La nulidad en el acto de disposición unilateral de bien inmueble de la sociedad de gananciales en Sullana, 2020-2023. EXP. 00201-2017-0- 3102-JR-CI-02
Fecha
2024-06-27Autor(es)
Solorzano Berrospi, Naged Dante
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
A manera de presentación de este artículo de
investigación jurídica, indicamos que el objeto
de estudio se centra en los efectos que
desencadena la nulidad de acto jurídico frente
a la disposición o venta de bien inmueble
consentida por uno solo de los cónyuges y las
consecuencias que asume el tercero
adquirente de buena fe al verse declarado
invalido el negocio jurídico celebrado. De los
resultados se determinan que los efectos de la
nulidad resultan ser pertinentes para el
consorte que no intervino para declarar su
voluntad respecto a la disposición del bien
inmueble social, pero que, al mismo tiempo,
existe una a afectación directa al tercero
adquirente de buena fe.