e) Características de la violencia sexual/valoración del daño psíquico: es la evaluación cognitiva, personalidad y situación actual signos de relevancia para fortalecer las conclusiones diagnosticas (Alcázar et al., 2008 citado por Chuquizutta, 2020) f) Análisis del caso: El fin es de logra una conclusión o diagnostico forense idóneo con valor significativo para los tribunales (Chuquizutta, 2020) g) Conclusiones y recomendaciones: Uso de todos los conocimientos científicos en psicología forense en temas de violencia y el impacto subjetivo que provoca en la victima (Asensi y Diez, 2016 citado por Chuquizutta, 2020). 2.2.4. Errores en pericia e informes psicológicos según Gonzales (2019) A. Falta de delimitación del objeto pericial B. Falta de coherencia entre el objetivo pericial y la metodología ejercida. Hay situaciones en las cuales se describe un objetivo y el mismo proceder del perito, la metodología utilizada, es contraria a dicho objetivo. También hay otras situaciones en las que no se alcanza el objetivo C. Emplear herramientas sin criterio definido, redundantes o carencia de validez en el contexto forense. A menudo se observa sobre exposición a pruebas innecesarias y/o que no evalúan el estudio de la simulación/disimulación o sobresimulación de síntomas. D. Constantemente se aplican pruebas para no valorar de manera adecuada los resultados. Se constata con frecuencia la falta de correlación entre los resultados de los diferentes reactivos y si dicha correlación es o no significativa y positiva. 15 E. Falta de relación entre los resultados de los instrumentos utilizados, siendo esto información basada en el reconocimiento de síntomas, y los resultados de las entrevistas clínico forense, esto es información productiva. Particularmente si dicha relación no es coincidente y, por tanto, contraria a la hipótesis inicial del estudio pericial. F. Emplear inapropiadamente protocolos para el estudio de la credibilidad. Con notable presencia de errores en la codificación de criterios de sistemas (ejemplo CBCV, SVA o RM) G. Inclinación a no constatar elementos contrarios a la hipótesis inicial, la finalidad es dar coherencia a los resultados, sin dar importancia a aspectos relevantes para la pericia. H. No considerar adecuadamente elementos externos al sujeto peritado tales como información presente en el proceso judicial (informes médicos, escolares, etc). I. La no consideración de aspectos cruciales como la ausencia de incredibilidad subjetiva J. No especificar en el informe las limitaciones y carencias de los procedimientos utilizados con la intención de generar una figura de robustez o solidez a metodologías que en realidad no la tienen por si mismas o por haber sido inadecuadamente empleadas K. Poca consideración por la bibliografía en las conclusiones, metodología usada, con notable ausencia de referencias bibliográficas que proporcione cientificidad al informe. 2.2.5. Admisibilidad de la Prueba Pericial según Duce (2015) La necesidad del conocimiento experto, la idoneidad del experto y la confiabilidad de la información experta. 1. La pertinencia o relevancia como criterio de admisibilidad de la prueba pericial La pertinencia de la prueba pericial refiere como criterio de admisibilidad para el ingreso de cualquier tipo de prueba pericial en los sistemas procesales penales, este 16 criterio se encuentra regulada dependiendo de la legislación o normativa legal de cada país perteneciente. También se considera que la pertinencia de la prueba pericial es conocida como la relevancia de la misma, debido a esto se consideran ambos términos de manera indistinta, ya que en algunas legislaciones la manifiestan de esa forma. Para reconocer la pertinencia o relevancia de una prueba se tendría que determinar los diferentes niveles de análisis. a) Relevancia lógica: La prueba será pertinente cuando exista una vinculación del contenido de la prueba con los hechos a discutir en juicio. En este primer nivel de análisis, el factor central que determinará la relevancia de la pericia está relacionado con su potencialidad para demostrar hechos que van a ser objeto de debate en el juicio, sin importar cuan razonables se presentaran o no los hechos, cuestión que será objeto de evaluación final por parte de los magistrados al momento de resolver el caso. Una vez ya comprendida la relevancia de la prueba se evita la producción de pruebas innecesarias en el proceso judicial, así se aprovecharía los eficientes recursos que provee por parte del sistema de justicia. Al mismo tiempo se evita que se introduzca información innecesaria para resolver el caso o fundamentar la sentencia, por lo contrario, este tipo de pruebas podría contaminar o confundir al juzgador. b) Pertinencia o relevancia: Este análisis se enfoca en el costo y beneficio en el que el juez debe determinar los aspectos favorables que la introducción de dicha prueba puede generar en juicio en contra de los potenciales perjuicios que pudiera producir su incorporación al mismo. El objetivo de este análisis es determinar si el valor probatorio potencial de la evidencia supera los perjuicios que ésta genera o por los “costos” que produce. En este nivel el juez se encarga de balancear el aporte de dicha prueba a la solución del caso en paralelo a los perjuicios (costos) que podría generar para la resolución del mismo o el funcionamiento general del sistema. Por ello se entiende que la pertinencia lógica se justifica como mecanismo que evita el mal uso de la prueba y la pertenencia legal intenta proteger diversos valores del 17 mismo. Es por eso que los perjuicios (costos) que se generan al admitir una prueba pueden ser de diversa naturaleza. 2. La necesidad del conocimiento experto Acá la necesidad es que el experto cuente con el conocimiento necesario para poder resolver el asunto sometido a debate en juicio. Este requisito surge a consecuencia natural de la lógica y función que cumple la prueba pericial en el proceso y es exigible para este tipo particular de prueba. Al final este conocimiento de experto es de utilidad para apreciar o conocer un hecho del caso. Alcances que otorga este requisito de admisibilidad a) El conocimiento del perito ayuda al tribunal a decidir algo que se encuentra fuera de su experiencia, conocimiento o capacidad de comprensión. El perito sería solicitado solo si el tribunal no esta en condiciones de apreciar el hecho o circunstancia a debatir. Por lo contrario si el tribunal puede comprender este tipo de hechos sin necesidad de un experto entonces se catalogaría como un caso de falta de necesidad y se declararía inadmisible este tipo de pruebas. Así pues, con lo antes dicho, se estaría evitando pruebas superfluas y que el perito sustituya la función propia del juzgador al pronunciarse sobre situaciones que son de competencia de quien decide el caso y sin que sea necesaria la intervención de expertos. b) La necesidad de una apreciación experta está ligada con el conducto apropiado para introducir la información sea del perito y no otro medio de prueba. Se podría decir que la necesidad de una opinión experta es necesidad de que el juzgador reciba información expresamente por vía del perito. Si el juzgador puede recibir información requerida que no sea por medio del peritaje, esta prueba no sería de necesidad 3. La idoneidad del perito En este requisito resalta la necesidad de acreditar a la persona que se presenta como experto, efectivamente lo sea. Si el sistema de justicia exige a expertos con la 18 finalidad de aportar información necesaria para fundamentar y resolver distintos casos judiciales a través de sus conclusiones u opiniones, lo lógico sería que se trate de una persona idónea, calificado en ciencia, arte o técnica sobre la cual presta declaración en juicio. La lógica de estas regulaciones es la de exigir calificaciones técnicas o profesionales por medio de la posesión de un título que lo habilite como requisito básico para quienes asuman el rol de perito. En caso de que se trate de un área de experticia informal o sin reglamento, lo que se busca es una idoneidad manifiesta del perito. No obstante, este requisito, trae de por si posibles problemas. Primero la idoneidad del perito debe ser acreditado en el área de experticia que pertenece y no desviarse de ello. El juez encargado debe verificar la acreditación del perito al área de experticia que corresponde para su declaración en juicio. El segundo tema a tratar es cual debería ser el estándar de acreditación de idoneidad requerido como requisito de admisibilidad de la prueba. Respondiendo a esto se entiende que en un sistema acusatorio hay dos juicios de idoneidad que se realiza a un perito en diferentes etapas. El primero es el juicio de admisibilidad, el cual refiere a no permitir el ingreso de expertos que no cumplan una mínima de calificación en su área de juicio. El segundo se realiza en la misma audiencia con el fin de pesar la credibilidad del perito y no de excluirlo. 4. Confiabilidad del peritaje Aquí se determina si el experto está aportando información razonable y aceptada dentro de la comunidad científica a la que pertenece. Es decir que los juicios que emita el perito deben estar ligados a los principios de la ciencia, arte o técnica que este pertenezca, de no respetar esto la pericia no se consideraría como valida. La idea central de la exigencia de confiabilidad de la opinión por parte del experto es que no todo lo que pueda decir un perito puede ser admitido a juicio. Para le sistema de justicia es relevante la opinión experta en proporción a que tenga un nivel de validez fuerte dentro de la comunidad de especialistas a la que pertenece. 19 El juez participa con un rol de filtro ante posibles pruebas periciales que no satisfagan las exigencias de relevancia y confiabilidad según lo que propone Daubert. Para los criterios de confiabilidad se tiene primero el caso Frye el cual establece el test de aceptación general, el cual se menciona que una prueba pericial podía ser admitida a juicio en medida que la técnica o teoría utilizada por el perito fuera de aceptación general en la comunidad que pertenece. En el caso Daubert se pone énfasis tanto en la relevancia de la prueba como en su confiabilidad. Daubert exige que la metodología utilizada en el peritaje se la adecuado desde la perspectiva científica. Para determinar la corrección de la metodología se elabora una lista de cuatro factores que debe ser evaluada por el juez:  La falseabilidad de la teoría o posibilidad de que esta sea testeada  Que haya sido sometida a revisión de pares o publicada  Conocimiento de la tasa potencial de error y la existencia de estándares que controlan la investigación sobre la cual se basa la teoría  Aceptación general de la metodología que subyace a a la teoría en la comunidad científica 2.2.6. Admisibilidad de la Prueba Pericial en el Perú según Tito (2020) El proceso de admisibilidad de la prueba se encuentra contenido en el código procesal penal del 2004 (Art. 385). Quien tiene esta competencia es el Juez encargado, tomando como criterios de admisibilidad: relevancia, pertinencia, utilidad y necesidad. Otra consideración es la de criterios generales de prueba como: 1) los extremos del parámetro de la pericia sean de característica técnica; 2) que los extremos del dictamen se relacionen con los hecho en controversia; 3) criterios especiales como el conocimiento experto por parte del perito; idoneidad del Perito, confiabilidad del peritaje 2.2.7. Acoso sexual Abarca un comportamiento continuo de diferentes formas reales y potenciales de generar violencia a la víctima, que van desde la intimidación y la jerga sexista hasta el abuso sexual y la violación, aunque para otros autores este acoso no está ligado 20 necesariamente a elementos sexuales sino más discriminatorios como estereotipos o expectativas basados en el género, como la heterosexualidad y el desempeño adecuado de los roles de género. Se asocia junto con la agresión sexual en consecuencias adversas referidas a las afectaciones tanto de salud física como mental (Bondestam y Lundqvist, 2020) (Johnson, Widnall y Benya, 2018) (Thurston et al., 2019). La manifestación del acoso también puede presentarse de manera no física y estas pueden ser mucho mas comunes en la vida de una mujer que la violencia de pareja. (Ptacek, 2016 citado en Dekeseredy, 2019, p. 4) Para el Codigo Penal Peruano (CPP) en su ultima actualización refiere que “el que, de cualquier forma, vigilia persigue, hostiga, asedia o busca establecer contacto o cercanía con una persona, sin el consentimiento de esta, para llevar a cabo actos de connotación sexual” (LP pasión por el derecho, 2022) 2.2.8. Abuso Sexual Acto vulneratorio de carácter sexual y abusivo el cual busca el sometimiento y silencio de la victima y su entorno. Podría comprenderse que este acto de abuso sexual empieza antes del abuso genital y termina después de ella (Murillo, 2020, p. 422– 423). Para Pérez (2019) considera abuso sexual a todo ataque a la libertad personal de otro producida en la dimensión de la sexualidad humana, concretado en una acción lúbrica llevada a cabo con violencia o intimidación. En estos casos el abuso sexual existe un abuso de poder por parte del agresor, el cual se denota no solo una asimetría de poder ejercida sino una asimetría en la relación que guarda (Murillo, 2020, p. 427)(Losada y Jursza, 2019, p. 2805). Por lo general hay presencia de prevalimiento en el abuso sexual, en donde el accionar de la víctima es coaccionada (Gavilán, 2018, p. 85). 