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Examinando por Autor "Santamaria Durand, Nicols Alexandra"

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    PublicaciónAcceso abierto
    Informe Jurídico sobre Expediente N° 00267-2017-0-1401-JR-CI-02
    (Universidad Privada Norbert Wiener, 2026-03-03) Santamaria Durand, Nicols Alexandra; Guzmán Fiestas, Rudy Santiago
    El presente análisis jurídico tiene como finalidad estudiar el expediente judicial N.° 00267-2017-0-1401-JR-CI-02, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Ica, originado con la admisión de la demanda por proceso de desalojo por ocupación precaria, incoada por la persona de iniciales O. S. H. contra C. R. O. T., por haber tomado posesión de manera sigilosa y de un momento a otro del inmueble objeto de Litis ubicado en la Urb. La Angostura III Etapa, Mz. I, Lt. 18, lugar FONAVI – San Martín, perteneciente al distrito de Subtanjalla en la provincia de Ica. Hemos advertido dos cuestionamientos relevantes: El primero: ¿Cuáles son los criterios jurisprudenciales desarrollados por la Corte Suprema respecto al desalojo por ocupante precario? y El segundo: ¿Existe legitimidad para que solo uno de los copropietarios de una bien inmueble materia de Litis interponga una demanda por desalojo por ocupación precaria? Concluimos, entonces que, dentro de los criterios jurisprudenciales para la determinación de la posesión precaria, no es posible interponer demanda de prescripción adquisitiva de dominio, cuándo existe un poseedor que tiene un título de que acredita ser poseedor del bien inmueble; es decir, que el demandante cuenta con justo título y por ello tiene el derecho de propiedad, por cuanto precedente vinculante contenido en el acápite del IV Casatorio Civil (Casación No. 2195-2011-Ucayali) cumpliendo con los presupuestos para que se cumple un proceso de desalojo en modalidad de ocupación precaria. Asimismo, no solo puede ser el propietario, el sujeto que goza de legitimación para obrar activa, sino también el administrador y todo aquel que considere tener derecho a la restitución de un predio.
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