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Examinando por Materia "Sexual abuse"

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    Factores de riesgo de la evidencia biológica y su relación con la responsabilidad penal en delitos de violencia sexual Ica, 2023
    (Universidad Privada Norbert Wiener, 2024-09-27) Saldivar Lovera, Marisol Atenea; Casana Jara, Kelly Milagritos
    La violencia sexual es un problema que afecta en mayor porcentaje a mujeres, estos abusos empiezan desde la infancia. Debido a la carente la investigación sobre este tema en nuestro país aún se perpetúan obstáculos significativos, factores que son determinantes en el esclarecimiento de los casos tal como son las evidencias biológicas que muchas veces se vuelven insuficientes en los juicios debido a factores que pueden disminuir la cantidad de muestras. La presente investigación es de tipo básica, nivel correlacional y diseño no experimental busca determinar la relación entre los factores de riesgo de la evidencia biológica con la responsabilidad penal en casos de delitos de violencia sexual en Ica. La muestra de estudio incluyo 166 abogados a quienes se les aplicó un cuestionario, estuvo conformada por 24 preguntas dicotómicas. Entre los resultados destacamos que los factores de riego de perdida de indicios biológicos como en el acto de ducharse representan un 92.2% y posibles pérdidas de muestra biológicas por atención hospitalaria en un 61.4%. El 96,4% destaca el tiempo transcurrido desde la agresión hasta la toma de muestra como un riesgo. Los resultados mostraron relación mediante el estadístico χ2-cuadrado con un valor muestral de 36,632, lo cual concluye que existe una relación significativa entre los factores de riesgo de la evidencia biológica con la responsabilidad penal en casos de delitos de violencia sexual Ica.
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    Informe Jurídico sobre Expediente N.° 00603-2023
    (Universidad Privada Norbert Wiener, 2025-05-28) Torres Yupari, Rusbell; Vizcarra Ramírez, Agustín
    El trabajo académico que se presenta aborda lo acontecido en el Expediente Judicial N.° 00603-2023-0-0501-JR-PE-01, en materia penal correspondiente al tipo penal violación sexual de menor, la misma que cuenta con las piezas procesales que se procederán a su revisión y análisis. Se identifica como procesado a la persona de Oscar Amadeo Morales Cahuana, quien fue investigado por la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayacucho, quien cumplió con las diligencias preliminar y el desarrollo correspondiente a etapa de investigación preparatoria. Posteriormente de las investigaciones, se recogió elementos de convicción, siendo que la Fiscal responsable presentó su escrito de Requerimiento de Acusación, en el que se cumplen las exigencias de informar los datos generales de cada parte, tanto del imputado, de la agraviada, así como de la imputación concreta de lo que se le acusa al procesado. Tal requerimiento reúne y adjunta 21 elementos probatorios; asimismo establece y señala el grado de participación del acusado, como también la responsabilidad penal, consignando la ley que aborda la tipificación del hecho, subsumiéndose al tipo penal de violación sexual de menor de edad, establecido por el Código Penal en su artículo 173. Se propone la cuantía de la pena, señalando que la pena básica es la cadena perpetua, por lo que la Fiscalía, al considerar que no existe ni circunstancia atenuante ni agravante, solicitando la pena señalada, precisando que, por tema de reparación civil, se solicita la suma de diez mil soles (s/10,000.00 soles). Con fecha 12 de diciembre de 2023, fue realizado la audiencia de control de acusación, desarrollada de forma virtual, donde la Fiscal a cargo oralizó el requerimiento acusatorio contra el imputado; la Defensa Pública como defensa técnica del acusado, señaló no tener observaciones, y no ofreció medios de prueba; mientras tanto, el acusado pidió disculpas a la víctima y sus familiares. El 04 de marzo de 2024, fecha en la cual se llevó la audiencia de juicio oral de forma virtual, la Fiscalía presentó su alegato de apertura y la imputación fáctica contra le imputado, por su parte, el abogado de la defensa técnica consideró que su patrocinado reconoce los hechos incriminados por lo que se somete a la conclusión anticipada. Lo manifestado por el imputado es que sí conoce sus derechos y que acepta los cargos que se le ha imputado, aceptando pagar la reparación civil, reiterando las disculpas a todos los presentes. Finalmente, el 6 de marzo de 2024, mediante Resolución N.° 03, dada por el 1° Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial – NCPP, presenta la Sentencia Conformada, en el que se declara autor del delito contra la libertad, libertad sexual, en la modalidad de violación sexual de menor de edad (agraviada de 12 años), regulado y penado por el Código Penal, específicamente en el artículo 173; imponiéndosele 30 años de pena privativa de libertad, así como una reparación civil que deberá pagar por la cantidad de seis mil soles, a favor de quien fue constituida como parte agraviada.