2.2.9. Agresión Sexual Abarca la realización de actos no consentidos contra alguien que no puede consentir o rechazar, estos pueden ser como: contacto sexual no deseado, coerción sexual, 21 intento de violación y consumación (puede ser oral, vaginal o anal). Se puede realizar mediante la fuerza física, amenazas e incapacitación. Estos pueden traer problemas psicológicos, físicos, conductuales y académicos (Fedina, Holmes y Backes, 2016 citados en Holland, Cortina y Freyd, 2018) (Carey et al., 2018). En especial centrándose mas en consecuencias de carácter psicopatológico (Dworkin, 2020). Este fenómeno ocurre por lo general antes de la edad adulta siendo lo más probable que no se revele estas experiencias hasta la edad adulta, este retraso puede ser señal de síntomas relacionados a consecuencias psicopatológicas como el trastorno de estrés postraumático (Andalibi, N. et al., 2018, p. 8). 2.2.10. Violencia Para la Organización Mundial de la salud la violencia se manifiesta en uso intencional de la fuerza o poder físico, o poder real o amenazado, hacia otra persona, un grupo de personas o comunidad o uno mismo. (Minayo, 2020, como se citó en Medeiros et al., 2022). Estas pueden manifestarse de manera mecánica físicas, psicológicas, sexual o incluso adoptar la forma de violencia económica (Tetikcok et al., citado en Medeiros et al., 2022). Su fin es generar daño físico o psíquico (Fuentes y Alcaide, 2008 citado por Sepulveda, 2019, p. 57). 2.2.11. Violencia Sexual Según el Código Penal Peruano (CPP) en su última actualización en el 2021, la violación sexual a ser la aplicación de violencia, física y psicológica, con amenaza grave o tomando provecho de su situación de coacción o en cualquier otro tipo de contexto que imposibilite al agraviado dar su libre consentimiento, obligándole así a tener acceso coital vía vaginal, anal o bucal. También puede realizarse cualquier otro acto similar en la que consiste introducir un objeto o parte del cuerpo por alguna de las dos primeras vías. Históricamente en las legislaciones de los estados liberales occidentales es una evidencia excepcional, criminal, de un comportamiento el cual se desvía de lo normal en una sociedad (Erikson y Popa, 2018, p. 306) 22 La definición por parte de la Organización mundial de la Salud (2013) es la acción sexual con tentativa a ser realizado plenamente. Puede manifestarse en comentarios o insinuaciones sexuales no deseadas, o también la comercialización o manipulación de la sexualidad de la persona mediante coacción por otra persona. Esta coacción puede manifestarse como: aplicación de la fuerza de manera gradual, intimidación psicológica, extorsión y constante amenaza. Este fenómeno como tal contribuye a la desigualdad social en una amplia gama de casos y contextos en donde se presente. Su imposición reside en su ubicuidad como herramienta para dominar como en la facilidad con la que se vuelve invisible (Amstrong, Gleckman y Johnson, 2018, p.115) 2.2.12. La Sentencia A. Concepto Cuando los poderes del estado ejercen su labor se conlleva a un enlace y hechos de estos a través de las entidades que la compone. En la administración de justicia su accionar debe ser general, imparcial e independiente. Su actuación se evidencia en las resoluciones o sentencias. Entonces, la resolución judicial, viene a ser los actos del tribunal, tomando decisiones sobre cuestiones formuladas relacionadas al fondo o de carácter personal. Respetando la forma y el contenido, las sentencias se distribuyen en providencias, autos y sentencias (Herrera, 2008). Para Chiovenda (s.f. citado por Herrera, 2008) la sentencia es la resolución del juez que a pesar de acoger o rechazar la demanda, corrobora la existencia o inexistencia de la intención concreta de la ley. Entonces la sentencia puede extinguir, modificar o reconocer una posición jurídica originaria de la autoridad pública, perteneciente a un poder del estado que le ha otorgado esa facultad y que está en la responsabilidad de ejercerla siguiendo sus competencias. En sus efectos de la sentencia, finalizada la función judicial, puede dictar una solución al conflicto, permitiendo, a los órganos jurisdiccionales, ejercer sus competencias de ejecutar lo juzgado o a las partes ejercer su potestad de entablar 23 contra dicho dictamen solución de recursos que la normativa legal le concede (Herrera, 2008). Para la escuela española, se enfoca más en el aspecto material como refiere Aroca (s.f. citado por Herrera 2008) conceptualizándolo como la facultad de emplear de la normativa a hechos jurídicos controvertidos donde se sigue el sistema lógico de premisas (premisa mayor, premisa menor y conclusiones) de acorde con la formación de la ley y bajo el vocablo latino de que lo sentenciado resuelve el problema. El acto jurídico de la sentencia resuelve el conflicto, reconoce, afirma o extingue una situación jurídica a través de un ente que represente al estado, el cual está sumergido en la responsabilidad de respetar la legalidad, seguridad jurídica y los derechos humanos básico dentro del marco normativo legal. Este acto de sentencia proviene del juez, por eso se permite decir que la sentencia lleva un sello personalizado y su estilo. De acuerdo a eso se justificaba que las sentencias son el valor de lo que valen quienes la dictan, este enfoque surge ya que este es un acto representativo del estado (Coture, s.f. citado por Herrera, 2008) Este acto de resolución no es aislado, es el último paso fundamental para el cierre de caso, y este hecho judicial está asegurado y dirigido por una o varias entidades que componen un tribunal único o colegiado, ejecutándose esto lo más razonable y humanamente posible encubriendo esas zonas grises de la ley (Herrera, 2008) 3. METODOLOGÍA 3.1. Enfoque de investigación El enfoque de la siguiente investigación es cualitativo ya que no se efectuará ninguna medición de las categorías consideradas y se realizará un registro y descripción de los puntos de vista de los participantes (Sampieri, 2014, p. 358). El tipo de investigación es aplicada ya que el conocimiento generado se podrá emplear en la realización de la pericia psicológica (Lozada, 2014 citado en Correa, 2022, p. 27). 24 3.2. Diseño de investigación El diseño es fenomenológico descriptivo (Ataro, 2020) ya que los antecedentes de investigación del fenómeno a estudiar son escasos y se tratará de interpretar las perspectivas de cada sujeto a entrevistar. 3.3. Escenario de estudio y participantes Se tiene en consideración como escenario a la Corte Superior de Justicia del poder Judicial del Santa, el Ministerio Publico – Fiscalía a de la Nación y despachos jurídicos privados en el distrito fiscal del Santa. La intervención será presencial y de manera individual. La muestra es de experto, de característica homogénea ya que es necesario la opinión experta de los sujetos informantes y el cumplimiento de un perfil similar, en este caso son los jueces o exjueces, fiscales y abogados en el área penal quienes aún se mantienen activos en la labor evaluando las pericias psicológicas y expresando su punto de vista (Sampieri, 2014, p. 387-388). La cantidad de participantes a evaluar es 12 entre fiscales, jueces o exjueces y abogados laborando en el área de derecho penal con experiencia en hechos de violencia contra la libertad sexual en distrito fiscal del Santa. El muestreo es de conveniencia, ya que se busca muestras representativas cualitativamente cumpliendo características de interés por parte del investigador (Hernandez y Carpio, 2019, p. 78). 3.4. Estrategias de producción de datos Por conveniencia se aplicará la entrevista semiestructurada (Ryen, 2013; y Grinnell y Unrau, 2011 citado por Sampieri, 2014) donde se realizará una guía de preguntas y también se incorporarán preguntas para explorar los diferentes puntos de vista de los participantes acerca de que criterios tiene que cumplir los peritajes psicológicos en violencia sexual para que sean efectivos y como se implica en la sentencia. 3.5. Propuesta de análisis de datos Siguiendo el diseño de la investigación, el procesamiento de la información se realizará mediante el análisis detallado de los datos basado en la teoría fundamentada, la diversa 25 información que se pueda recolectar de la entrevista se codificara los datos recolectados, se describirá, analizara, interpretará y conceptualizará la información. La codificación de la información será axial y después se procederá a realizar la triangulación por medio del programa Atlas.ti en su versión 22 ya que la construcción del marco teórico por medio del análisis de datos se realiza sin perder de vista los objetivos y el marco teórico prexistente. Se redactarán las entrevistas en una hoja nueva del programa, se seleccionara las respuestas pertinentes para que puedan ser codificadas, se realizara una agrupación de códigos según al dominio que pertenezcan y luego pasaran a formarse las redes semánticas de las codificaciones agruapdas. 3.6. Criterios de rigor  El método de investigación es inductivo-analitico: lo que se quiere realizar es construir y fortalecer el marco conceptual estructurado a partir del análisis de información recolectada partiendo de lo particular.  Credibilidad: La guía de entrevista a aplicar ha pasado por un proceso de evaluación de expertos, con el fin de ser contextualizado a la realidad en que se va a desempeñar para que el recojo de información sea más confiable y lo más real posible, sin desviarse de los objetivos planteados.  Conformabilidad: El análisis de la información encontrada es aceptada por el asesor guía del trabajo presente, siendo conforme que lo encontrado surgen de la información recolectada.  Transferibilidad: Se reconocerá cualquier información que se identifique como un patrón que se cumple en el contexto donde se desarrolla la investigación. 3.7. Aspectos éticos La investigación presente tratara de seguir las normativas éticas por parte de la Universidad Norbert Wiener. Como primer paso de este proceso, dicho proyecto será 26 evaluado y revisado por el comité de ética de la Universidad Norbert Wiener con el fin de que no se infrinja ninguna de las normas éticas que la universidad respeta. Los datos recolectados por parte del investigador serán publicados primero bajo el permiso y consentimiento de los sujetos participantes del estudio. Para mayor seguridad se reserva información sensible que pueda identificar a los participantes de manera particular, ya que esto no es relevante para la investigación y se salvaguarda la integridad del participante. Como método final, para el cumplimiento del reglamento ético, se tratará de conservar la originalidad el trabajo. Para esto se necesitará ayuda de recursos digitales como lo es el PROGRAMA TURNITIN ® el cual facilita la detección de similitud o plagio del trabajo de investigación con otras fuentes de información virtual. Si bien es cierto que el plagio es un comportamiento antiético y que comúnmente lo realizan los estudiantes, este programa ayuda en prevenir cualquier situación que intente atentar contra esta norma. 