Publicación: Informe Jurídico sobre la Casación N° 3326-2018-Cusco
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Resumen
El presente análisis jurídico tiene como finalidad estudiar la Casación N.° 3326-2018-Cusco, tramitada ante la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema, interpuesta por la demandada A. P. Z. contra la sentencia de vista de fecha catorce de junio de dos mil dieciocho Hemos advertido dos cuestionamientos relevantes: El primero: ¿Existe obligación legal de otorgar escritura pública cuando se ha celebrado una compraventa sin especificar los parámetros del bien inmueble? El segundo: ¿Debe otorgarse escritura pública en una compraventa de bienes inmuebles donde no han intervenido todos los coherederos del bien? Concluimos que el proceso de otorgamiento de escritura pública es de naturaleza formalizadora y obligacional, en el cual no se discute el derecho que se tenga de la propiedad, sino de la formalización de un acuerdo previo, más específicamente en la compraventa. Asimismo, la venta de derechos y acciones es un acto de libre disposición que no requiere el consentimiento de los demás coherederos, siempre que se limite a la cuota ideal del vendedor, y sabiendo que no hubo oposición real o nulidad declarada, debe prevalecer la autonomía de la voluntad y la seguridad jurídica sobre el bien determinado.
Resumen
The purpose of this legal analysis is to study Cassation No. 3326-2018-Cusco, processed before the Permanent Civil Chamber of the Supreme Court, filed by the defendant A. P. Z. against the appellate court's judgment of June 14, 2018. We have identified two relevant questions: First: Is there a legal obligation to grant a public deed when a sale has been made without specifying the parameters of the real estate? Second: Must a public deed be granted in a sale of real estate where not all the co-heirs of the property have participated? We conclude that the process of granting a public deed is of a formalistic and obligatory nature, in which the right to ownership is not disputed, but rather the formalization of a prior agreement, more specifically in the sale. Likewise, the sale of rights and shares is an act of free disposition that does not require the consent of the other co-heirs, provided that it is limited to the seller's ideal share, and knowing that there was no real opposition or declared nullity, the autonomy of the will and legal certainty over the specific asset must prevail.

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