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    Informe jurídico sobre expediente N° 02630-2020-18-2111-JR-PE-01
    (Universidad Privada Norbert Wiener, 2025-05-28) Mamani Quispe, Esther Yasmin; Guzmán Fiestas, Rudy Santiago
    En el presente informe se analiza el expediente penal N°02630-2020-18-2111-JR-PE-01, llevado a cabo en la Sala Penal de Apelaciones de Puno. Este se originó en virtud a que en la ciudad de Juliaca, una mujer con nombre de iniciales I.CH.A, refirió ser víctima de violación sexual por parte de A.B.Z.F. y el menor de iniciales L.Y.C.F. en el interior del inmueble ubicado en el Jr. San Juan de Dios con Av. Normal N°330, distrito de Juliaca, departamento de Puno. Hemos advertido dos cuestiones del todo relevantes: La primera: ¿La ausencia de lesiones corporales en la víctima del delito de violación sexual, implica necesariamente que no se ha cometido tal ilícito? La segunda: ¿Es indispensable que la víctima de un delito de violación sexual detalle rigurosamente cada aspecto del acto cometido en su contra? En el informe concluimos que: i) La falta de lesiones no implica que no se haya cometido el delito violación sexual, ya que este depende de la ausencia de consentimiento, no de los daños físicos, la violación puede ocurrir sin lesiones visibles; ii) La víctima no está obligada a brindar hasta el más mínimo detalle del hecho en su agravio, basta con identificar al agresor y describir las circunstancias de como suscitaron los hechos; iii) En el caso objeto de estudio, la víctima estaba ebria y no podía resistir a las agresiones sexuales a la que fue sometida, lo que, junto con el entorno y la participación de varios agresores, explica la falta de lesiones; iv) En el caso, la víctima mantuvo una narrativa coherente, uniforme y persistente en el tiempo del acto de violación cometido en su contra.
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    Informe Jurídico sobre Expediente N° 03601-2017-0-3207-JR-PE-02
    (Universidad Privada Norbert Wiener, 2025-09-24) Cruz Villavicencio, Cinthya Adelayda; Guzmán Fiestas, Rudy Santiago
    El presente informe estudia el expediente penal N° 03601-2017-0-3207-JR-PE-02, tramitado en el distrito judicial de Lima, originado por una denuncia de la persona de iniciales S.C.H.B, contra S.D.T., por haberla agredido sexualmente desde los 9 años de edad, interponiendo la denuncia a los 18 años de edad y siendo el denunciado tío abuelo de la víctima. Hemos advertido dos cuestionamientos relevantes: ¿La ausencia de lesiones físicas en el delito de violación sexual impide afirmar la existencia del hecho delictivo? y ¿Es imperativo que la agraviada en un delito de violación sexual proporcione una descripción exhaustiva y detallada de cada aspecto del acto ilícito perpetrado en su contra para dar credibilidad a su declaración? Concluimos que en nuestro marco normativo no se exige como prueba las lesiones físicas para la configuración del delito, solo basta demostrar la violencia o amenaza y la ausencia del consentimiento. Así mismo, no debe exigirse la minuciosidad de los detalles de los hechos en la declaración de la agraviada.
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    Informe Jurídico sobre Expediente N°00031-2019-67-1619-JR-PE-01
    (Universidad Privada Norbert Wiener, 2025-05-12) Rodriguez Diaz, Alan Jose; Guzmán Fiestas, Rudy Santiago
    En el presente informe se analiza el expediente penal N°00031-2019-67-1619-JR-PE-01, llevado a cabo en la Corte Suprema de Justicia de la República. Este se originó en virtud que, en la ciudad de Trujillo, el ciudadano B.A.R.R. interpuso recurso de casación contra la sentencia del Segundo Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Corte Superior de Justicia de La Libertad, que lo condenó a treinta y cinco años de pena privativa de libertad y al pago de la suma de S/40.000 (cuarenta mil con 00/100 soles) por concepto de la reparación civil. Hemos advertido dos cuestiones del todo relevantes: La primera: ¿Qué criterios jurisprudenciales de la Corte Suprema se vienen aplicando para acreditar el error de tipo en los delitos de violación sexual de menores de 14 años? La segunda: ¿Qué declaración debe valorar el juez en un proceso por violación sexual, la brindada en cámara Gesell – sin ser prueba anticipada - o la rendida en juicio oral? En el informe concluimos que: i) Se debe aplicar un enfoque multifactorial al evaluar los casos de violación de menores de 14 años. ii) Se debe buscar establecer si el error del imputado sobre la edad de la víctima fue razonable y justificado tomando en cuenta las circunstancias del hecho concreto. iii) La Fiscalía no debe exponer a una menor de edad a una segunda declaración en juicio oral, porque contribuye a su revictimización, debiendo actuarse prueba anticipada. iv) Concuerdo con la decisión de la Sala Suprema de anular la sentencia y ordenar un nuevo juicio de apelación como una medida necesaria para poder garantizar la correcta aplicación del derecho.