27 4. PRESENTACIÓN Y DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS 4.1. Resultados y triangulación Objetivo específico 1: Determinar los criterios de la formación académica del perito psicólogo en la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa – 2022. Figura1: Para determinar los criterios efectivos en la formación académica del perito psicólogo se analizaron las respuestas de las preguntas formuladas: C1: Capacitación en herramientas básicas para evaluación psicológica: el entrevistado indicó “El psicólogo debe manejar la entrevista tanto en anamnesis o estado mental, Esto influye en poder realizar una pericia más certera (E9)”. C2: Capacitación en herramientas para evaluación pericial psicológica: los entrevistados refieren lo siguiente “detectar algún relato el cual carezca de veracidad (E9)”; “Desarrollar cursos de especialidad en su condición de perito … formular adecuadamente las preguntas abiertas, de ser necesarias algunas preguntas sugestivas o cerradas … Considero que el psicólogo debe 28 manejar adecuadamente el interrogatorio abierto de manera cronológica y temática para que haya un orden sobre los hechos de violencia sexual (E5)”; “Cuales son las técnicas que utiliza, si las conclusiones están bien fundamentadas en virtud al análisis realizado por el perito … cuál es la metodología que se utiliza para emitir un informe y si esa metodología utilizada concuerda con las conclusiones (E4)”; “En el ministerio público existe, a través de la escuela del ministerio público, muchas capacitaciones al respecto (E3)”; “ pero ahora el código contempla lo que es la prueba anticipada … también lo que establece la jurisprudencia es que no tiene que darse la revictimización, es decir que se tiene que hacer una sola declaración, la cual sirve para juicio … el perito debe tener las técnica y la metodología … especializado en sus técnicas para tratar con personas agredidas sexualmente (E2)”; “Entonces de lo que se trata es de llegar a establecer que efectivamente existe esa afectación en base a criterios objetivos a lo que se pueda observar y no a lo que cree el psicólogo (E1)”. C3: Capacitación en oralización de la pericia: los entrevistados refieren lo siguiente “Mencionar punto por punto explayándose. Hay una explicación incluso de los puntos que pueda desacreditar (E10)”; “Comunicar y ser objetivos en sus valoraciones … El psicólogo narra lo que dice la víctima y luego expone en su opinión el análisis de ese relato y si la víctima ha tenido algún nivel de afectación (E7)”; “El psicólogo explica los hechos que motivaron la pericia, las técnicas utilizadas y las evaluaciones de área: familiar, personal y social (E5)”; “Se someten a las preguntas y al debate respectivo (E3)”; “ahí tienen que narrar los protocolos, métodos utilizados, las conclusiones, etc … Uno espera a que digan cómo es su aspecto familiar, las técnicas que utilizó o a las pruebas utilizadas (E2)”; “Oralización de los puntos relevantes (E1)”. C4: Capacitación protocolar y normativa legal: los entrevistados mencionan lo siguiente “las conclusiones del diagnóstico de los psicólogos son contextualizadas, respetando los protocolos normativos dentro de sus actividades (E11)”; “pasantías en donde se abordan los protocolos como debe ser abordado la victima … El perito psicólogo no puede llevar la entrevista única si no lleva esta capacitación protocolar (E3)”. C5: Desarrollo de habilidades blandas en la formación general: las referencias son las siguientes “Desarrollo de las habilidades blandas … inmediación (E11)”; “Saber llegar a la víctima y entablar una buena relación evaluador-evaluada, señalan con claridad lo que se solicita (E10)”; “El psicólogo tiene 29 que saber llegar al evaluado y empatizar para poder captar la mayor información posible y también que sea información veraz … esto se da siempre y cuando el psicólogo pueda entablar una adecuada relación con el evaluado (E9)”; “tiene que saber comunicar y explicar sus resultados (E7)”; “deben manejar adecuadamente las técnicas de interrogación, formular adecuadamente las preguntas abiertas, de ser necesarios algunas preguntas sugestivas o cerradas. Pero básicamente mejorar y manejar el interrogatorio directo (E5)”; “La exhaustividad con que realiza su peritaje (E4)”; “tiene que generar confianza con el evaluado, saber llegar a la persona, al haber confianza puede desarrollarse una empatía y esta tiene que permitir cierto grado de confianza para que no se trasgiverse los hechos y que no haya una distancia entre el perito y el evaluado así podrá haber una apertura adecuada para que relate lo sucedido (E3)”; “El perito debe tener las técnicas y la metodología de llegar a esta persona…El psicólogo debe mostrar empatía, saber llegar a las personas y establecer confianza con las victimas ya que estas llegan temerosas, con el daño que ha sufrido por la acción violenta, entonces el perito debe tener la técnica para poder llegar (E2)”; “Comunicación (E1)”; “empatía, paciencia y ser concreto al hablar sin reanudar en cuestiones técnicas (E6)”. C6 Especialidades necesarias para intervención pericial en violencia sexual: se menciona lo siguiente “Psicología forense, criminalística, en materia de derecho penal (E12)”; “Medicina legal se capacitan para poder entrevistar a víctimas de agresiones sexuales…técnicas especiales para poder entrevistarse a estos menores o a una persona víctima de violencia sexual…Se utilizan técnicas diferentes para interrogar a personas que han sido presuntamente agredidas sea en la modalidad que se presente: agresión sexual. Tocamiento (E4)”; “Violencia sexual que son principales para simpatizar ya tender así la víctima entre en confianza y relatar de manera espontánea lo que ha sucedido … agresiones intrafamiliares, violencia de género. Cuando tenemos ese escollo cuando las víctimas son niñas, mujeres, tienen cierto recelo a ser evaluadas por un personal varón (E3)”; “Debe tener una especialización en personas agredidas sexualmente…perfil de personas que padezcan agresiones … violencia sexual dentro del delito de agresiones contra la mujer e integrantes del grupo familiar, tiene que especializarse en eso, en atención a menores y mujeres violentadas (E2)”. C7 Especialización de posgrado: se dice lo siguiente “Materias de estudios forenses, criminalística, y parte básica del aspecto 30 normativo penal (E12)”; “Especialización técnica como estudios forenses … tener preparación en victimología, estudios forenses (E11)”; “Especialización en psicología forense para poder entrar en ámbitos jurídicos … psicología clínica (E9)”; “especializado en psicología forense con la finalidad que pueda responder necesidades judiciales y forenses (E8, E7, E4, E1, E6)”; “Fortalecer su formación teórica (E5)”; “Sería en el área forense, conocer un poco como actúa el agresor sexual, el que agrede o maltrata física y psicológica, cual es el actual criminológico de esta persona para que sobre ellos se pueda abordar a la víctima (E3)”; “El resultado que arroje debe estar acorde con la sintomatología relacionada con el hecho a investigar porque se trata de casos donde el evaluado aparentemente se encontraría afectado por el hecho negativo de su vida … criminalística con un enfoque forense … ciencias forense, criminología … tiene que haber un estudio previo, una especialización en temas de esa naturaleza porque es un tema específico (E1, E6)”. C8 Especialización en su pregrado: los entrevistados refieren lo siguiente “Debe estar especializado en su formación general, enfocado en el ámbito judicial, en lo que desee especializarse (E10, E8)”; “Analizar el entorno de la víctima, el grado cognitivo, el lenguaje, ubicación espacio tiempo, nivel social de la víctima, calidad narrativa, que hablen con coherencia y en base a ello brindan su evaluación para poder brindar sus conclusiones (E3)”; “Objetividad en su trabajo, no dejarse llevar por temas o cuestiones subjetivas o afectaciones personales para poder realizar conclusión (E1)”; “Adquirir conocimientos jurídicos básicos. Y que la formación académica sea tanto teórica como práctica de manera solida (E6)”. C9 Evaluación pericial psicológica especializada: los entrevistados refieren lo siguiente “Los psicólogos hacen una entrevista para ver la condición psicológica de una persona, es insuficiente (E8)”; “Fundamente el contexto en el que se ha desarrollado una determinada situación porque cuando es peritaje se presenta a nivel de fiscalía de investigación se tiene que someter a un contradictorio frente a un juez … se debe realizar 3 citas (E4)”. C10 Habilidades básicas desarrolladas en su formación: el entrevistado refiere lo siguiente “Con la víctima tendría que inspirarle confianza para romper esa barrera que impide que se forme esa relación entre evaluador y evaluado, así podrá generar confianza (E8)”. C11 Habilidades duras desarrolladas en su formación: los entrevistados refieren lo siguiente “Conocimiento y su capacidad para detectar con 31 objetividad a resultados y conclusiones (E12)”; “ Advertir dentro de las entrevistas e interrogatorios situaciones reales de los procesados (E11)”; “Tiene que saber manejar una entrevista especializada, brindar más confianza, son colaboradores, empáticos (E10)”; “Detectar algún relato el cual carezca de veracidad (E9)”; “Analizar la conducta de las personas que presuntamente son víctimas de violencia sexual (E4)”; “El psicólogo tiene que ver como esta persona desde el momento que ve (E2)”; “Capacidad de análisis, capacidad para procesar información adecuadamente y siempre bajo el criterio de objetividad…es análisis forense, lo relacionado a un hecho de evaluar pero desde un punto de vista del derecho penal (E1)”. C12 Planificación en desarrollo de la pericia: el entrevistado menciona lo siguiente “ver cómo va a abordar la pericia, planificar (E2)”. Objetivo Específico 2: Determinar los criterios de efectividad de la experiencia profesional del perito psicólogo en la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa – 2022 Figura 2: 32 Para determinar los criterios de efectividad en la experiencia del profesional se analizaron las respuestas a las preguntas de los entrevistados: C1 Análisis integral de la víctima: se considera la respuesta del siguiente entrevistado “El análisis tiene que ser integral: área familiar, social, educativa. La finalidad es de tener un panorama más amplio del caso (E3)”. C2 Conocimiento adquirido por experiencia en peritaje: los entrevistados mencionan lo siguiente “La experiencia en peritaje sobre delitos de violación sexual les genera mayor conocimiento (E12)”; “Experiencia laboral como perito va a consolidar su labor teórica y práctica (E5)”; “Conclusiones deben estar bien fundamentadas (E4)”; “Poder aplicarlo en la práctica (E1)”. C3 Contextualización de casos: el entrevistado menciona lo siguiente “Ya que cada caso debe manera contextual (E11)”. C4 Delimitar la pericia: los entrevistados mencionan lo siguiente “conocer el marco conceptual de actos contra el pudor, violencia sexual, abuso sexual infantil, a manera general, así se podrá determinar porqué motivo está evaluando y que es lo que necesita encontrar (E10)”; “Para que en base a ello se pueda estable los parámetros de actuación que van a tener dentro de la evaluación, ver a donde van a apuntar (E1)”. C5 Descripción oral de los hechos y la pericia: los entrevistados mencionan lo siguiente “indique el comportamiento del menor niño manifestado en cámara gessel describiendo y explicando su afectación. El psicólogo debe relatar tanto el comportamiento (E10)”; “detallando cada uno de los términos que se han plasmado (E1)”. C6 Determinación de la relación de los hechos con la afectación: los entrevistados relatan lo siguiente “conexión de los hechos con la afectación en la víctima de violencia sexual (E12)”; “determinar si el hecho materia de imputación cual ha sido la metodología usada para llegar a la conclusión (E4)”; “algunos hechos y conclusiones (E3)”. C7 Dominio conceptual: los entrevistados mencionan lo siguiente “Conocimientos del marco conceptual (E10)”; “el perito tiene que saber explicar su terminología adecuada especificando el significado de la terminología (E8, E6, E1)”; “si es comprensible lo que el perito ha querido exponer, explican su glosario de términos que señalan su pericia…dejar de lado los tecnicismos, ejemplificar y dar acotaciones adicionales a su pericia que son objetivas para que pueda ilustrar al juez, fiscal y las partes (E3)”. C8 Dominio de conocimientos en violencia sexual: los entrevistados mencionan lo siguiente “Debe conocer del tema y estar debidamente capacitado (E12)”; “conocer que 33 son actos contra el pudor, violación sexual, abuso sexual infantil a manera general (E10)”; “Efectos de la violencia sexual (E7)”; “Violencia ya sea sexual o psicológica (E1)”. C9 Dominio de la oralización de la pericia: el entrevistado menciona lo siguiente “informar cómo se ha desarrollado estas sesiones para que el juez pueda apreciar el estado de la víctima al momento de la evaluación que contraste con los resultados…en su exposición, se supone que no está hablando de una víctima en violencia sexual entonces tiene que expresar de que forma ha sido la interacción, como se ha expresado, como ha visto a la víctima, como se ha manifestado…la narración de los hechos (E1)”. C10 Dominio del caso pericial: los entrevistados mencionan lo siguiente “Dominar la pericia a profundidad, conocerlo a detalle. Ha habido casos donde peritos no recordaban sus pericias debido a la gran cantidad de pericias que producen entonces se veían forzados en leer su pericia en plena