Publicación: Informe Jurídico sobre el expediente N° 01108-2021
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Resumen
El presente informe jurídico examina la sentencia dictada en el Expediente N° 01108-2021-0-3202-JR FC-04, correspondiente a un proceso de divorcio por separación de hecho e imposibilidad de hacer vida en común. El objetivo es analizar la aplicación del marco legal vigente, la correcta valoración de las pruebas y los fundamentos de la decisión judicial, identificando posibles áreas de mejora en la normativa y su interpretación. La sentencia declaró infundada la demanda de divorcio, ya que se verificó una reconciliación en 2018, lo que interrumpió el plazo ininterrumpido de cuatro años requerido por el Código Civil Peruano. Además, se concluyó que el demandante no presentó pruebas suficientes para demostrar la imposibilidad de convivencia, y la reconvención por adulterio fue rechazada por haber sido interpuesta fuera del plazo de caducidad de seis meses. Se recomienda que futuras reformas legales evalúen la aplicación de criterios más flexibles en la interpretación de la reconciliación, la obligatoriedad de la pericia psicológica en casos de imposibilidad de hacer vida en común y la ampliación del plazo para demandar por adulterio. La sentencia se ajustó a derecho, pero plantea la necesidad de considerar ajustes normativos para garantizar un acceso más equitativo a la justicia en los procesos de divorcio.
Resumen
This legal report examines the judgment issued in File No. 01108-2021-0-3202-JR FC-04, corresponding to a divorce proceeding due to de facto separation and impossibility of living together. The objective is to analyze the application of the current legal framework, the correct assessment of the evidence, and the grounds for the court's decision, identifying possible areas for improvement in the regulations and their interpretation. The judgment declared the divorce suit unfounded, as a reconciliation took place in 2018, which interrupted the uninterrupted four-year period required by the Peruvian Civil Code. Furthermore, it was concluded that the plaintiff did not present sufficient evidence to demonstrate the impossibility of cohabitation, and the counterclaim for adultery was dismissed because it was filed outside the six-month statute of limitations. It is recommended that future legal reforms consider applying more flexible criteria for the interpretation of reconciliation, making psychological expertise mandatory in cases of impossibility of living together, and extending the deadline for filing a claim for adultery. The ruling was in accordance with the law, but raises the need to consider regulatory adjustments to guarantee more equitable access to justice in divorce proceedings.

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