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    Nuevas tendencias de uso de sustancias toxicológicas en delitos de violencias sexual a mujeres adultas en Lima, 2024
    (Universidad Privada Norbert Wiener, 2024-08-27) Cruz Lopez, Karina Lizbeth; Montellanos Cabrera, Henry Sam
    El propósito del estudio fue establecer las apreciaciones de los peritos sobre las nuevas tendencias de uso de sustancias toxicológicas en los delitos de violencia sexual a mujeres adultas en Lima, 2024. El enfoque fue cualitativo, con método inductivo, tiene por diseño fenomenológico y hermenéutico, la muestra fue 10 peritos del área de Toxicología forense, se aplicó una entrevista semiestructurada de 13 preguntas, la información se procesó en el software atlas ti 24. Los resultaros según la categoría de drogas reguladas fue que sobresaliendo las benzodiacepinas la cual se ve facilitada la adquisición por falta de control por las autoridades, sociocultural, factor político y económico. Con respecto a las Nuevas sustancias psicoactivas se estudiaron cuatro; Burundanga, Propofol, Relajantes Musculares, y Xilacina en la que se evidenciaron que estas drogas tienen características que son de fácil acceso y disponibilidad por ser drogas de uso terapéutico, vegetales y veterinarios, su metabolismo en el organismo es rápido, son fáciles de enmascarar y difícil de identificar, así mismo se evidenciaron más drogas emergentes como el Tusi (droga rosa), y fármacos como la ketamina, hipoglicemiantes, antihistamínicos y fentanilo causantes de sumisión química. En la categoría de delitos de violencia sexual, se identificaron limitantes de recursos humanos, infraestructura, equipamiento y carga laboral, para poder realizar un nuevo protocolo toxicológico. Se concluyo que, si se debe implementar las nuevas sustancias toxicológicas al screnning toxicológico en los delitos de violencia sexual, siempre y cuando se mejoren las limitantes identificadas, el cual será una evidencia adicional para esclarecer los hechos.
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    El procesamiento de los elementos materia de prueba en delitos contra la libertad sexual, en la oficina de criminalística de Chiclayo de la Policía Nacional del Perú, 2024
    (Universidad Privada Norbert Wiener, 2024-10-18) Díaz Velásquez, Sharon; Jáuregui Montero José Antonio
    La finalidad del estudio fue evaluar el procesamiento de los elementos materia de prueba en delitos contra la libertad sexual en la oficina de criminalística de Chiclayo de la policía nacional del Perú 2024. El enfoque fue cualitativo, método inductivo, diseño fenomenológico, la muestra estuvo conformado por 12 peritos del área de biología forense y escena del crimen, se aplicó una entrevista semiestructurada con 31 preguntas, el análisis de la información se realizó por triangulación y análisis hermenéutico aplicando el programa ATLAS. Ti 9, obteniéndose un total de 63 códigos, 146 citas y 6 redes considerando las categorías y subcategorías. Los resultados evidenciaron que existe una falta de uniformidad en el uso de los formatos de cadena de custodia, falta de infraestructura para el almacenamiento de elementos materia de prueba, asimismo la entrega de insumos de protección personal es deficiente, además de existir falta de capacitación de manera periódica. Se concluyó que se cumple con el procesamiento de los elementos de prueba en los delitos contra la libertad sexual, sin embargo, existen algunas deficiencias como insumos, equipos y logística, infraestructura, bioseguridad y capacitación. Asimismo, que al existir dichas deficiencias pueden afectar el procesamiento de los elementos materia de prueba y desencadenar problemas en la investigación lo que generaría absoluciones de culpabilidad, además de un proceso penal que no se ajusta a la normativa penal vigente y al reglamento que esta establecido por nuestro sistema legal en delitos contra la libertad sexual, a su vez se concluye que en delitos contra la libertad sexual existen dificultades para el procesamiento de los elementos materia de prueba y que se necesita de una buena organización, formación académica y experticia del perito para realizar el procedimiento de manera eficiente, finalmente también se evidenció la falta de gestión para la dotación constante de insumos y actualización en la formación académica de los peritos por parte de la institución.
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