audiencia (E10)”; “Dominio de su pericia de manera coherente y a profundidad (E9)”; “conocer resultados y conclusiones de su caso esencialmente (E7, E2; E1)”; “La finalidad es tener un panorama más amplio del caso (E3)”. C11 Dominio de temas psicológicos: el entrevistado relata lo siguiente “Conocer temas propios de la psicología (ansiedad, estrés, depresión, etc), de su propia rama (E7)”. C12 Dominio evaluativo, metodológico y protocolar: los entrevistados refieren lo siguiente “Dominar el manejo de sus preguntas, así como de sus resultados. Manejar aspectos protocolares de manera adecuada (E12, E6)”; “En el aspecto científico utilizar una metodología en base a entrevistas y pruebas psicológicas (E11, E9, E4)”; “Dominar el aspecto protocolar para poder evaluar a las víctimas (E10, E3, E2)”; “Tiene que respetar la parte evaluativa, seguir las etapas de cada procedimiento, aplicar un adecuado procedimiento de acuerdo al caso y a quien entrevista…manejar temas de entrevista y lenguaje no verbal (E8)”; “Básicamente es trascendente las técnicas que utiliza para su apreciación psicológica y sus conclusiones …técnico como fundamental para la intervención pericial (E5, E4, E2)”; “Si esta metodología es aceptada por la organización mundial de la salud y por los protocolos establecidos…el perito deben tener las condiciones para desarrollar una entrevista (E4)”; “Cual ah sido la metodología que ha aplicado durante las sesiones con la víctima (E1)”. C13 Ejercicio continuo de la profesión: los entrevistados refieren lo siguiente “Considero que el tiempo de experiencia es importante, en tema de tiempos sería necesario tres años de experiencia 34 ejerciendo la profesión (E3)”; “Considero que el psicólogo debe tener 5 años de experiencia constante considerando también la practica realizada como estudiante pregrado”. C14 Empleación de habilidades blandas: el entrevistado refiere lo siguiente “saber llegar al agraviado y establecer una relación de confianza (E10)”. C15 Empleación de síntesis: el entrevistado refiere lo siguiente “hacer un resumen de los hechos (E1)”. C16 Esclarecimiento y señalización de la afectación psicológica: los entrevistados refieren los siguiente “Debiendo señalar las razones de la afectación psicológica como resultado de la violencia sexual (E11)”; “Señalan la conclusión (E3)”; “Determinar que es creíble su relato y como determina la afectación psicológica, que es lo que ha valorado, ellos son realmente técnico …quedan arribar a sus conclusiones (E2)”; “señalar los puntos relevantes, la dinámica de las secciones que ha tenido con la víctima (E1)”. C17 Evaluación y diagnóstico de sintomatología y psicopatología: el entrevistado manifiesta lo siguiente “síntomas que pueda encontrar en la agraviada (E2)”. C18 Experiencia acumulada: los entrevistados manifiestan lo siguiente “mayor número de pericias, mayor será el conocimiento y la optimización de sus resultados (E12)”; “en realidad es la cantidad de pericias que el profesional puede abarcar en una institución o en particular (E10)”; “Considero que la experiencia debe ser continua y acumulativa (E9)”; “Valoro más la experiencia acumulada durante el tiempo (E8)”, “Experiencia para desarrollar un buen peritaje, es necesario verificar el número de casos atendidos que número de años (E7)”; “Considero que en realidad es la cantidad de pericias que realiza, creo que el perito que realiza mil a dos mil pericias ya tiene experiencia en delitos de violación sexual, también en todo tipo de pericia y específicamente en violencia sexual, mínimo 50 pericias (E2). C19 Lenguaje oral sencillo: los entrevistados mencionan lo siguiente “Lenguaje sencillo y comprensible para facilitar la labor del juez y los actores de un juicio (E12, E5, E4, E3, E6)”; “Son claros y explican sus términos técnicos que a simple escucha no se puede (E10, E9)”; “El uso de un lenguaje sobrio permite que se dé una pericia efectiva en el aspecto oral (E5, E2)”. C20 Lógica y coherencia en la oralización de la pericia: los entrevistados refieren lo siguiente “análisis un resultado lógico … redacción lógica y coherente (E11)”; “Coherencia y secuencia lógica en lo que expresa … que sea objetivo y concreto al momento de especificar si la víctima tiene o no daño o afectación (E7, E6)”; “Cuando 35 el perito explica su pericia tiene que convencer al juez (E4, E2)”; “pericia que son objetivas para que pueda ilustrar al juez, fiscal y las partes (E3)”. C21 Manejo de conocimiento legal: los entrevistados mencionan “Considero que tener nociones básicas de derecho penal en materia de violación sexual, pero sobre todo conocer la parte procesal penal (E12)”; “El psicólogo debe tener conocimientos básicos y algo más básicos sobre la normativa en la materia penal, como el código penal, el código procesal penal, código de los niños y adolescentes, debiendo estar actualizado respecto a modificatorias legales (E11, E2, E6)”; “ mantener un conocimiento legal para poder abordar su pericia dentro del proceso que le corresponde (E9, E8)”; “El perito tiene que saber de derecho para no infringir lo que está en el código y cumplir con las formalidades. Dependiendo del proceso en que se encuentre el perito debe saber la normativa legal que necesite ya sea en procesos civiles, penales, de familia (E8)”; “Manejar protocolos de cámara Gessell, los protocolos de pericia psicológica que son criterios normativos internos que regulan la forma como se debe llevar a cabo una evaluación o la entrevista en cámara gessell donde se va a obtener información y como es que, desde el enfoque criminalístico, criminológico, se debe realizar la evaluación psicológica (E1)”. C22 Manejo de conocimiento técnico en estrategias de interrogatorio y entrevistas con preguntas abiertas y cerradas: Los entrevistados mencionan lo siguiente “Minucioso y estratega puede ser la elaboración de sus preguntas abiertas o cerradas cuando sea necesario (E11)”; “Dominar técnicas de interrogatorio y entrevista para poder obtener información necesaria (E10, E6)”; “Esto da rigor científico a las conclusiones (E5)”. C23 Manejo de conocimiento teórico pericial: los entrevistados refieren lo siguiente “Capacitación especial que puede recibir por parte del centro de medicina legal y la calidad experiencia adquirida (E4)”; “Conocimientos del tema, realizar un informe psicológico del caso (E2)”; “Especialización para poder ser calificados como tal, yo no creo que sea un tema de experiencia si no de preparación (E1)”. C24 Manejo práctico del conocimiento: el entrevistado refiere lo siguiente “practica de los distintos conocimientos (E8)”. C25 Oralización secuencial y ordenada: los entrevistados mencionan “Explicar de manera ordenada todo el proceso de las evidencias encontradas (E12)”; “Metodología empleada para realizar la pericia (E9)”; “Debe ser claro al momento de explicar los conceptos que tiene que transmitir. 36 Tratamos de no quedarnos con la duda (E7)”. C26 Orden y cronología en la oralización de los hechos y la pericia: el entrevistado refiere “llevar un relato de hechos cronológicos”. C27 Plasmar conocimiento académico en la pericia: el entrevistado refiere “tiene que ver con la capacidad académica (E1)”. C28 Practica profesional en peritaje: el entrevistado refiere “La práctica realizada como estudiante de pregrado haciendo pie tanto en la intervención pericial (entrevista como la elaboración del informe (E6). Objetivo Específico 3: Determinar los criterios de efectividad del informe pericial del psicólogo en la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa – 2022 Figura 3 37 Para determinar los criterios de efectividad del informe pericial psicológico en casos de violencia sexual se realizó un análisis de las respuestas brindadas por los candidatos: C1 Concreción y corroboración en el relato escrito: los entrevistados relataron los siguiente “Hablar cosas en concreto (E8)”; “Es importante ya que por medio del informe pericial el Perito puede corroborar o no la declaración de la víctima … corrobora o no la afectación de la víctima (E7, E5)”; “Si no hay la afectación emocional que se corrobora con la prueba pericial no hay nada … acreditar el hecho es la prueba psicológica en donde el evaluador señala que en efecto hay afectación por tocamiento hacia la víctima, en esos casos es importante la evaluación pericial psicológica (E3)”; “Reafirma lo que el perito ha mencionado en su sustentación oral (E6)”. C2 Conocimiento enfocado a determinar el agravio de la víctima: las respuestas por parte de los entrevistados son “Conocimiento técnico-científico para determinar la afectación de la víctima (E12)”; “Si, el especialista debió haber enfocado su conocimiento a determinar el agravio de la víctima (E8)”; “encontrar o determinar el daño ocasionado por el imputado (E6)”. C3 Consistencia y rigor científico: el entrevistado refiere lo siguiente “al usar técnica científica es válido para poder dar consistencia a la pericia (E6)”. C4 Contribución a la sustentación de la sentencia: el entrevistado refiere lo siguiente “si surge los efectos para poder sustentar la sentencia (E8)”. C5 Correspondencia redactada: el entrevistado menciona lo siguiente “Correspondencia entre los hechos estudiados y las conclusiones (E11)”. C6 Datos de filiación necesarios: los entrevistados manifiestan lo siguiente “Datos especificados (E8)”. C7 Desarrollo de conclusiones: los entrevistados mencionan lo siguiente “Luego ya vienen las conclusiones en relación con cada uno de los aspectos del entorno y aspectos personales (E1)”. C8 Descripción escrita de los hechos y lo evaluado: los entrevistados mencionan lo siguiente “Los informes periciales deben permitir analizar y conocer las razones … detallistas en la explicación de los fundamentos que sustentan sus conclusiones (E11)”; “Lenguaje más amplio y detallado (E1)”. C9 Detalle de resultados: el entrevistado menciona lo siguiente “es importante desarrollar el tema de resultados de cada una de las pruebas que toman, que arroja cada una de las pruebas y no solo enumerarlas … es importante para ver si hay compatibilidad entre los resultados y el tipo de prueba que se ha tomado (E1)”. C10 Dominio del 38 conocimiento técnico-científico: lo que se rescató en la entrevista fue lo siguiente “Conocimiento técnico científico del perito le va a permitir utilizar las técnicas o metodología adecuada para abordar el caso de manera particular (E8)”; Utiliza las técnicas periciales adecuadas para que tenga un valor pericial y el rigor científico adecuado (E5)”. C11 Especificación metodológica: los que se rescató en la entrevista fue lo siguiente “especifica que procedimientos, técnicas o pasos que ha seguido para llegar a la conclusión (E8)”; “Que el detalle sea minucioso, que vaya el tiempo de entrevista, la conversación transcrita en el documento y que sus conclusiones sean claras y de precisión (E2)”. C12 Estructura definida: se puedo ubicar los siguientes comentarios “Estructura definida: hechos relatados en cámara Gessel, hechos relatados en sesiones personales (E1)”. C13 Inclusión de recomendaciones: se puedo recopilar los siguientes comentarios “Incluir recomendaciones, no solo consiste en concluir, sino también recomendar tratamiento que debe seguir la evaluada y el tiempo que debe ser tratada (E12, E5, E3, E2, E6)”. C14 Lenguaje escrito sencillo: los entrevistados comentan lo siguiente “lenguaje sencillo y entendible, minucioso en aspectos necesarios (E12, E4, E3, E2)”; “apreciación de lo que ha sucedido, como ha sucedido y si es que ha sucedido… breve y que responda lo que se pide (E10)”; “Secuencia clara (E5)”; “comprendes, entiendes y aceptas las conclusiones (E4)”. C15 Lógica y coherencia en los resultados escritos: los entrevistados refieren lo siguiente “hay lógica y coherencia de los hechos con los resultados (E12, E2)”; “elaborado conforme a las reglas de la lógica (E11)”; “Orden (E5)”. C16 Organización en el informe pericial: los entrevistados mencionan “el esquema busca que la labor del perito esté organizada (E11)”; “Comprender la forma del informe ayuda a poder entender la expresión del psicólogo (E6)”. C17 Plasmar conocimiento pericial en el informe: los recopilado es lo siguiente “El conocimiento técnico-científico aporta a la solución de un caso, en suma, con su experiencia. Debemos tener en cuenta que el perito psicólogo estudia a profundidad la mente y analiza la personalidad de los sujetos, lo que les permite aterrizar en una adecuada solución (E11)”; “Metodología empleada del psicólogo: entrevista y pruebas psicológicas (E6)”. C18 Reconocimiento y ubicación de las partes del informe pericial: los entrevistados manifestaron lo siguiente “se sabe que parte del informe recurrir para poder entender la pericia, se ubican los hechos y