Examinando por Autor "Mendizábal Anticona, Walter"
Mostrando 1 - 5 de 5
- Resultados por página
- Opciones de ordenación
Publicación Acceso abierto “DESCRIMINALIZACIÓN DEL ARTICULO 112 DEL CÓDIGO PENAL, EN RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA MUERTE DEL ENFERMO TERMINAL, LIMA, 2018”(Universidad Privada Norbert Wiener, 2019-07-19) Rojas Córdova, Baneza Magali; Mendizábal Anticona, WalterEsta investigación titulada: Descriminalización del artículo 112 (homicidio piadoso), en reconocimiento del derecho a la muerte, del enfermo terminal, Lima 2018, cuyo propósito es: demostrar la relevancia de derogar el Art. 112 (homicidio piadoso), en reconocimiento del derecho a la muerte digna, del enfermo terminal. Lima 2018, por tenerse en cuenta que toda persona tiene derecho a la vida, lo cual esta intrínsecamente vinculado a las condiciones en las cuales esta se desenvuelve, por lo tanto, en consideración que el paciente terminal, se encuentra en un proceso hacia la muerte, acompañado de sufrimiento crónico, que hace de sus últimos días el vivir en condiciones inhumanas, situación que es irreversible y que no se supera hasta su deceso, para el alcance de los resultados esta investigación es planteada bajo el enfoque cuantitativo, que ha permitido obtener información doctrinaria, normativa, tal que el análisis social de la problemática se sustente en una apreciación sustentada en el constitucionalismo de un Estado que interpreta la norma bajo el principio pro homine. Finalmente se han demostrado las hipótesis planteadas, reconociéndose que es necesario que se valore la manifestación de consiente del enfermo terminal, cuyo fin de acudir a un especialista médico, para poner fin a su vida, representa el ejercicio de su derecho a la dignidad, por lo tanto, el alcance punitivo que se reconoce en el artículo 112 del código penal, carece de efecto jurídico, por representar un acto de humanización del proceso de morir.Publicación Acceso abierto “EFECTO VULNERADOR DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 552-2017-IN (CONVENIO SERVICIO EXTRAORDINARIO), EN LA LIMITACIÓN DE DERECHOS DEL AGENTE POLICIAL. LIMA 2018”(Universidad Privada Norbert Wiener, 2019-05-21) Fernández Laredo, Miguel Ángel; Mendizábal Anticona, WalterEsta investigación titulada: Efecto vulnerador de la Resolución Ministerial Nº 552-2017-IN (Convenio Servicio Extraordinario), en la limitación de derechos, del agente policial. Lima 2018, tuvo como propósito: demostrar que: la situación de actividad, coloca al personal policial en relación laboral que limita su autonomía y libre desarrollo, debido a que el poder de disposición respecto a sus días de franco, vacaciones o permisos, alcanzado por la norma resulta una limitación una al servicio policial extraordinario, sin que este el agente policial pueda independientemente realizar actividades de carácter laboral sin sujeción a su ente rector. El enfoque cuantitativo y tipo sustantivo de esta investigación, han permitido, se analice información respecto a los indicadores y dimensiones reconocidos en cada variable, tal que, se alcance a desarrollar el marco teórico, y laborar instrumentos, que servirán para la obtención de información respecto al contexto real en el que se desenvuelve el fenómeno bajo estudio. Finalmente se estableció que la R. M. N° 552-2017-IN afecta al personal policial, en su calidad de sujeto de derechos, teniendo en cuenta que la situación de actividad, es una condición que impide el ejercicio de labores extraordinarias, si es que estas no conforman parte de los convenios reconocidos por el Ministerio del Interior, que son celebrados entre el Director General de la Policía Nacional del Perú y entidades del sector público o privado.Publicación Acceso abierto Eficacia del reglamento de estándares nacionales de calidad ambiental para ruido en el control de la contaminación sonora en breña, 2018(Universidad Privada Norbert Wiener, 2019-12-06) Pablo Zevallos, Dani Alberto; Mendizábal Anticona, WalterEl reconocimiento del medio ambiente como el espacio en el cual el ser humano interactúa, constituye relevante teniendo en cuenta que la dinámica humana urbana actualmente, se ve afecta a diversas actividades en las que se generan escenarios que conllevan repercusiones a las personas, el transporte urbano en la actualidad, constituye una de las fuentes principales de generación de contaminación sonora, en este reconocimiento se desenvuelve la presente investigación: Eficacia del reglamento de estándares nacionales de calidad ambiental para ruido en el control