después las 39 preguntas del ministerio público y la defensa (E10)”; “nos permite reconocer la forma (E9)”; “se puede ubicar el trabajo y la metodología (E7)”; “ que se señale la entrevista que realizó, la metodología especificando los test que se aplicó, la observación de la conducta y señalar área cognoscitiva, emocional, de relaciones interpersonales y otros comportamientos de importancia (patológicos) (E3)”; “ Importa porque se ve como se a realizado, cuantas entrevistas tuvo, cuantas horas pasó con la persona (E2)”.C19 Redacción breve y puntual de las conclusiones: los entrevistados comentaron lo siguiente “las conclusiones son pequeñas, comprensibles y puntuales (E9, E8, E6). C20 Respetar la normativa básica de informe psicológico: se rescató lo siguiente “entrevistas, en tiempo invertido, la metodología utilizada, efectuar conclusiones (E12)”; “Recomendaciones, es necesario para un orden (E5)”; “Cuando cumple los parámetros que implica la norma (E3)”. C21 Respetar la normativa de informe pericial en el código procesal penal: se pudo rescatar los siguientes comentarios “Conforme a la normativa de la materia, siendo relevante más el fondo que la forma del informe (E12)”; “Aspectos básicos que dictan en el código procesal penal (E9)”; “Manejar datos generales, la data: hechos que motivan la evaluación, la dinámica familiar, la historia familiar, las técnicas que usan para las pericias (E5)” C22 Señalización de hechos, causas y consecuencias: se puedo rescatar lo siguiente de las entrevistas “redacción y señalización de hechos, causas y consecuencias. C23 Tecnicismo especializado: los entrevistados aportaron lo siguiente “lenguaje técnico y puntual de acuerdo a la profesión (E11, E10, E9; E8)”; “A veces hay restricciones a su capacidad de expresar lo que realmente han encontrado, muchas veces ellos piensan que lo pueden poner en un término y lo van a poder desarrollar en audiencia, me parece que no es así yo creo que debe estar todo en la pericia, en todo caso en la audiencia lo que tiene que hacer es matizar (E1)”. C24 Transcripción del relato: los entrevistados respondieron lo siguiente “Conversaciones transcritas en el documento y que sus conclusiones sean claras y de precisión (E2)”. 40 Objetivo Específico 4: Determinar que indicadores atenúan la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual en el distrito fiscal del Santa – 2022 Figura 4 Para determinar que indicadores son señal de una pericia desfavorable para la víctima en violencia sexual, se realizó un análisis a las distintas opiniones compartidas: I1 Ausencia de evaluación sobre veracidad del relato: lo que comenta el entrevistado es lo siguiente “Habla sobre la coherencia o credibilidad del relato no realizan ese tipo de pericias y eso afecta el tema declaratorio de la víctima (E2)”. I2 Ausencia de fuentes bibliográficas: lo recopilado en la entrevista fue “las pericias oficiales por lo general no colocan las fuentes que la fundamentan (E8)”. I3 Carencia de objetividad en los resultados: los entrevistados mencionan que “las pericias no están dentro del contexto, muchas veces careciendo de objetividad sus resultados (E12)”; “Falta de objetividad y autocrítica, sin poder reconocer las falencias de la pericia (E1)”. I4 Carga laboral: “por carga laboral a veces no tienen las suficientes sesiones como para evaluar a la víctima (E8)”. I5 Desconocimiento de aspectos y normativas legales: los entrevistados 41 refieren que “Si no respeto lo que está en dicho artículo o de las partes que están dentro de ese capítulo que se encuentran desde el 181 al 192 del código procesal penal, estoy vulnerando el debido proceso, como consecuencia jurídica tendría la nulidad de la prueba (E8)”. I6 Desconocimiento de la pericia a trata e improvisación: las respuestas rescatadas son las siguientes “Esto se debe a la falta de preparación de sus entrevistas e improvisación … Se tiene que estar preguntando punto por punto de sus conclusiones (E2)”. I7 Desconocimiento de limitaciones y falencias: el entrevistado menciona lo siguiente “Capaces de reconocer de que han sido deficientes, entonces tratan de cubrir aquellas falencias en audiencia y terminan afectando los estados probatorios. Genera mayores cuestionamientos que a su vez implica que estos cuestionamientos denoten que hay incoherencias dentro de la exposición del perito (E1)”. I8 Desentendimiento de protocolo: el entrevistado refiere lo siguiente “cuando el evaluado desea ya no participar de la evaluación el perito se escuda que el procedimiento protocolar del ministerio público no es el adecuado (E8)”. I9 Estandarización y generalización de trabajo: el entrevistado comenta lo siguiente “Sus evaluaciones y conclusiones es generalizar, realizando los mismos procedimientos para todos a pesar de tener un protocolo, estandarizan su trabajo o procedimiento (E8)”. I10 Falta de coherencia entre los resultados, conclusiones y hechos: los entrevistados mencionan lo siguiente “no hay coherencia en los resultados con los hechos, hay falta de correspondencia entre lo factico y las conclusiones obtenidas (E12, E11)”; “las partes terminan incurriendo en incoherencia o incongruencia generando más dudas que afecta el valor probatorio de la pericia … el juez va a valorar si la pericia cumple con los presupuestos para generar certeza. A veces el fiscal también le resulta difícil defender su teoría de caso con las incongruencias que se pueden presentar en la pericia … muchas veces se puede encontrar conclusiones que no guardan coherencia con los resultados, entonces allí hay un desface que generan incoherencia en las audiencias y quita credibilidad al perito que está exponiendo. Este desface puede estar relacionado a una sobrecarga, se puede ver una uniformidad en los criterios y las pericias son muy parecidas, esto me desconcierta porque espero un poco más de análisis, más particular y con más profundidad (E1)”. I11 Falta de disponibilidad por parte del agraviado: el entrevistado menciona que “la víctima no se encontrará emocionalmente lista para realizar la pericia, muchas personas 42 se callan, no dan datos precisos, no dan tiempo ni lugar (E2)”. I12 Falta de énfasis en lo hallado: el entrevistado refiere lo siguiente “el perito no coloca énfasis en su pericia y eso hace que pierda fuerza su trabajo (E6)”. I13 Inexperiencia del perito: el entrevistado relata lo siguiente “No fundamentan sus conclusiones, tiene que existir coherencia entre lo que se resuelve y los fundamentos que se están dando (E4)”. I14 Información falsa, inexistente u omisión: el entrevistado menciona lo siguiente “EL perito debe ampliar lo que tiene que expresar en su informe si limitarse escribiendo lo necesario … cuando el perito da explicaciones sobre puntos que no está en la pericia. Ha pasado que el perito ha intentado justificar ciertas cosas de su pericia y no lo ha logrado en mi criterio y es un punto en contra para la teoría del caso (E1)”. I15 Justificaciones infundamentadas: el entrevistado refiere lo siguiente “tratan de justificar los errores cometidos en la pericia psicológica (E8)”. I16 Poca profundización en el tema: el entrevistado comenta lo siguiente “no ahondan en el tema, no buscan cosas más a profundidad que sea valioso para la teoría del caso (E9)”. I17 Presencia de subjetividad: el entrevistado refiere “me podido encontrar con peritos demasiado subjetivos en sus evaluaciones, llegan a hacer conclusiones desde la subjetividad. Entonces estos tienen que saber objetivamente los resultados (E7)”. I18 Psicólogos no capacitados en ámbitos periciales en violencia sexual: el entrevistado refiere “falta de capacitación por parte del centro de trabajo o externo (E4)”. I19 Rechazo de la evaluación por parte de la víctima: según lo comentado por el entrevistado “la persona evaluada no regresa a retomar sus evaluaciones, puede no sentirse cómoda como también puede ser manipulada por algún miembro externo e incluso por el mismo agresor (E8). I20 Redacción inadecuada: el entrevistado refiere “en ocasiones he visto pericias redactadas en primera persona o en tiempo presente (E3)”. I21 Reduccionismo: loes entrevistados comentan que “Esto dificultaría la sustentación oral del perito ya que se limita a lo técnico … las conclusiones son muy técnicas … escuetas … cuando se le pregunta solo menciona sus conclusiones … la pericia escueta es de 4 hojas (E2)”; “No se puede aparecer conclusiones o resultados que no están en tu pericia. Esa carencia afecta la credibilidad la objetividad del documento, del protocolo de pericias psicológicas (E1)”. I22 Redundancia: el entrevistado menciona lo siguiente “cuales redundan ya sea por practica o por estilar así. El uso de términos es reiterativo y 43 redundante al momento de referirse al relato de la víctima (E6)”. I23 Tiempo insuficiente: el entrevistador menciona lo siguiente “el factor suele ser usado como justificante como para no hacer un trabajo a mayor profundidad y no realizar más sesiones (E8)”. I24 Uso excesivo de tecnicismos: los entrevistados mencionan lo siguiente “Un lenguaje muy técnico, obligando a tener que estar consultando y pidiendo interprete ciertos aspectos de sus conclusiones (E12)”; “No debe ir la terminología técnica en los informes porque confunden a las partes (E2)”. ¿Qué indicadores son esenciales para la fundamentación de la sentencia? Figura 5 Para señalar los elementos necesarios para que la pericia psicológica en temas de violencia sexual sea efectiva se analizó las respuestas de los candidatos y se rescató lo siguiente: L1 Acreditación de la afectación de la víctima: los entrevistados mencionan lo siguiente “acreditar la afectación de la víctima si es que realmente existe … las explicaciones reportan el análisis de los resultados de las técnica y herramientas aplicadas (E12, E10, E3)”. L2 Comprensión de la pericia: el entrevistado menciona lo siguiente “entendimiento legible del informe y la oralidad del perito al exponer su pericia (E5)”. L3 Conclusiones diagnosticas como elemento fundamental para la 44 sustentación de la sentencia: el entrevistado menciona lo siguiente “relevancia al mérito de las conclusiones y lo que ha oralizado en el juicio. Se va a determinar si la pericia reúne las cualidades o no (E8)”. L4 Correlación entre metodología y conclusiones: los candidatos comentan lo siguiente “El con sus conclusiones arribadas, guardan correlación con la metodología… en el aspecto científico: cual ha sido la metodología (E4, E1)”. L5 Determinar la repercusión e impacto del daño que ha producido la violación sexual: el entrevistado comenta que “se demuestra por ejemplo los actos contra el pudor en las que no hay integridad sexual afectada, pero si hay una afectación a la integridad sexual, la pericia psicológica es determinante … Tiene que determinarse que efectivamente existe una sintomatología de afectación psicológica emocional compatible con el hecho sexual negativo que ha sufrido la víctima, tiene que haber una correlación en el acto sexual negativo, violencia sexual, actos contra el pudor con el resultado sintomatológico, que este relacionado con este tipo de eventos (E1)”. L6 Determinación del grado de afectación de la víctima: los entrevistados refieren “Es importante determinar el grado de afectación de la víctima, al ser un crimen de naturaleza clandestina, este nos ayuda a ver si realmente hay un grado de afectación producto de este hecho delictuoso (E10)”; “la pericia es de importancia cuando exite afectación para que puede ser usado como medio de prueba y considerar el nivel de afectación que se encuentra en la víctima (E2, E1)”. L7 Determinar agravantes y/o atenuantes: el estrevistado menciona “es necesario para resultados justos y proporcionado al momento de resolver y dar sentencia (E11)”; “Así esto ayuda a responsabilizar al victimario de sus acciones y brindarle justicia a la víctima (E6)”. L8 Elemento estructurales del informe pericial: el entrevistado menciona “historia familiar y antecedentes (E9)”. L9 Instrumentos y protocolos estandarizados: lo que refiere el entrevistado es lo sigueinte “el procedimeinto o evaluación con instrumentos o protocolos estandarizados por la comunidad cientifica internacional y adaptados (E8)”. L10 Exposición del perito: el entrevistado manifiesta lo sigueinte “la oralización del perito siendo coherente, puntual, manteneiendo la fuerza de la pericia y un cierto dramatismo al exponer específicamente sus conclusiones (E8)”. L11 Individualización de la experiencia: el entrevistado menciona que “tener en claro la experiencia particular del perito en su profesión si está apto o cualificado (E8)”. L12 Instrucción al 45 magistrado: el entrevistado refiere que “ilustrar lo acontecido y lo evaluado a los participantes que celebran la audiencia (E9)”. L13 Convicción de la pericia psicológica: el entrevistado relata “la pericia psicológica constituye una prueba fundamental para esclarecer los casos, buscando generar convicción al juez, esto dependera tanto de como oralice y defienda el perito su trabajo (E12)”. L14 Presentación del producto: el entrevistado menciona “la pericia tiene que ser clara y coherente al momento de ser presentada en audiencia (E3)”. L15 respetar la normativa protocolar: el entrevistado menciona que “la pericia como requisito tiene que respetar protocolos y tener una buena estructura de informe (E4)”. L16 Suficiencia de la pericia para la justificación: el entrevistado menciona “las explicaicones que da el perito en audiencia son necesarias para que el juez pueda tomar una desición … especialmente si no han sido desvirtuados en audiencia (E7, E4)”. L17 Unanimidad de aprovación de pericia: el entrevistado refiere que “ uno de los fines de la prueba pericial es de llegar a tener un criterio solido ya que al haber magistrado el criterio se unifica (E10)”. L18 Valoración de la experiencia, conocimiento y practicidad del perito: el entrvista comparte que “ se respete y reconozca la experiencia, conocimiento (dominio del tema) y formación y procedimientos, acreditar la experiencia que tiene y los estudios (E8)”. L19 Veracidad del relato: según el participante refiere que “el eprito debe corroborar lo que la victima habla y demostrar que lo que relata es veras al mismo tiempo que evalúa su estado psicológico (E10, E5, E3, E6)”. 4.2. Discusión Objetivo específico 1: Determinar los criterios de la formación académica del perito psicólogo en la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa – 2022. Los resultados obtenidos sobre los criterios de efectividad con relación a la formación académica, se detalla que a consideración general estos criterios están enfocados más en aspectos de formación académica general y especializada; como también en entrenamiento de habilidades y competencias necesarias para desarrollar una pericia adecuada en víctimas de violencia sexual. El perito no solo tiene que acreditar su especialidad en psicología general sino especializada como puede ser en psicología 46 clínica, psicología forense, criminalística o criminología, donde no solo está capacitado en usar herramientas y técnicas básicas, sino está especializado en usar herramientas enfocadas en el ámbito jurídico/forense como entrevistas estructuradas a víctimas, manejo de preguntas sugestivas, abiertas o cerradas cuando realiza el interrogatorio; conocimiento protocolar y normativo legal como lo es la prueba anticipada y el protocolo de atención a víctimas de violencia sexual; el dominio metodológico procedimental donde aplica las técnicas necesarias para evaluar a las víctimas; capacidad de análisis para concluir en su actividad pericial; conocimiento en preparación y oralización de la pericia donde se explica de manera objetiva el desarrollo de su pericia y lo encontrado; por último el perito psicólogo debe estar capacitado en temas de violencia sexual, violencia de género, violencia intra familiar, abuso sexual a menores, evaluación a personas agredidas sexualmente, según sea la particularidad el caso; esto se encuentra muy correspondiente a las habilidades duras que un psicólogo debe desarrollar y formar parte de su actividad profesional. Como parte de sus habilidades blandas tenemos que su actividad profesional tiene que verse de manera asertiva, en cierta medida empática para poder recaudar información, comunicar efectivamente, entablar una relación de confianza, paciencia. Esto complementa lo dictado por Colegio de Psicólogos del Perú (2017) donde se refiere que el psicólogo debe plasmar en la práctica sus competencias de alto conocimiento, destrezas y actitudes a las diferentes culturas que puede estar inmerso. Estos conocimientos servirán como guía e instructivo a los operadores de justicia sobre el proceder del psicólogo demostrando su profesionalismo. También se reafirmaría la idea que el profesional en psicología, debido a la demanda de competencias en la sociedad y cultura, requiere una constante actualización especializada en sus conocimientos de acuerdo a las necesidades del contexto donde se desarrolla (Cruz, Sanabria y Sandoval, 2016 citado por Chuquizutta, 2020). Así el perito estará preparado para ser llamado a juicio y sustentar éticamente su trabajo; al igual debe estar preparado para ser interrogado y contrainterrogado por la parte contraria (Rudas et. al., 2016) 47 Objetivo Específico 2: Determinar los criterios de la experiencia profesional del perito psicólogo en la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa – 2022 Los resultados obtenidos sobre los criterios con relación a la experiencia del perito psicólogo son en general la continuidad del ejercicio profesional en donde el perito debe mantener un ejercicio continuo considerando un tiempo entre 3 a 5 años y la cantidad de experiencias acumuladas donde se realiza la mayor actividad profesional posible captando más conocimiento y afinando su expertis considerándose un mínimo de 50 pericias y un máximo de 1000 a 2000, a parte también se valora de manera complementaria, no exigente, la practica realizada en pregrado. También se considera el dominio del conocimiento técnico-científico pericial y legal, en donde maneja tanto los aspectos teóricos-conceptuales sobre temas en relación al delito investigado (violencia sexual: consecuencia, signos, síntomas; actos contra el pudor, abuso sexual infantil, depresión, estrés, ansiedad, psicopatología, etc) con su respectiva terminología para poder ilustrar a los presentes, como también el conocimiento técnico en estrategias de interrogatorio y entrevista con preguntas abiertas y cerradas y la normativa legal básica en derecho penal, civil familiar como el código penal, el código procesal penal, código de los niños y adolescentes, código civil, código procesal civil, protocolos y entrevistas de evaluación a víctimas de violencia sexual y protocolo en cámara Gessel para pericia psicológica, también estar al tanto de sus modificaciones, así todo este conocimiento normativo le permitirá abordar de manera más precisa su pericia regulándola y respetando las formalidades. La consolidación de este conocimiento se determina con la practica en el peritaje de delitos sobre violencia sexual. Por último, se considera el dominio de la praxis profesional donde se domina aspectos técnicos y habilidades duras propias de las competencias de un perito psicólogo como la evaluación y conclusiones de sintomatología y psicopatología e que se pueda encontrar en el agraviado; determinar la relación de los hechos y la afectación de la víctima de violencia sexual describiéndose la metodología usada y como, mediante ello, es que llega a la conclusión establecida en la pericia para así establecer parámetros de actuación dentro de la evaluación; contextualización de casos describiendo bajo que 48 condiciones se realiza la pericia y la particularidad e la víctima; dominio evaluativo, metodológico y protocolar donde se tiene que seguir el procedimiento protocolar, manejo de preguntas necesarias en la entrevista y el lenguaje no verbal, el aspecto científico-metodológico estandarizado y requerido detallando la herramientas y técnicas utilizadas para la evaluación; el análisis integral de la víctima teniendo en consideración el área familiar, social, educativa para un panorama amplio; dominio oral de la pericia al momento de exponer lo encontrado denotando lógica, coherencia, sobriedad en los términos, secuencialidad, descripción y organización para que el juez pueda apreciar el estado de la víctima; descripción de hechos y la pericia donde se indique el comportamiento del evaluado en cámara Gessel describiendo y explicando su afectación sin perder el orden y la secuencia cronológica; delimitación de la pericia conociendo los conceptos que se manejen en el caso para saber que es lo que se tendrá que evaluar; el dominio del caso particular que se va exponer conociendo a profundidad su pericia realizada para poder oralizar de manera precisa y pudiendo ilustrar a las partes; empleo de síntesis evitando la tangencialidad o extensión innecesaria; esclarecimiento y señalización de la afectación psicológica donde se indica las razones de la afectación psicológica como resultado de la violencia sexual y que es lo que valora de este hecho, determinación de la veracidad del relato y arribar sus conclusiones; empleación de habilidades blandas donde se sepa establecer una relación de confianza. Duce (2015) menciona que uno de los criterios de admisibilidad de la prueba pericial es la necesidad del conocimiento experto y este señala que los magistrados en situaciones de complejidad necesitan del conocimiento y expertis que se encuentren fuera de su experiencia para poder apreciar el hecho. En otro criterio, “Idoneidad del perito”, puntualizan que solo se aporta información puntual y de necesidad para fundamentar su sentencia. Uribe en el 2011 (citado por Chuquizutta, 2020) concluye que el veredicto, la validación del relato de la víctima, la aceptación por parte de sus apoderados y su estado emocional va a depender del conocimiento, comprensión y habilidad del especialista que lo asista. 49 Gandía (2016) refiere que una de las fuentes de información inmediatas es la observación directa. Saborio y Viquez (2006) mencionan la importancia de utilizar pruebas estandarizas para la evaluación de la víctima como NNA, SVA y TAMAI, y la generación de pruebas que puedan evaluar la credibilidad del testimonio; también refieren que se tiene que detallar la metodología aplicada en la evaluación y describir al sujeto evaluado detallando la presencia de otros traumatismos que se puedan generar. Giron y Segura (2005) expresan que las evaluaciones y conclusiones son más fiables cuando se usan instrumentos adaptados. Gancedo Redondo y Amado (2018) también expresan que para evitar una mala praxis o alteración de resultados el perito debe emplear métodos empíricos. El proceder a evaluar con instrumentos no confiables ni validados genera problemas de administración de justicia que, de manera consecuente hay un proceder errado en la praxis por parte de los operadores de justicia. Objetivo Específico 3: Determinar los criterios del informe pericial del psicólogo en la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa – 2022 Los resultados obtenidos sobre los criterios con relación al informe pericial del perito refieren tanto al contenido del informe como a su estructura y organización. El primero está dirigido a la lógica y coherencia de los hechos y los resultados encontrados; dominio del conocimiento técnico-científico específicamente en su metodología, le da rigor científico y consistencia a su informe; el uso de tecnicismos o lenguaje técnico de manera puntual propia de la profesión; lenguaje entendible y minucioso en aspectos necesarios; datos de filiación necesarios y especificados; transcripción clara del relato en el documento pericial; plasmar conocimiento técnico-científico para concretar el trabajo y dar con una solución adecuada; concreción y corroboración en el relato escrito donde se puede corroborar o no el relato de la víctima y su afectación; especificación de la metodología empleada: procedimientos, técnicas, tiempo de entrevista; conclusiones claras y/o pasos que siguió para llegar a la conclusión; conocimiento técnico-científico enfocado en determinar la afectación o daño de la víctima; descripción de los hechos, lo 50 evaluado y los resultados detallando la explicación de los fundamentos que sustentan sus conclusiones y el desarrollo de los resultados que arroja cada prueba viendo la compatibilidad entre resultado-prueba mediante un lenguaje más amplio; desarrollo de conclusiones donde se encuentran aspectos del entorno y personales, la correspondencia redactada entre los hechos y conclusiones de manera breve y precisa. La segunda se enfoca en respetarla normativa del informe pericial en el código procesal penal y el informe psicológico del colegio de psicólogos del Perú donde se respeta la normativa básica propuesta resaltando partes como datos generales, motivos de la evaluación, dinámica e historia familiar, técnicas empleadas; estructura definida donde se encuentre lo evaluado tanto en cámara Gessel como en las sesiones personales; reconocimiento, organización y ubicación de las partes del informe donde se ubican los hechos, causas, la metodología, las entrevistas realizadas, la cantidad de entrevistas, el tiempo empleado en las sesiones, conclusiones, etc, así se podrá tener un esquema claro del informe para poder entender lo que expresa el