de la contaminación sonora en Breña, 2019, considerando que existe necesidad de garantizar que el gobierno local de Breña, cumpla con la política ambiental, a través del estricto cumplimiento del reglamento de estándares nacionales de ruido, por ser este un instrumento de gestión, que le obliga a participar activamente en el reconocimiento de las zonas en las cuales se superan los límites permisibles de ruido, además de realizar estrategias de control y fiscalización que permitan sancionar a los responsables de la inacción. Es así que esta investigación de enfoque cuantitativo analiza las variables y realiza la medición de estas a fin de encontrar la relación causal, con la finalidad de Demostrar la necesidad jurídica de garantizar la eficacia del reglamento de estándares nacionales de calidad ambiental para ruido en el control de la contaminación, toda vez que este tipo de contaminación afecta a la calidad de vida de las personas.Publicación Acceso abierto Regulación Jurídica de las reparaciones por las mejoras necesarias en los contratos de arrendamiento, Lima, 2017(Universidad Privada Norbert Wiener, 2018-11-19) Chávez Cabeza, Milton Flavio; Mendizábal Anticona, WalterLa relación contractual que se genera por contrato de arrendamiento, nace de la intención de las partes que acordando voluntades se vinculan jurídicamente en las que se generan obligaciones y derechos recíprocas, por ello el arrendador en ejercicio de su poder de disposición y disfrute cede un bien inmueble al arrendatario que hará uso de éste según los términos acordados, teniendo como obligación el pago de una renta. La problemática en análisis tiene origen en la necesidad de conservación y funcionalidad del bien, por ello la interrogante ¿Cuál es la necesidad de regulación jurídica de las reparaciones por las mejoras necesarias en los contratos de arrendamiento considerando la naturaleza y fundamento que la originan? Lima, 2017? asumiendo que lo pactado por las partes tiene como finalidad que el arrendador garantice la conservación del bien para el uso que le da el arrendatario. El método de investigación utilizado es deductivo hipotético, de diseño no experimental transversal, en nivel descriptivo causal. La muestra estuvo constituida por 60 profesionales de derecho reales y obligaciones. El instrumento que se aplica operacionalizado (técnica de la encuesta) que consta de dos cuestionarios para recolectar datos sobre las variables. Finalmente se estableció que la consideración normativa relativa a mejoras necesarias, al reconocer que su finalidad es garantizar la conservación y funcionamiento del bien, semánticamente está dentro de la esfera de las reparaciones por ser las acciones tendientes a mitigar o reparar los daños no atribuibles al arrendatario.Publicación Acceso abierto RESPONSABILIDAD FUNCIONAL DE LOS OPERADORES DE CENTRO JUVENILES PARA LA EFICACIA DE LA RESOCIALIZACIÓN DEL ADOLESCENTE INFRACTOR A LA LEY PENAL, LIMA NORTE,2018.(Universidad Privada Norbert Wiener, 2019-02-01) Rojas Ambrosio, Janet Janina; Mendizábal Anticona, Walter¿CUÁL ES LA NECESIDAD DE REGULAR LA RESPONSABILIDAD FUNCIONAL DE LOS OPERADORES DE CENTROS JUVENILES, PARA LA EFICACIA DE LA RESOCIALIZACIÓN DEL ADOLESCENTE INFRACTOR DE LA LEY PENAL. LIMA NORTE 2018? LOS OBJETIVOS PLANTEADOS FUERON: A. ANALIZAR LA NECESIDAD DE REGULAR LA RESPONSABILIDAD FUNCIONAL DE LOS OPERADORES DE LOS CENTROS JUVENILES DURANTE LA FASE DE PREPARACIÓN DEL ADOLECENTE PRIVADO DE LIBERTAD PARA GARANTIZAR SU REHABILITACIÓN. POR OTRO LADO, LAS HIPÓTESIS PLANTEADAS FUERON: B. EXISTE NECESIDAD DE REGULAR LA RESPONSABILIDAD FUNCIONAL DE LOS OPERADORES DE LOS CENTROS JUVENILES PARA GARANTIZAR SE CUMPLA CON LOS FINES DE LA FASE DE PREPARACIÓN DEL ADOLECENTE INTERNADO EN LOS CENTROS JUVENILES DEL PODER JUDICIAL EN CONSIDERACIÓN QUE LA EXTREMA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD ES GARANTIZAR SU REHABILITACIÓN. DE ESTA MANERA, SE CONCLUYE: •QUE LA FALTA DE COMPROMISO DEL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO AFECTA AL OBJETIVO, DEL PROGRAMA, EL CUAL ES GARANTIZAR LA REHABILITACIÓN Y RESOCIALIZACIÓN DEL ADOLESCENTE. •NO SE APLICA ADECUADAMENTE LAS ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO PROGRESIVO DURANTE LA ETAPA DE PREPARACIÓN PARA EL EGRESO; ESTO SE VE REFLEJADO CON LA FUTURA REINCIDENCIA DE CONDUCTAS CRIMINALES DE LOS ADOLESCENTES. •APLICAR RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Y CIVIL A LOS OPERADORES, DEL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO, QUE INCUMPLAN ACTIVIDADES QUE AFECTEN EL PROGRAMA.