psicólogo; inclusión de recomendaciones sobre el tratamiento que debe seguir la evaluada y el tiempo que debe ser tratada. El fin de este informe es que pueda presentarse como medio probatorio que sustente la sentencia. Mena y Fernandez (2006) menciona que una de las recomendaciones importantes, con respecto a la credibilidad de la pericia psicológica, contar con criterios claros y describir a detalle lo que se llegó a encontrar en la evaluación pericial. Los criterios de esta deben guardar relación con estándares internacionales (Palomino, 2017). Este producto se presenta de manera resumida y estructurada para que pueda servir como prueba que auxilie a los órganos judiciales (Murcia, 2016). Las conclusiones que aporte el informe deben estar redactados de manera clara y puntual, y el uso de material como entrevistas, tests, protocolos, etc deben ser conservados para fundamentar las conclusiones (Giron y Segura, 2005). Monteros en el 2008 (citado por Chuquizutta, 2020) menciona que el informe pericial debe ser redactado de manera precisa, referir la entidad que solicita el peritaje, la razón 51 de su solicitud, numero de colegiatura del perito y la aplicación metodológica y técnica necesaria para la evaluación. Para Nuñez y Barreto (2019) consideran que el formato de informe psicológico en el ámbito forense no es de tener una estructura estable, pero si ciertos apéndices que el profesional en esta área propone debido a que es un documento cambiante y su metodología es diferente al motivo de exploración. Esto podría responder a cambios por necesidades de contexto, la casuística a evaluar y la normativa legal en la que está inmersa. El autor coincide con algunos resultados y manteniendo un orden diferente: en primer lugar con una presentación del perito, datos de identificación y acreditación, segundo lugar el objetivo del dictamen pericial, se incluye de quien se realiza e identificación del evaluado; tercer lugar se explica la metodología contextualizando el procedimiento adelantado tras la exploración, se señala las herramientas, instrumento y técnicas de evaluación que captan la información sobre el evaluado; cuarto lugar, el hecho que motiva el informe; quinto lugar, se recogen resultados y pasan a ser plasmadas de manera objetiva según su importancia aportando a la pericia; sexto lugar se resume los aspectos importantes de la valoración en base a fundamentos científicos; en séptimo lugar, en séptimo lugar, se formulan las recomendaciones y en octavo lugar se redactan las conclusiones de manera clara respondiendo a la pregunta planteada. Duce (2015) menciona que para la pertinencia de la prueba pericial unos de los criterios presentes ser la relevancia lógica cuando hay vinculación del contenido de la prueba con los hechos a discutir en juicio. Otra recomendación por parte de Daubert es utilizar una metodología adecuada desde la perspectiva científica Objetivo Específico 4: Determinar que indicadores atenúan la pericia psicológica en víctimas de violencia sexual en el distrito fiscal del Santa – 2022 Los resultados obtenidos sobre los indicadores atenuantes de la pericia psicológica en víctima de violencia sexual son: el desconocimiento de la pericia a tratar e improvisación al momento de oralizar, denotando falta de preparación generando dudas y cuestionando constantemente punto por punto lo referido a sus conclusiones; desentendimiento con el 52 protocolo cuando en ocasiones el evaluado no desea continuar con la evaluación y el perito justifica este accionar discrepando del protocolo de intervención propuesto por el ministerio público; la falta de disponibilidad por parte del agraviado ya que este no se encuentra emocionalmente preparado para pasar las evaluaciones que el instituto de medicina legal establece, llegando incluso a mostrar poca predisposición y otorgando datos sesgados o de poca precisión; estandarización y generalización de trabajos periciales en donde las evaluaciones y conclusiones se realizan de mantera generalizada, de igual forma se emplea el mismo procedimiento para todos los casos a pesar de tener un protocolo; rechazo de la evaluación por parte del agraviado faltando a sus evaluaciones sin intención de retomarlas ya sea por su predisposición, comodidad o por manipulación de algún miembro externo e incluso por el mismo agresor; el tiempo insuficiente para elaboración de pericias a mayor profundidad y no realizar más sesiones, este factor suele ser usado como justificante por parte de los peritos; uso excesivo de tecnicismos en el lenguaje del perito donde esto conlleva a consultar o pedir que se interprete de manera constante lo que quiere expresar, puede llegar a confundir; presencia de subjetividad en las conclusiones y carencia de objetividad y autocrítica en los resultados encontrados; falta de coherencia entre resultados, conclusiones y los hechos, donde la falta de relación entre resultados y hechos denota una falsa correspondencia entre lo fáctico y las conclusiones, las partes terminan incurriendo en incoherencias generando más dudas que afecta el valor probatorio de la pericia, también dificulta a que el fiscal pueda defender su teoría del caso, también puede encontrarse casos donde las conclusiones no guardan coherencia con los resultados habiendo un desface que genera incoherencias que quitan credibilidad al perito; inexperiencia del perito al fundamentar sus conclusiones y no guardar coherencia entre lo que resuelve y los fundamentos que están dando; justificaciones infundamentadas de los errores cometidos en la evaluación pericial; falta de énfasis en lo hallado al momento de oralizar su pericia generando poco impacto en su trabajo; redundancia en el uso de términos reiterativos en el relato de la víctima; reduccionismo donde el perito se limita a solo aspectos técnicos en sus conclusiones y sus informes son escuetos de cuatro hojas como máximo; por carga laboral a veces no pueden ejecutar las suficientes sesiones como para evaluar a la víctima; poca profundización del tema sin profundización de aspectos que 53 sean valiosos para la teoría del caso; ausencia de fuentes bibliográficas con las cuales fundamentan su pericia; información falsa, inexistente u omisión en situaciones donde el perito trata de explicar ciertos puntos que no se encuentran en su pericia, para algunos fiscales puede que este método no cumple con el criterio que maneja para poder sustentar su teoría del caso; redacción inadecuada de los informes periciales encontrándose en primera persona y en tiempo presente; desconocimiento de aspectos normativos-legales donde se cometen faltas u omisiones de los artículos que corresponden al código procesal penal en referencia a la pericia generándose así la vulneración del proceso y teniendo como consecuencia la nulidad de la prueba; psicólogos no capacitados en ámbitos periciales en violencia sexual ya sea dentro o fuera del centro de labores; la ausencia de evaluación sobre veracidad del relato afecta la declaratoria de la víctima, esto se debe a que no se realizan este tipo de pericias; desconocimiento de limitaciones y falencias intentando de encubrirlas pero que al final genera mayores cuestionamientos y evidencia de incoherencias dentro de la exposición del perito. Saborio y Viquez (2006) plantean que hay que cambiar el paradigma en torno a la evaluación psicológica forense en casos de agresión sexual y replantear las funciones del perito debido al cuestionamiento legal actual de la falsa expectativa de las autoridades judiciales en relación con el establecimiento de causalidades entre el aspecto psicológico y el evento delictivo que plantea el perito. Uno de los errores más reconocidos son: falta de delimitación del objeto pericial, falta de coherencia entre el objetivo pericial y la metodología ejercida, emplear herramientas sin criterio definido, redundantes o carencia de validez en el contexto forense, falta de correlación entre resultados y los reactivos empleados, falta de relación entre los instrumentos y los resultados encontrados, emplear inapropiadamente protocolos para el estudios de la credibilidad, inclinación a no constatar elementos contrarios a la hipótesis inicial, no considerar adecuadamente elementos externos al sujeto peritado, no considerar aspectos cruciales como la ausencia de incredibilidad subjetiva, no especificar las limitaciones y carencias de los procedimientos utilizados y no considerar la bibliografía en las conclusiones (Gonzales, 2019) 54 ¿Qué indicadores son esenciales para la fundamentación de la sentencia? Los indicadores esenciales en la pericia para la fundamentación de la sentencia refieren a la valoración de la experiencia, conocimiento y practicidad del perito acreditando su experiencia y procedimiento; respetar la normativa protocolar que designa la fiscalía y el centro de medicina legal, y estructurar adecuadamente el informe; correlación entre metodología y conclusiones; instrucción al magistrado sobre lo sucedido en la pericia; estandarización de protocolos e instrumentos por parte de la comunidad científica; acreditación de la afectación de la víctima si realmente se encuentra afectada mediante el uso de técnicas y herramientas aplicadas; unanimidad de aprobación de pericia llegan a un solo criterio unificándolo entre los magistrados; la exposición oral del perito en audiencia permitirá conocer las cualidades que reúne la pericia; suficiencia de la pericia para la justificación en donde no se desvirtúa la pericia y los comentado por el perito es de necesidad para tomar una decisión; veracidad del relato corroborando lo que la víctima habla y determinando el nivel de veracidad del discurso y evaluando el estado psicológico de la persona; individualización de la experiencia; determinar agravantes y/o atenuantes para que se pueda obtener un resultado justo; comprensión de la pericia en su oralidad y el informe; la pericia como prueba auxiliar para determinar la responsabilidad al victimario de sus acciones; convicción de la pericia psicológica ya que como prueba fundamental para esclarecer los casos busca generar convicción en el juez; determinación del grado de afectación de la víctima ya que al ser un delito clandestino, sin presencia de testigos, ayuda a ver si realmente hay un grado de afectación producto del hecho delictuoso; las conclusiones como elemento fundamental para la sustentación de la sentencia; presentación adecuada del producto guardando claridad y coherencia; elementos de la estructura de informe pericial como la historia familiar y antecedentes y determina la repercusión e impacto del daño que ha producido la violación sexual como actos contra el pudor donde la integridad sexual se ve afectada y hay presencia de sintomatología de afectación psicológica emocional compatible con el hecho. En la administración de justicia su accionar es general, imparcial e independiente. Su actuación se evidencia en las resoluciones o sentencias (Herrera 2008) 55 Mena y Fernandez (2006) concluyen que, por la falta de un sistema de acreditación de peritos, impide conocer el grado de profesionalidad y experiencia como experto, por ende, no se cuestiona el peritaje oficial y su experiencia como experto, permitiendo un sistema de justicia desigual. También se resalta que el sistema legislativo da preferencia a la objetividad de las pruebas periciales, el perito está en la responsabilidad de validad y objetivar sus conocimientos en su competencia (Rivera y Olea, 2007). Lo mismo reafirma Crissien, Perez y Prego (2018) refiriendo que los jueces suelen dar importancia relevante a la pericia psicológica realizada por el poseedor del conocimiento científico en lo que respecta a abuso sexual infantil. En una investigación realizada por Rudas, Baena y Perez (2016) una de las conclusiones más significativas es que los jueces usan las pericias psicológicas en un 80% para poder sustentar su decisión, guardando coherencia en un 80% de los casos con los resultados del informe pericial psicológico. Palomino (2017) menciona que la pericia psicológica es influyente por considerarse soporte técnico, científico y pilar fundamental de la investigación dotado de certeza, confiabilidad e infalibilidad para una presentación más convincente ante los jueces. La valoración de la prueba debe ser integral y guardar relación a los criterios internacionales. Duce (2015) menciona que el juez realiza un balance de la aportación de la prueba a la solución del caos en paralelo a los prejuicios (costos). Por ellos se entiende que la pertinencia lógica se justifica como mecanismo que evita el mal uso de la prueba y la pertinencia legal intenta proteger los diversos valores que posee. Con respecto al conocimiento experto menciona que esto ayuda a que el tribunal pueda decidir algo que se encuentra fuera de su experiencia, conocimiento y capacidad de comprensión, considerándose al perito como el conducto apropiado para introducir la información. En la idoneidad del perito resalta la necesidad de que este acredite su experiencia para consolidar que la información que ingresa es la necesaria para la fundamentación y resolver el caso a través de sus conclusiones 56 5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 5.1. Conclusiones PRIMERA. Se pudo explorar, mediante las opiniones de jueces y fiscales, las cualidades resaltantes para una intervención pericial psicológica más acertada en delitos de violencia sexual en víctima, en el cual los participantes demarcan como necesarias para la efectividad de las pericias y su aporte por medio del peritaje. Se limitan en tres aspectos fundamentales: formación del perito, su experiencia y producto (peritaje), los cuales evitan las falencias o errores que se comenten al momento de ejecutar este proceso pericial y elaboración del peritaje, pudiéndose corroborar la importancia de cientificidad y la practica constante como principios fundamentales de la praxis pericial psicológica. SEGUNDA. En la acreditación profesional del psicólogo, se tiene en cuenta la formación teórico-académico básico y especializado en contextos jurídicos como en psicología forense, clínica, criminalística o criminología. También se tiene en consideración la formación y/o entrenamiento en habilidades y competencias necesarias para la intervención pericial y para su comunicación en audiencia a nivel oral y la presentación formal a nivel escrito. La formación en técnicas y metodología especializada permite al perito poder guiarse y planificar su intervención y peritaje. TERCERA. La consideración en la experiencia del perito psicólogo es enfocada en tres aspectos: 1) donde ven la continuidad del ejercicio profesional en el tiempo y la experiencia acumulada en la elaboración de pericias; 2) la practica preprofesional en contextos jurídicos para el dominio técnico en un ambiente legal de distintos ámbitos ya sea penal, civil, familiar entre otros y 3) el dominio práctico del conocimiento técnico científico pericial y legal resaltando aspectos teóricos-conceptuales y la normativa legal básica necesaria. Esto es con el fin de que el experto afine sus capacidades para elaborar pericias más acertadas y mejor formuladas en el ámbito técnico y legal. 57 CUARTA. En la valoración del informe pericial, como producto del perito y medio de prueba para los magistrados, se considera tanto el contenido del informe si es de valor y contribuye a la resolución del caso; como a la estructura y organización de esta para ubicarse tanto en el informe y en el desarrollo secuencial de la pericia, dando a entender e ilustrar el procedimiento pericial, teniendo una imagen clara de todo el procedimiento por parte del profesional evaluando su coherencia y cientificidad. QUINTA. Se pudo rescatar, de igual forma, una serie de indicadores que atenúan o desvirtúan las pericias. Estás pueden ser usadas por ambas partes como recurso de desacreditación de la prueba misma. Pero se desconoce de sus consecuencias, cómo afectaría al proceso celebrado y de sus factores causales. SEXTA. Se valoran en las sentencias la comprensión del trabajo pericial enfocado en la oralización del trabajo, la comprensión del desarrollo pericial y sus conclusiones; la correlación entre los hechos, metodología y conclusiones; el entendimiento de la afectación causada y la convicción que tenga la prueba pericial para ser usada como fundamento de la sentencia. 5.2. Recomendaciones Se recomienda profundizar, en futuras investigaciones, las consecuencias que pueden generar las pericias que resulten ser inefectivas o que dificulten el fortalecimiento de la teoría del caso, y de igual forma se recomienda poder identificar aquellos factores que generan estos indicadores atenuantes que afectan la pericia. Se recomienda realizar investigaciones futuras sobre criterios contextualizados y estandarizados en pericias psicológicas en relación con distintos delitos estipulados en el código penal para una mejor efectividad de las pericias 58 Se recomienda implementar capacitaciones en intervención pericial psicológica en violencia sexual, necesaria para una pericia con mayor efectividad Se recomienda realizar especializaciones relacionadas a aspectos jurídicos y clínicos para la acreditación de la formación académica especializada; y especializarse en temas relacionados a la violencia sexual para la elaboración de pericias más efectivas Se recomienda promover la practica y trabajo pericial psicológico en un contexto jurídico para el afinamiento de capacidades necesarias para la intervención pericial. Se recomienda tener un enfoque claro de informe pericial estructurado para victimas de violencia sexual, implementando las recomendaciones como parte complementaria del informe. 59 6. 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Pueden ser habilidades blandas como duras 3. ¿Qué especializaciones cree usted que son necesarias para el psicólogo que desee entrar al ámbito judicial como perito? 4. En temas de violencia sexual, según su experiencia, que especialidades tendría que estar preparado el psicólogo. 5. Los psicólogos al momento de fundamentar sus conclusiones diagnosticas, ¿lo realizan de acuerdo al contexto en que se encuentran? ¿Eso podría generar algunas dificultades en la sustentación oral, en el interrogatorio y contrainterrogatorio? B. Experiencia profesional 1. ¿Cuál es el tiempo ideal de experiencia que debe tener todo psicólogo perito en temas de violencia sexual? ¿Por qué? 2. ¿Cuál es el análisis idóneo que espera usted del perito psicólogo al momento de dar su juicio oral? 3. ¿Qué aspectos de la pericia psicológica tendría que manejar a la perfección el psicólogo perito en violencia sexual? 4. Cuándo el perito quiere comunicar la valoración del estado mental y el daño psíquico de los agraviados, en su experiencia, ¿ha podido comprender las explicaciones del perito? ¿Qué requisitos debe cumplir una comunicación efectiva para su comprensión? 5. ¿Qué aspectos legales considera necesario en el conocimiento del psicólogo para la elaboración de un peritaje efectivo en hechos de violencia sexual? 66 6. Que considera necesario en un perito para poder responder efectiva mente en un interrogatorio y contrainterrogatorio. C. Informe pericial 1. Considera la estructura del informe pericial importante para la pericia. ¿Por qué? 2. ¿Que le ayuda a detectar un informe pericial adecuadamente estructurado al momento de valorar el juicio del perito? 3. ¿Cómo debería expresarse en el texto escrito, el perito? ¿Cuál es el lenguaje ideal? 4. ¿Cómo considera usted que el conocimiento tecnico-cientifico del perito aporta a la resolución del caso? 5. ¿Cuándo puede darse cuenta de que el informe pericial responde a los que usted solicita? 6. En su experiencia, ¿cuándo un informe pericial se desvía de lo solicitado? 7. ¿Cuándo considera usted que una conclusión diagnostica es adecuada para su comprensión y para la resolución del caso’ SENTENCIA D. Fundamentación 1. ¿Como aporta el peritaje del psicólogo hechos de violencia sexual en la fundamentación de su sentencia del imputado? ¿Qué tan importante es el peritaje de la víctima para la sentencia? 2. ¿Qué evidencias considera usted necesarias, de la pericia psicológica en violencia sexual, para la fundamentación de la sentencia? 3. ¿Qué tan relevantes son los instrumentos del psicólogo para usted? ¿Por qué? ¿Qué es lo que usted valora de esos instrumentos? 67 Anexo N° 02 Matriz de Categorización Título de investigación: criterios de efectividad del peritaje psicológico en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en los distritos fiscales de Chimbote y Nuevo Chimbote - 2022 Tipo de Categorías Dominio Indicadores Preguntas Orientadoras variable Formación F. General, F. especializada, capacitación constante, F. A.1, A.2, A.3, A.4 y A.5 Académica de acuerdo al contexto Tiempo de experiencia, análisis idóneo Dominio de pericia, valoración del estado mental y el daño Experiencia Pericia psíquico sustentación oral, interrelación con el aspecto Cualitativo B.1, B.2, B.3, B.4, B.5 y B.6 profesional Psicológica jurídico, experiencia en interrogatorio y Nominal contrainterrogatorio Estructurado, Lenguaje, Conocimiento técnico- C.1, C.2, C.3, C.4, C.5, C.6 y Informe pericial científico, responde lo solicitado, fundamentación, C.7 conclusiones diagnosticas Fundamentación Cualitativo Sentencia Resolución fundamentada en evidencias D.1, D.2 y D.3 Ordinal 68 Anexo N° 03 Matrices de Validación de Instrumento – Jueces expertos 69 70 71 72 73 Anexo N° 04 Matriz de validación por V de Aiken V de Aiken, para la validez de contenido por criterio de jueces Items Calificaciones de los jueces Promedio V Juez 1 Juez 2 Juez 3 Juez 4 Juez 5 Categoría: Pericia psicológica Dominio 1: Formación Académica 1 1 1 1 1 1 5 1.00 2 1 1 1 1 1 5 1.00 3 1 1 1 1 1 5 1.00 4 1 1 1 1 1 5 1.00 5 1 1 1 1 1 5 1.00 Dominio 2: Experiencia Profesional 1 1 1 1 1 1 5 1.00 2 1 1 1 1 1 5 1.00 3 1 1 1 1 1 5 1.00 4 1 1 1 1 1 5 1.00 5 1 1 1 1 1 5 1.00 6 1 1 1 1 1 5 1.00 Dominio 3: Informe pericial 1 1 1 1 1 1 5 1.00 2 1 1 1 1 1 5 1.00 3 1 1 1 1 1 5 1.00 4 1 1 1 1 1 5 1.00 5 1 1 1 1 1 5 1.00 6 1 1 1 1 1 5 1.00 7 1 1 1 1 1 5 1.00 Categoría: Sentencia Dominio 1: Fundamentación 1 1 1 1 1 1 5 1.00 2 1 1 1 1 1 5 1.00 3 1 1 1 1 1 5 1.00 Dominio 2: Proporcionalidad de la pena 1 1 1 1 1 1 5 1.00 74 2 1 1 1 1 1 5 1.00 3 1 1 1 1 1 5 1.00 V de Aiken total 1.00 Se plantea que en promedio del instrumento responde a 𝑉1 el cual se entiende que hay un acuerdo total entre todos los ítems 75 Anexo N° 05 Consentimiento informado para participación proyecto de investigación Es documento contiene información necesaria sobre el proyecto de investigación para ayudarle en tomar la decisión de participar en el siguiente estudio en ciencia criminalística: “Criterios del peritaje psicológico en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa – 2022”. Antes de participar o no, debe tener en conocimiento y comprender cada uno de los siguientes apartados, tómese el tiempo necesario y lea con detenimiento la información proporcionada en las siguientes líneas abajo, si a pesar de ello aún guardara alguna duda, comuníquese con el responsable de la investigación al numero celular o correo que se ubican en la parte inferior del documento. Título del proyecto: “Criterios del peritaje psicológico en víctimas de violencia sexual y su implicancia en la sentencia en el distrito fiscal del Santa – 2022”. Nombre del investigador principal: Loui Gabriel López Gambini. Teléfono: 957961092, email: Loui.logam@gmail.com. Propósito del estudio: Determinar criterios del peritaje psicológico en víctimas de violencia sexual e implicancia en la sentencia en los distritos fiscales de Chimbote y Nuevo Chimbote – 2022. Participantes: Jueces, exjueces, fiscales, exfiscales y abogados activos en el área penal. Participación: De acuerdo a conveniencia se realizará una entrevista virtual (plataformas virtuales) o presencial, que consta de 24 preguntas con el fin de recopilar datos sobre su experticia, la misma que tiene una duración de 30 a 45 minutos. Participación Voluntaria: Si. Beneficios por participar: Ser colaborador en la generación de nuevos conocimientos en beneficio a la sociedad para la adecuada administración de justicia. Inconveniente y riesgo: Ninguno. Costo por participar: No tiene costo alguna su participación. Remuneración por participar: No corresponde remuneración alguna. Confidencialidad: La información brindada será confidencial, se usará códigos, no se revelará datos personales. Renuncia: En cualquier momento de la entrevista usted es libre de continuar con la participación. Consultas posteriores: Si corresponde, durante el desarrollo y publicación de los resultados Contacto con el comité de ética: Comité institucional de Ética para la investigación de la Universidad Privada Norbert Wiener, teléfono: 017065555 anexo 3286, E-mail: comite.etica@uwiener.edu.pe. DECLARACIÓN DE CONSENTIMIENTO Declaro que he leído y comprendido la información proporcionada, se me ofreció la oportunidad de hacer preguntas y responderlas satisfactoriamente, no he percibido coacción ni he sido influido indebidamente a participar o continuar participando en el estudio y que finalmente el hecho de responder la encuesta expresa mi aceptación a participar voluntariamente en el estudio. En merito a ello proporciono la información siguiente: Documento Nacional de identidad: Correo electrónico personal o institucional: Firma: …………………………………… 76 Anexo N° 06 77 Anexo N° 07 78 Anexo N° 08 79